miércoles, 31 de julio de 2013

EL EFECTO DE LA NUEVA NOTA DE CORTE

La posibilidad de establecer nota de corte fue puesta en marcha en la DTQ del RD 183/2008 y en la convocatoria 2008/2009 se fijó en que sería suficiente con obtener nota positiva, es decir bastaba para obtener nº de orden sacar 0,33 respuestas netas de examen, anteriormente bastaba con presentarse y no responder ninguna pregunta, o lo que es peor, sacar nota negativa.

En la convocatoria pasada 2012/2013, entre otras modulaciones introducidas en la prueba, se subió el listón al 30% de la media de los diez mejores exámenes. La nota de corte quedó en 58,00 netas y afectó a 2.589 examinados, lo que supuso el 21,99% de los 11.771 examinados (en números redondos el 22%). Del total de examinados solo 9.182 obtuvieron nº de orden y por tanto fueron candidatos a elegir plaza, terminaran o no eligiendo, por la demanda es muy selectiva. De hecho el nº 9.182 terminó eligiendo una plaza de las 6.388 convocadas, aún así quedaron más de 350 plazas desiertas para el segundo llamamiento, de las que 39 quedaron sin cubrir.

El Ministerio de Sanidad, en su página web, ha anunciado hoy que para poder obtener nº de orden en la prueba de la próxima convocatoria 2013/2014 ha decidido pasar, del 30% de la nota media de los diez mejores exámenes, al 35% de la misma.

Si simulamos lo que hubiera pasado con la nueva nota de corte propuesta:

La nueva nota de corte hubiera sido de 67,67 netas, es decir, una subida de 9,67 netas desde 58,00 que fue con el 30% de la media de los diez mejores, y los afectados por la misma, hubieran sido 3.249 de 11.771 examinados, que suponen el 27,60% de los mismos, y hubieran obtenido nº de orden 8.522 que hubieran supuesto 660 afectados más por la nueva modulación, que es lo mismo que decir el 25,49% más si los calculamos respecto del número de afectados anteriores (3.249).

Nota.- El jueves de la próxima semana publicaré la simulación del nº de corte de los afectados por el cupo para estar incluidos dentro del mismo, como sí se hubiera aplicado el año pasado, y las netas que hubiera sido necesario obtener, con un baremo medio, para haberlo conseguido. Además también publicaré una tabla con los resultados de los afectados por el cupo el año pasado hasta el nuevo nº de corte estimado.

5 comentarios:

  1. una pregunta, si soy extranjero, y no me alcanza para la primera vuelta, que posibilidades hay de que pueda optar por una plaza en la segunda vuelta (teniendo en cuenta que ya estoy por fuera del corte de extranjeros?)

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  2. Gangas muchísimas gracias por todo tu trabajo! Me gustaría saber si en caso de dejar mi plaza de la residencia De mir r2 ahora, se me podría penalizar para el MIR de 2014 o la penalizacion por recirculacion se realizaría a partir del mir del año 2015. Gracias de antemano

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  3. Hola Gangas! muchas gracias por tu excelente trabajo! y Que sabes de la troncalidad?

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  4. Hola Gangas, la verdad sorprenden tantos cambios repentinos en el examen MIR; quería preguntarte tu opinión sobre cuando crees que estaría previsto la penalización si se renuncia a la plaza de residente, es decir, si parece que vayan a aplicar dicha penalización antes incluso de que se apruebe definitivamente la troncalidad; y sobre esta...según se comentó no afectaría ni a esta convocatoria ni a la siguiente, no es así?

    Muchas gracias!

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    Respuestas
    1. La penalización, de aplicarse, tiene que ser en una norma de rango superior la Orden ministerial que es el rango de la Convocatoria.

      La próxima norma de rango superior es el Real Decreto sobre troncalidad, que será de mucho más que de troncalidad, será el que regulará fundamentalmente la formación especializada, y la entrada en ella.

      Habrá partes del mismo que entrarán en vigor de forma inmediata a su publicación en el BOE, y otras se irán desarrollando posteriormente en base a lo que regule.

      Está previsto que se publique en el primer semestre del 2014, si así fuera, serían antes de la convocatoria 2014/2015 y si regula la penalización, que está por ver pero así se dijo, entraría en vigor en el 20148/2015.

      Resumen, para el ya próximo 2013/2014 no puede haber penalización, y para el siguiente 2014/2015 dependerá de dos cosas, que se publique el Real Decreto antes de la Convocatoria (finales de septiembre) y que regule la penalización.

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