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- El soporte legal fundamental para incrementar la reserva de plazas para personas con discapacidad del 7% al 10% en el empleo público en España es el Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre. Esta norma modifica el marco anterior, estableciendo que la reserva no será inferior al 10% de las plazas convocadas en la Administración General del Estado.
¿Cuál sería su consecuencia práctica en los AAPP del MIR 2025/2026?
- Que el turno general se suspendería antes que con el 7 % anterior.
- Para entenderlo pongamos un ejemplo extremo:
- Supongamos que en lugar del 10 % fuera el 100 % la reserva del turno de discapacidad.
- Este año hay 123 médicos con nº de orden que participan en los AAPP por el
turno de discapacidad (TD), cuya reserva del 10 % supone 928 plazas.
- Si la reserva fuera del 100 % los 123 partícipes por dicho turno elegirían en primer lugar
por delante del resto de partícipes por el turno general el primer día elección de plaza.
- Como solo son 123 doy por supuesto que elegirían todos, reanudándose el turno general
con un saldo de plazas de 9.275-123=9.152 plazas.
- Esta entrada está motivada para justificar que al contrario que otros años en el que el turno
general se suspendía casi al final, este año será antes.
- Por ejemplo el año pasado se interrumpió en el nº de orden 11.394, y el anterior en el 11.556
- ¿Cuánto antes se interrumpirá este año?
- El propio ministerio estima que será, previsiblemente, en el turno de tarde del jueves día
21/05/2026 en el que están llamados a elegir del nº de orden 8.751 al 9.150
- El turno general se suspende cuando se igualan los saldos de la reserva del TD y de plazas
vacantes, justo en ese momento se suspende el turno general y se llama a los del TD que
quedan por elegir ofreciéndoles el saldo de plazas vacantes, que como suelen ser menos
que dicho saldo, e incluso algunos renuncian a hacerlo, se reanuda de forma automática
el turno general con el saldo de vacantes que quedan por elegir. Como los AAPP son
presenciales obliga a trasladar a otro día posterior la elección, siendo publicada la
Resolución correspondiente y la modificación del calendario por la DGOP en la página
FSEWEB de la convocatoria.
- La mayor parte de partícipes por el TD eligen antes de que se suspenda el turno general
porque tienen mejor nº de orden. Por ejemplo el año pasado 68 de 121, el anterior 74 de 96
- Este año 12 de 12 hasta el nº de orden 3.500
- Pongo aquí la tabla de los nº de orden de los partícipes de este año por el TD:
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