miércoles, 21 de octubre de 2020

El porqué es necesario saber la fecha del examen con tiempo...

 ... suficiente.

Entrada dedicada a Rogufe y su segunda, "la mano que mece la cuna"...

No es necesario ser un lince para saber que el rendimiento de cualquier actividad humana difícilmente sigue una función lineal. Más bien en cualquier tratado que se consulte nos hablan de que ese rendimiento sigue una curva logarítmica y asintótica en su fase final.

Ese rendimiento tiene un formato general pero encuentra en cada persona su punto máximo en un punto que llamamos óptimo que supone su techo. 

Pues bien, fijar la fecha de examen con tiempo suficiente ayuda a los preparadores y preparandos a programar los contenidos y los tiempos para llegar a esa fecha con los deberes hechos. Ni quedarse corto ni pasarse. Esa es la cuestión.

¿Lo entendéis bien figuras?





25 comentarios:

  1. Sin palabras....con poco dice muchísimo don Jose Maria

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  2. Bueno , el MIR es una oposición (realmente tampoco lo es) y como dijo Ortega y Gasset, somos nosotros y nuestras circunstancias, lo que para unos puede ser un descenso del rendimiento o un "burn-out" para otros puede ser una ventaja. Por lo que postergar el examen mucho tiempo puede ser una ventaja para algunos y una agonía para otros. Saludos!

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  3. Lo que está claro es que contra más se retrase menos discriminará el examen y más lo hará el expediente académico.

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  4. Mayor tiempo de preparación no equivale a mejor resultado. Como bien dice D.Jose María la preparación del MIR no sigue una función lineal... si se cumpliese que a mayor tiempo de preparación, mejores resultados los repetidores siempre mejorarían sus puntuaciones

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  5. Sé que el tema ya es muy repetitivo, pero a raíz de la ultima información de este viernes, que ha transmitido la representante de MIRes del sindicato CESM, sobre el acortamiento a 10 días naturales desde la publicación en el BOE de la convocatoria del examen ¿Ve posible febrero como fecha de examen si se consiguen recortar esos plazos? Muchas gracias

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  6. Buenos días Jose María. Sheila Justo, de AMYTS, acaba de publicar esto:



    FSE 2021��
    Por la información que nos trasladan el examen se celebrará en febrero. ������

    Para ello se está procediendo a la modificación de la normativa para acortar los plazos de matriculación a 10 días naturales desde la convocatoria.


    Lo ve posible?

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    1. ¿Quién le ha trasladado esa información sobre la fecha del examen?
      ¿A qué normativa concreta se refiere cuando habla de modificación?

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    2. Su frase ha sido" ...al parecer van a cambiar la normativa y las fechas de presentación van a acortarse a 10 días con el cambio de la relación entre los opositores y la administración reflejado en el RDL 29/2020 y en base a esto se ha hablado que el examen se va a plantear para febrero...."

      Perdone que me haya tomado la libertad de reenviarle el mensaje vía Twitter.

      La verdad es que me parece irresponsable cómo poco soltar ésta información en las actuales circunstancias. Si tiene razón y la semana que viene habrá más información ¿Qué necesidad había de calentarnos el fin de semana en el contexto actual?

      Sobre todo ya que como bien ha explicado usted no hay nada en el RDL 29/2020 que apunte explícitamente a la posibilidad de acortar todos los diferentes plazos legales y logísticos.

      Como dirían en Norteamérica: The gift that keeps on giving.

      Muchas gracias por su comprensión José María.

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    3. Te acabo de contestar a tu mensaje, contestación que te repito, gracias por tu envío.

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    4. Disculpe la reiteración, soy nuevo en el blog y ahora con más tiempo estoy empezando a comprender mejor la información y el análisis que usted ha ofrecido en posts previos.

      Si lo he comprendido bien hasta ahora, no se podría modificar el plazo de 4-5 meses posteriores a la publicación de la convocatoria de FSE 2021 (depuración de datos de inscripción, inscritos definitivos, período para presentar recursos legales, etc) hasta la fecha final del examen debido a que sería incumplir con la Ley de Procedimiento Administrativo Común de 2015 y a lo expuesto en la LOPS. Es tan sólo el fragmento del RDL 29/2020 que habla de "...cuando así se prevea en la referida convocatoria y en los términos que ésta establezca..." que me hace dudar que puedan cambiar los términos y así, los plazos.

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    5. Este sindicato es muy dado a lanzase a la piscina sin tener información oficial. Lo hizo con los MIR 2020, creandonos falsas esperanzas y expectativas. No os fieis

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    6. Se rumorea en el ministerio que la razón real de la dimisión de Rodrigo y su segunda es la presión que la nueva secretaria de Estado, Silvia Calzón, ha estado aplicando para que el examen se realizase en febrero.

      Ante la imposibilidad de lograr llegar a esa fecha y las discusiones con la secretaria, tengo la impresión de que han visto el cielo abierto y han dimitido antes de que les echaran.

      Entonces:

      - Cuidado, a ver si hemos salido de Málaga para meternos en Malagón (por las formas que tiene Silvia Calzón de llevar los asuntos).

      - Rogufer ni de lejos ha dimitido por la huelga de médicos. No le ha afectado las críticas que recibió en el pasado, ahora lo mismo. La pena es que no haya salido antes.

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  7. Tal como se vuelven a poner las cosas habrá que cruzar los dedos para que no soliciten premir para labores asistenciales...Este año de estudio va a ser muy atípico.

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  8. Buenas noches, Sr.Romeo. Respecto a su respuesta a un comentario en su blog en el que se le pregunta su opinión sobre las declaraciones de la presidenta de la sección MIR del sindicato CESM, Sheila Justo, en las que menciona un MIR en febrero y 10 días para inscripción, ¿Podría justificar brevemente su respuesta, un "no" rotundo? Mis compañeros y yo le seguimos desde hace 7 años y su opinión es relevante para nosotros. Gracias de antemano y disculpe las molestias

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    1. No es necesario extenderse mucho, pongamos simplemente el ejemplo de años anteriores al último en los que la convocatoria daba ese plazo. ¿Cuántos meses transcurrían hasta el examen?... octubre, noviembre, diciembre, enero, es decir cuatro meses y si contamos el mes de septiembre cinco meses.

      Ahora vamos a contar cinco meses desde noviembre inclusive, noviembre, diciembre, enero, febrero, marzo. Si lo hacemos desde diciembre llegamos a abril.

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    2. La prueba selectiva de acceso a las plazas de formación sanitaria especializada es un procedimiento administrativo, por lo tanto en cuestión de plazos le afecta la ley de procedmiento administrativo común, que no se ha modificado que yo sepa.

      La LOPS el único plazo que establece es el de que será anual, y lo que se modifica de la LOPS en el RDL 29/2020 en su disposición final primera, es el párrafo que se añade al Artículo 22. Acceso a la formación especializada.
      1. El acceso a la formación sanitaria especializada se efectuará a través de una convocatoria anual de carácter nacional.

      "Las personas que participen en las pruebas selectivas deberán relacionarse obligatoriamente con la Administración a través de medios electrónicos, cuando así se prevea en la referida convocatoria y en los términos que ésta establezca, en relación con los trámites de cumplimentación y presentación de solicitudes, aportación de documentación y pago de tasas, así como en la fase de adjudicación de plazas."

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    3. Esa modificación lo que hace es darle poder al ministerio para "obligar" si lo estima conveniente en la convocatoria a comunicarse de forma electrónica a los aspirantes con el ministerio a lo largo del procedimiento de la prueba en todas y cada una de las fases o en las que determine el ministerio según sean las circunstancias, pero no a reducir los plazos que establece la ley de procedimiento administrativo común, como garantía del procedimiento y de los partícipes en el mismo.

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    4. El proceso telemático de elección de plaza del año pasado se pudo recurrir porque en la convocatoria se decía que la elección de plaza sería presencial y telemática, por eso entre otras cosas, el Supremo lo ordenó y el ministerio tuvo que recular.
      Para no tener que recular el ministerio aprovechando que preparaba el RDL 29/2020 en sus artículos 1 y 2 como consecuencia de la gestión de actuaciones por el COVID-19 ha colado esa disposición final primera sobre la comunicación telemática, que no tiene nada que ver con los plazos en cada fase del procedimiento administrativo de la prueba.

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    5. Si el ministerio realmente quería hacer el examen a finales de febrero lo que debería de haber hecho es publicar la convocatoria a primeros de octubre.
      Si lo hace a primeros de noviembre el examen se iría a finales de marzo, y si lo hace a primeros de diciembre el examen se iría a finales de abril.

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    6. Todo este argumentario ya lo había escrito en comentarios en otras entradas.

      Esta mañana, antes de contestarte, me he dado una vuelta por las redes sociales y ya he visto que han comenzado los chascarrillos sobre las diferentes filtraciones de la fecha del examen, antes incluso que el año pasado, que si en abril porque lo suponen los de ordenación profesional del catsalud, que si en febrero porque lo dice la representante del CESM, incluso alguien plantea una encuesta en la que se introducen todavía más opciones.
      En fin, lo vergonzoso es que quien tiene que dar noticias y no rumores no se pronuncie, y que los que se pronuncian no citen la fuente desde el momento en que lo hacen.

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    7. Totalmente de acuerdo con usted don Jose Maria. Saludos.

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    8. Lo mejor de su comentario, José María, es que Rogufe pasará por su blog y lo leerá. Creo que este señor tiene un grave problema con este blog. ¡Si yo fuera él, lo contrataría a usted para el Ministerio!

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  9. He oído en las noticias que en Catalunya van a empezar a contratar a alumnos de último curso para COVID. Alguien sabe algo?Supongo que con el nuevo estado de alarma se volverá a tirar de premires

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  10. Buenas tardes. Parece ser que el Sr Rogufe y su séquito han sido por fin dimitidos. Se abre una ventana a la esperanza de la lógica y la normalidad. https://www.larazon.es/salud/20201029/qajjssiv3berjfmnonbl4htdhe.html

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