martes, 29 de enero de 2019

Al hilo de la noticia de renunciar a regular la troncalidad...

... que han publicado algunos medios como intención del ministerio.

Escribo esta entrada además motivado por un comentario recibido en la entrada anterior, y consecuencia de ello me hago las siguientes reflexiones...

1.- El Real Decreto de troncalidad era más que una mera regulación de la llamada troncalidad.

2.- Un ejemplo de ese más. Era entre otras cosas un texto refundido de todas las normas previas vigentes que regulaban las pruebas de formación sanitaria especializada. Introducía además algunas novedades en las normas de la prueba. Por ejemplo la penalización progresiva por más de un abandono de la plaza elegida.

3.- Consecuencia de la anulación del mencionado real decreto ha sido la vigencia automática de las normas anteriores que regulaban la prueba. La más antigua de ellas, si no estoy equivocado, la Orden de 27 de junio de 1989 retocada varias veces aprovechando otras regulaciones. Por ejemplo la Disposición Transitoria Quinta del Real Decreto 183/2008 de formación.

4.- Esta cuarta reflexión me la hago en forma de preguntas...

¿Aprovecharán en el ministerio esa renuncia a regular la troncalidad para hacer un texto refundido con todas las normas desperdigadas que regulan la prueba? 

Por ejemplo... ¿va a quedar sin regular la posible penalización por más de un abandono de la plaza elegida, incluido como abandono el no presentarse a tomar posesión de la misma, o acaso el ministerio aprovechando alguna regulación sobre otras cuestiones la meterá con calzador en alguna disposición transitoria?

Solo he puesto un ejemplo y no de lo más importante que se ha quedado en el aire.

Corolario final de un somarda, ya que estamos.-

El real decreto de troncalidad no fue anulado por su contenido sino porque no justificaba de forma suficiente la memoria económica. 

Resuelta curiosa la causa, ya que la mayor parte del importe del coste de la formación corresponde a los salarios de los residentes. Salarios que quedan justificados, cada año, por los presupuestos generales del Estado en cuanto a su sueldo base, y por los presupuestos generales de las CCAA en sus complementos y guardias. 

Curiosamente con la boca pequeña la troncalidad la querían casi todos pero con la condición de que se incluyera su "discurso" en la misma. Así para la mayoría su anulación fue vista como una oportunidad de influir en su redacción arrimando el ascua a su sardina. Con la noticia de su abandono esa posibilidad se ha quedado en agua de borrajas.

Alegría para los que se la tenían jurada, los menos. Desconcierto para otros. Aquellos que aprovechando la ocasión decían que si pero con "sus" retoques. 

Ahora, con su abandono, queda en evidencia que el denominado real decreto de troncalidad era mucho más que la regulación de la troncalidad. Se supone que parte de su contenido más allá de la troncalidad lo irán troceando y cada tema lo regularán de forma específica. No les queda otra porque la vida sigue. Aunque después de visto lo visto vaya usted a saber.

¡Lo que son las cosas... una cuestión meramente formal liquida una cuestión de fondo, dejando con el culo al aire el resto de su contenido!

2 comentarios:

  1. Personalmente fue una decepción que se anulara el RD, creo que un sistema troncal, escalonado y con la aplicación de pruebas selectivas al final de cada escalón es lo que haría del sistema MIR algo 'realmente' justo.

    Mi gozo en un pozo, está claro, y así seguimos sumando años de recirculantes, repetidores y demás. Y una decepción por los distintos agentes que dificultaron su avance, que para colar "su discurso" como ud le llama, pusieron (y siguen poniendo) en riesgo el futuro de aquellos a los que dicen defender.

    Dicho esto, siempre es un placer leerle y, una vez más, me gustaría agradecerle todo el trabajo que ha hecho a lo largo de estos años.

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