... última edición a 12/04/2016 antes de los Actos de Asignación de Plazas...
Nota.- Se incluyen en el conteo los 275 primeros nº de orden de los afectados. De tal manera que se puede tener una referencia del día, turno, y nº de orden de agotamiento, que no tiene que ser exactamente en el nº que haga el 244 sino que puede ocurrir y ocurre que alguno de los afectados con mejor nº de orden no se persone a elegir.
El cupo se agota por nº de orden y no por respuestas netas. El año pasado, convocatoria 2014 y examen en 2015 el cupo se agotó en el nº 3.870 y fueron 14 los afectados con mejor nº de orden que no se personaron a elegir plaza. En la convocatoria 2013 y examen en 2014 no comparecieron 21 afectados antes de su agotamiento. En la convocatoria 2012 y examen en 2013 fueron 16 los que no comparecieron antes de su agotamiento. En la convocatoria 2011 y examen en 2012 fueron 28 los afectados que no comparecieron antes del agotamiento. No conviene irse muy atrás para referenciarse, lo más prudente e tener en cuenta el año anterior y pensar que pueden estar alrededor de 16 los afectados los que no comparezcan a elegir plaza.
Hola Jose Maria, gracias por toda tu ayuda. En este listado definitivo estoy en el puesto 246, sera que tengo posibilidades de entrar al no presentarse algunos extranjeros a elección de su plaza?
ResponderEliminarHe incluido una Nota.- en la entrada como comentario para esa cuestión.
EliminarTodos los que estén por detrás del que hace el nº 244 deben de tomar las decisiones al respecto bajo su única responsabilidad.
Aquellos que no tengan claro si presentarse o no pueden hacer poderes de representación para que elijan por ellos.
Esta información está en la propia convocatoria:
http://boe.es/boe/dias/2015/09/18/pdfs/BOE-A-2015-10053.pdf
Base XII de la convocatoria. Adjudicación de plazas: características, suspensión, reanudación y conclusión
Pág. 82055
...
punto 2. Los seleccionados en esta convocatoria presentarán, según el orden de prioridad
que se les haya reconocido en las relaciones definitivas de resultados, solicitud de
adjudicación sobre las plazas libres de otra petición anterior de adjudicación.
Lo previsto en el párrafo anterior se entiende sin perjuicio de las implicaciones que
pudieran derivarse en la adjudicación de plazas, como consecuencia de la aplicación del
cupo destinado a los aspirantes que participan en estas pruebas por el turno de personas
con discapacidad.
En los actos de adjudicación se observaran las siguientes reglas:
a) Sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente, la elección de plaza se llevará
a cabo bien, por comparecencia del solicitante o de su representante legal con mandato
acreditado, o bien electrónicamente, con sujeción a las indicaciones que se contienen en
el anexo V.C de esta convocatoria.
De conformidad con lo previsto en el párrafo segundo del artículo 35.1 del Real Decreto
639/2014, de 25 de julio, en la presente convocatoria las solicitudes de adjudicación de
plaza se realizaran, obligatoriamente de forma electrónica, para los aspirantes de las
titulaciones correspondientes al ámbito de la Biología, Química, Psicología y Radiofísica Hospitalaria.
b) Se entenderá que renuncian a la prioridad obtenida los aspirantes que no formulen
su derecho de elección por uno de los procedimientos citados en la letra a). No obstante
cuando se retrasen en dicha elección, podrán ocupar el orden de prioridad que, en el
momento de formularla se siguiera en los actos de asignación, siempre que existieran aún
plazas vacantes por adjudicar.
c) Una vez adjudicada la plaza, no se admitirá nueva petición de otra, ni siquiera en
el caso de renunciar a la primera.
d) Las plazas que puedan resultar vacantes en esta convocatoria por no haberse
solicitado o por renuncia expresa o tácita de aquellos a los que se les hubiesen adjudicado, no podrán adjudicarse en esta convocatoria.
José María, con la información disponible, es posible hacer alguna estimación de n para el n° 6349? Por adelantado muchas gracias!
ResponderEliminarMuchas gracias por todo Gangas! Algo que no logro terminar de entender son los requisitos que nos pedirán a los extracomunitaros para poder trabajar en el hospital. Desde la colegiación en España según la ciudad que elijamos a cada hospital con sus propios requisitos. He visto que necesitaremos de nuestro país certificado del comité de ética médica legalizado por vía diplomática y la colegiación en nuestro país de origen también legalizada vía diplomática. Nose si pedirán algo más aparte del NIE, homologación, titulo original legalizado y esos certificados nuevos. ¿Alguien sabe algo para el caso de Madrid específicamente?
ResponderEliminarNo son vía diplomática, deben ser apostillados por la haya, lo mejor es que te metas a la página del colegio donde tendrás que colegiarse!
EliminarHola gangas! Una vez más gracias por todo tu trabajo y por apoyarnos paso a paso en la experiencia del MIR. Tengo una duda, sabes si han publicado ya el modelo de solicitud de prórroga de este año para la incorporación a la plaza asignada? Gracias por tu ayuda!
ResponderEliminar