... de algunos sobre la adjudicación de las plazas en centros privados que ejercen el derecho previo de conformidad...
Ese nº de orden en rojo del zócalo de la tabla, equivalente al nº de plazas públicas convocadas
y límite máximo para poder elegir una de esas plazas desde siempre, no sirve en esta convocatoria
y límite máximo para poder elegir una de esas plazas desde siempre, no sirve en esta convocatoria
Este año es de aplicación lo que dice el Real Decreto 639/2014 llamado de troncalidad pero que en realidad regula la prueba desde su entrada en vigor en las partes que conciernen al tema:
en su Art.28 punto 4. dice:
4. En el catálogo citado en el apartado anterior se identificarán dos sectores; uno, que incluirá las plazas a adjudicar en centros y unidades docentes de titularidad pública, y otro, que incluirá las plazas a adjudicar en centros y unidades docentes de titularidad privada.
En estos últimos se distinguirá entre aquellos que ejerzan el derecho de conformidad previa a los aspirantes y aquellos otros centros y unidades en los que las plazas se adjudicarán por el mismo procedimiento que las del sector público. Para que los centros privados puedan ejercer el derecho de conformidad previa a los aspirantes que se formen en ellos, deberán haber sido autorizados a tal fin por la consejería de sanidad de la comunidad autónoma en la que se ubiquen y llevar a cabo un procedimiento previo de selección de dichos aspirantes.
"Quienes obtengan tal conformidad podrán ser adjudicatarios de plaza en formación en la convocatoria anual de que se trate, siempre que además de acreditar dicha conformidad, obtengan en la prueba selectiva un número de orden igual o menor al obtenido por el último adjudicatario de plaza del sector público en la especialidad de que se trate."
La convocatoria actual se publicó en el BOE con la misma limitación del párrafo resaltado, porque el RD estaba en vigor:
Primero
b) Sector privado: 72 plazas de formación en centros docentes de titularidad privada que se indican en el anexo I, de las que 27 se adjudicarán por igual procedimiento que las del sector público y 45 "que se podrán adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que hayan obtenido en la relación definitiva de resultados un número de orden menor al del último adjudicatario de plaza de la especialidad que se pretenda elegir de entre las convocadas para esta titulación en el sector público", siempre que en el momento de solicitar su asignación, se acredite la conformidad expresa de la aceptación del interesado por el centro privado en el que se cursará la formación.
Y ese párrafo de la convocatoria es el que está en vigor para la misma, a pesar de que posteriormente a su publicación se anunció un Proyecto de Real Decreto (que no se ha aprobado ni publicado en el BOE):
que en su Disposición Adicional Tercera vuelve a la situación anterior, y no me consta que ese Proyecto de Real Decreto se haya aprobado y publicado en el BOE.
Copio la Disposición final tercera del Proyecto de Real Decreto por la que se volvería a la situación anterior que era menos restrictiva:
Nueva redacción del los artículos 28.4 y 35.3 y 35.4 del Real Decreto 639/2014 de 25 de julio por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista.
A). El artículo 28.4 del Real Decreto 639/2014 de 25 de julio por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista, queda redactado de la siguiente forma:
“4. En el catálogo citado en el apartado anterior se identificarán dos sectores; uno, que incluirá las plazas a adjudicar en centros y unidades docentes de titularidad pública, y otro, que incluirá las plazas a adjudicar en centros y unidades docentes de titularidad privada.
En estos últimos se distinguirá entre aquellos que ejerzan el derecho de conformidad previa a los aspirantes y aquellos otros centros y unidades en los que las plazas se adjudicarán por el mismo procedimiento que las del sector público. Para que los centros privados puedan ejercer el derecho de conformidad previa a los aspirantes que se formen en ellos, deberán haber sido autorizados a tal fin por la consejería de sanidad de la comunidad autónoma en la que se ubiquen y llevar a cabo un procedimiento previo de selección de dichos aspirantes.
Quienes obtengan tal conformidad podrán ser adjudicatarios de plaza en formación en la convocatoria anual de que se trate, siempre que además de acreditar dicha conformidad, "obtengan en la prueba selectiva un número de orden igual o menor al total de plazas convocadas para la titulación de que se trate, en el grupo integrado por las plazas que se adjudican por el sistema público."Cuando las plazas ofertadas correspondan a especialidades troncales, el derecho de conformidad previa solo se podrá ejercer en la segunda de las fases de adjudicación que se citan en el artículo 35.3.”
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En consecuencia:
En esta convocatoria, los centros privados que han ejercido el derecho previo de conformidad conforme a la legislación vigente durante años, lo seguirán ejerciendo este año pero con una legislación nueva, supuestamente temporal de al menos esta convocatoria, habiendo siendo "víctimas del sueño igualitario" que algunos pretenden que perviva a pesar de haber tenido que recular en el Proyecto de RD que se ha quedado en el cajón debido al impasse político hasta la formación de nuevo gobierno.
En esta convocatoria, los centros privados que han ejercido el derecho previo de conformidad conforme a la legislación vigente durante años, lo seguirán ejerciendo este año pero con una legislación nueva, supuestamente temporal de al menos esta convocatoria, habiendo siendo "víctimas del sueño igualitario" que algunos pretenden que perviva a pesar de haber tenido que recular en el Proyecto de RD que se ha quedado en el cajón debido al impasse político hasta la formación de nuevo gobierno.
Átense los "machos" los cuatro centros privados que ejercen ese derecho, que es el estándar fuera de España, y que aquí el "sueño igualitario", de unos y otros, cercenaron a "escondidas" en el RD 639/2014 y que cuando se dieron cuenta los afectados removerían Roma con Santiago para que recularan sobre tal propósito y volviera a su versión primigenia. Como de costumbre en estos casos, donde dije digo digo diego, y encontraron una "gatera" en la que colar una disposición adicional para arreglar el desaguisado.
Gatera que no ha llegado a tiempo víctima de las circunstancias en las que andamos.
Gatera que no ha llegado a tiempo víctima de las circunstancias en las que andamos.
Vamos a ver como queda la cosa este año y cuantas plazas de las convocadas por dichos centros quedan vacantes sin cubrir ante la presión y sin razón del "sueño igualitario" que puede dejar 45 plazas en el aire. Aunque esperemos que no sea así porque una buena parte de las plazas se eligen con mejor nº de orden que el último, según se puede ver en la tabla del año pasado, donde alguos centros y algunas plazas solo les faltaba aplicarles el inverso del refrán... "eramos pocos y parió la abuela"...
Pliego de descargos.-
Las plazas de centros privados las pagan los propios centros privados, y no los "pastores" ni los presupuestos que estos aspiran a dirigir, y como no tienen bastante también aspiran a decidir sobre todas las ovejas, incluso a las que no consideran de su "rebaño", y como aún así tampoco tienen bastante también aspiran a decidir sobre sus destinos...
¡Libre sea de vuestro cayado pastores!... ¡manteneos lejos de mí!... que no tengo vocación ni hechuras de oveja... y menos aún de ser vuestra oveja...
No tenéis bastante con querer decidir sobre el mayoritario resto de las que consideráis de vuestro rebaño que además queréis y pretendéis pastorear los rebaños que no estaban a vuestro alcance...
Las cuatro plazas fuera de vuestro alcance de las que ni siquiera su salario es público, y no contentos queréis además decidir sobre ellas como si fueran "vuestras" y os las quitaran de vuestra boca...
45 plazas que estaban fuera del alcance de vuestro cayado frente a 6.053 que por lo que se ve todavía os parecen pocas...
Aplicaos el cuento "pastores"... "Se puede vivir de muchos modos, pero hay modos que no dejan vivir"... en palabras de Fernando Savater
No tenéis bastante con querer decidir sobre el mayoritario resto de las que consideráis de vuestro rebaño que además queréis y pretendéis pastorear los rebaños que no estaban a vuestro alcance...
Las cuatro plazas fuera de vuestro alcance de las que ni siquiera su salario es público, y no contentos queréis además decidir sobre ellas como si fueran "vuestras" y os las quitaran de vuestra boca...
45 plazas que estaban fuera del alcance de vuestro cayado frente a 6.053 que por lo que se ve todavía os parecen pocas...
Aplicaos el cuento "pastores"... "Se puede vivir de muchos modos, pero hay modos que no dejan vivir"... en palabras de Fernando Savater
Que lío por Dios
ResponderEliminarGangas primero en hora buena por tu nietito! segundo....quería saber si existe remuneración por parte de estos centros privados? gracias....un saludo!
ResponderEliminarSi
EliminarHola . Gracias por tu excelente trabajo. Mi duda es si este año se puede pedir una de esas plazas aunque el número de orden para escogerla sea peor que el último en un centro público.Gracias.
ResponderEliminarSe puede pedir y se puede dar la conformidad, imagino que dan más de una por plaza, pero a la hora de elegir solo podrás hacerlo si con tu nº de orden todavía no se han acabado el resto de plazas de esa especialidad, es decir, has de tener un nº de orden igual o mejor que el último nº de orden que elija una plaza pública de esa especialidad.
EliminarHola Gangas, felicitarte primero por tu gran trabajo. Un comentario por si no lo he entendido bien, no puedes optar a una plaza en un centro privado con conformidad previa del centro, si tu nº de orden es igual o superior al último número con el que se ha adjudicado una plaza en esa especialidad?. Ejemplo, si se adjudica la última plaza de ginecologia con un 3800, si tu núm. de orden es 3500, ya no puedes optar a una plaza privada?. Muchísimas gracias!!!
ResponderEliminarNoo, justo al revés! Siguiendo con tu ejemplo, si eres un 3500 sí que podrías optar a la plaza, pero si eres un 4000, ya no. El requisito es tener un número de orden igual o menor, es decir, un 3800 o menos, en este caso.
EliminarGracias por toda la información, enhorabuena por el blog. En la mayoría se escoge con un número menor, pero no siempre, mi duda es si entonces este año sería la asignación respecto al último adjudicatario del año pasado? o van a tener que esperar a ver en qué puesto se elige este año la última plaza?
ResponderEliminarPorque entonces te quedarías muy colgado...
Perdón si no lo he entendido bien. Gracias de nuevo.
Entiendo que es respecto de las de este año.
EliminarNo se hará necesario esperar, simplemente cuando te toque a ti si se han acabado ya las públicas tu no podrías elegir, caso de quedar vacante la privada, la que quedara en el centro privado y por tanto quedaría vacante sin cubrirse. Ese es precisamente el "sueño" igualitario.
Mil gracias
EliminarUna entrada muy interesante! Me surge la duda: el hecho de que las plazas con conformidad previa tengan que pasar por el rigor del examen MIR, si el salario no proviene de las mismas arcas que el resto de plazas... ¿cómo se explica? ¿Es por el hecho de tener que suscribirse al programa docente y acreditarse posteriormente como las plazas que no requieren conformidad previa? Supongo que para mantener el control formativo. Simple curiosidad :)
ResponderEliminarGracias por las actualizaciones!
El salario de las plazas privadas proviene de las arcas del centro privado.
EliminarPor lo tanto no es para mantener el control formativo que eso es un problema de acreditación previa y seguimiento después exactamente igual que en los centros públicos.
El "sueño" igualitario es que lo que han pretendido y pretenden los que han promovido esta medida es que los centros privados sean exactamente igual que los públicos excepto en el salario que han de pagar que ese si lo han de seguir pagando ellos.
Entiendo! Era un tema respecto al MIR sobre el que nunca había reflexionado. Siempre hay algo más.
EliminarLlego un poco tarde pero por si sirviese aún, te dejo datos
CTO 21:35
NÚMERO DE EXÁMENES CORREGIDOS: 6476
PERCENTIL 50 DE LAS PUNTUACIONES NETAS DEL EXAMEN: 125
NOTA DE CORTE: 197 puntos de examen (~ 65,67 aciertos netos)
Hola. Enhorabuena pod el blog. Veo que la mayoría se escoge con un número menor, pero no siempre... Mi duda es si este año la adjudicación será respecto al último adjudicatario del año pasado o al de este año, porque en este último caso te quedarías colgado...
ResponderEliminarMuchas gracias!
Si no he entendido mal lo del año anterior no lo menciona en ninguna parte antes bien dice:
Eliminarb) Sector privado: 72 plazas de formación en centros docentes de titularidad privada que se indican en el anexo I, de las que 27 se adjudicarán por igual procedimiento que las del sector público y 45 "que se podrán adjudicar a los seleccionados en estas pruebas selectivas que hayan obtenido en la relación definitiva de resultados un número de orden menor al del último adjudicatario de plaza de la especialidad que se pretenda elegir de entre las convocadas para esta titulación en el sector público", siempre que en el momento de solicitar su asignación, se acredite la conformidad expresa de la aceptación del interesado por el centro privado en el que se cursará la formación.
Hola GANGAS: Felicidades por ser abuelo!. ¿No estaba en vigor esto de las plazas privadas el año pasado??.
ResponderEliminarGRACIAS.
No, lo he consultado personalmente en el ministerio y este es el primer año que está en vigor
ResponderEliminarHola, alguien sabria decirme el proceso que hay que seguir para solicitar este tipo de plaza ? Hay algún tipo de impreso para la solicitud ? Y si es así, dónde puedo encontrarlo ?
ResponderEliminarHay alguna fecha límite ?
Interesante entrada!! excelente trabajo!! le planteo esta situacion que pudiese ser de interes: que pasaria si por ejemplo, Juan tiene el numero de orden 4000 y quiere "x" especialidad en un centro privado, se entrevista y le dan su carta para que pueda ir a elegir su plaza (la plaza es del ya que solo le dieron la carta a Juan), el dia de eleccion, Pedro tiene un numero de orden 3999 elige la misma plaza que el pero en sector publico y agota el ultimo puesto publico para "x" especialidad, que pasa con Juan que tenia el 4000 con todo aceptado para el centro privado? se queda colgado en el aire sin nada? el centro privado se queda sin residente?
ResponderEliminarMuchas gracias!! un saludo.
Lo que pasaría es que esa plaza no se podría cubrir y se quedaría desierta por que el los efectos del "sueño" igualitario de los "pastores" serían aquello que dice el refrán del "perro" del hortelano, ni come ni deja comer.
EliminarDe ahí que haya citado a Fernando Sabater diciendo... aplicaos el cuento "pastores"... "Se puede vivir de muchos modos, pero hay modos que no dejan vivir"... pues eso... hay quien en sus "sueños" igualitarios no quiere dejar vivir a otros...
Desde mi punto de vista esta nueva normativa es más equitativa porque trata de evitar que los aspirantes que no habiendo obtenido la puntuación suficiente para optar a plaza de una especialidad en el sistema público puedan ser especialistas por "propuesta directa" de los centros privados
ResponderEliminarCreo que de esta forma se cumplen los principios de igualdad, mérito y capacidad