lunes, 23 de febrero de 2015

Sobre el futuro inmediato del cupo...

...

he recibido un comentario con una pregunta sobre el título de la entrada, que he trasladado al primero de ésta desde la entrada en la que fue realizado, no solo porque hubiera sido realizado en otra que no tenía nada que ver, sino porque estamos ya en el tiempo en que esta cuestión se me va a preguntar reiteradas veces, y para no andar contestando una y otra vez me he extendido en la entrada sobre temas colaterales de la pregunta para terminar contestando a través del contenido de una entrevista realizada al Directos General de Ordenación Profesional del MSSSI.  

Las etiquetas de esta entrada son Análisis y Opinión... se me pide mi opinión y voy a tratar de hacer un pequeño análisis sobre los colaterales que considero de interés para los afectados... con preguntas y respuestas, y la última será la opinión del Director General, transcrita de esa entrevista, además del link a la misma...

1.- ¿Puede desaparecer el denominado cupo de extranjeros?

- Difícilmente porque obedece a Convenios Culturales entre países, es decir, para que un médico extranjero pueda concurrir al MIR es necesario, en primer lugar, que España y su país tengan un Tratado Cultural que lo refleje.

2.- ¿Cómo está regulado el cupo en el MIR?

- La concurrencia en el MIR se realiza en igualdad de condiciones entre todos sus partícipes, es decir, todos optan al mismo examen, todos optan a las mismas plazas, todos son calificados con las mismas normas de calificación del examen, todos son baremados con las mismas normas en sus méritos académicos, todos son incluidos en la mismas listas, todos son ordenados por sus puntos totales, todos son llamados a elegir plaza en los mismos Actos de Asignación de Plazas, todos eligen plaza por riguroso nº de orden entre todas las plazas disponibles en el momento de elegir plaza. 

3.- Entonces, ¿cuál o cuales son las características del cupo?

- El cupo se expresa con un límite máximo de plazas a adjudicar a sus afectados, respecto del total de la oferta de las mismas convocadas. Ese máximo es del 10 % del total de las mismas, y la concreción en % se fija en cada Convocatoria anual que se publica, generalmente, al final del mes de septiembre de cada año, cuyo examen suele realizarse en el último sábado de enero o primero de febrero del año siguiente a la Convocatoria.

4.- ¿Cómo se concretan las plazas del cupo?

- Exclusivamente por nº de orden y por la voluntad de los afectados entre las que estén sin adjudicar en el momento de su llamamiento en los mismos Actos de Asignación de Plazas que el resto de los partícipes.

5.- Cómo se materializa la elección?

- Todos los afectados por el cupo tienen en los listados desde que se inscriben uno de dos códigos, SIT 4 para aquellos que han venido a España con visa de estudios, previamente al examen, y SIT 5 para aquellos que vienen a examinarse directamente, generalmente desde sus países.

Cuando son llamados a examinarse o a elegir plaza, nadie sabe que están afectados por el cupo. Nadie sabe cuando se agotará el cupo porque los afectados, al igual que el resto, pueden o no comparecer a elegir plaza ya que la demanda de las mismas no es forzosa sino voluntaria y solo manda el nº de orden obtenido conforme al resultado del examen y del baremo académico. Por lo tanto las plazas no se agotan en el último nº de orden que coincide con el el número de plazas ofertadas. Por ejemplo, este año se ofertan 6.102 y habrá partícipes que obtengan peor nº de orden que ese número y puedan optar a elegir plaza.

Por lo tanto todos los afectados por el cupo son llamados a elegir, solo con una condición que es igual que para el resto, haber superado la nota de corte del 35 % de la media aritmética de los diez mejores exámenes, que es la causa de que se le adjudique nº de orden a quien la supere.

6.- Entonces, ¿cómo se sabe cuando se agota el máximo de plazas establecido para el cupo en cada Convocatoria?

- Los partícipes en la prueba, afectados o no por el cupo, son llamados a elegir por nº de orden, conforme a un Calendario que se publica oficialmente unos días después de que se publiquen los resultados definitivos que fijan los nº de orden de cada partícipe a finales de marzo.

Cada día de llamamiento existen dos turnos, de mañana y de tarde, los primeros días y turnos se suelen llamar 350 partícipes en cada turno. El primero los primeros 350 nº de orden y así sucesivamente.

Si entre los 350 primeros nº de orden, el primer día y turno de elección, hubiera algún afectado por el cupo, el ordenador, computadora, o computador, cuando sube al estrado a elegir plaza el primer afectado por el cupo, reconoce si es SIT 4 o SIT 5 y descuenta, sin que nadie se entere, una plaza del límite máximo de plazas de adjudicación a los afectados por el cupo.

Por ejemplo, este año el límite máximo de plazas a adjudicar fijado en la Convocatoria ha sido del 4 % del total de las mismas. Como el total de plazas ofertadas ha sido de 6.102 el cupo ha sido fijado en 244 plazas.

Pues bien, el contador de partida se le ha fijado al ordenador, computadora o computador, en una instrucción en la que se ha reflejado una cifra (244), y de esa cifra cuando pasa el primer afectado reconocido con SIT 4 o SIT 5 en la base de datos que gobierna la prueba, descuenta o resta de 244 una plaza, y el saldo se ha convertido en 243 y así sucesivamente, afectado por afectado por el cupo con su SIT 4 o SIT 5, hasta que el saldo primero de 244 se convierte en saldo cero (0).

Cuando el saldo se ha convertido en cero (0), el ordenador, computadora o computador, que ha sido programado para ello, avisa por algún tipo de procedimiento que desconozco porque nunca he estado en el ajo de la preparación de los Actos, y la persona que en ese momento dirige la Mesa avisa a la Sala, "se ha agotado el cupo", e invita a abandonar la Sala a aquellos afectados que se encontraran en la misma afectados por el cupo esperando su turno de elección.

En unos instantes después el informático de turno incluye un Aviso en la web que el Ministerio tiene sobre el seguimiento de la Convocatoria, con el siguiente literal "el cupo se ha agotado en el nº x.xxx y en ese momento todos los afectados que han sido llamados para turnos sucesivos saben que no se han de presentar a elegir plaza. ¿Por qué?

Porque antes de cada turno de llamamiento, todos los llamados al mismo han de presentarse a la hora citada y son identificados previamente con el documento usado para la inscripción de la Prueba, y en ese momento se les entrega una credencial a la vez que se les pone un signo de asistencia en la lista ordenada con sus datos que gestiona la persona que los llama uno por uno para identificarse.

Una vez identificados, y con la credencial, pasan a la Sala de elección y ya no se tendrán que identificar en la misma cuando sean llamados a subir al estrado en el que elegirán la plaza que quieran entre las que queden vacantes, dándole al ENTER como firma digital de conformidad.

En esa lista de identificación que porta quien identifica en el hall de entrada, si alguien apareciera a identificarse en ese turno, una vez agotado el cupo en un turno anterior, la que persona que identifica reconocería el código SIT 4 o SIT 5 y no se le daría la credencial y por tanto no podría pasar a la Sala de elección.

7.- ¿Qué pasa con los "huecos" de nº de orden dejados por los afectados del cupo una vez agotado éste?

- Nada, los nº de orden, una vez fijados en la Resolución de los resultados definitivos, no cambian por el efecto de los "huecos" dejados por los afectados, simplemente el Ministerio, cuando publica el Calendario de llamamientos por nº de orden, ya ha previsto empíricamente el turno en que se agotará el cupo porque sabe cuantos de los SIT 4 y SIT 5 han superado la nota de corte del 35 % y sabe los nº de orden que tienen cada uno de ellos, por lo tanto sabe aproximadamente en el día y turno en el que se agotará, y digo aproximadamente, porque no sabe cuantos de ellos definitivamente se personarán a elegir. Ello no impide que se pueda aproximar empíricamente el turno de agotamiento, y a partir del mismo comienza a llamar a más nº de orden por turno, tanto como prevé empíricamente que van a elegir plaza en el tiempo que dura cada turno. A partir de ese turno no solo dejan "huecos" los afectados por el cupo, sino que también comienzan a aumentar los que no comparecen a elegir plaza porque no les interesa las que han quedado vacantes hasta su turno de elección. Esa es la razón por la que en vez de llamar a 350 por turno como los primeros días, comienzan a llamar a más de esa cifra.

Para los que preguntan que cuanto "correrán" de nº de orden como consecuencia de las incomparecencias forzosas ("huecos") o por las incomparecencias voluntarias, la respuesta es que eso ya está "descontado" como referencia en los nº de orden con los que se agotaron las especialidades el año anterior aproximadamente.

8.- ¿Cuál será el % del cupo fijado en la próxima Convocatoria, que era por cierto el objeto de la pregunta que ha propiciado esta entrada?

- Personalmente no lo sé, pero recurro a las declaraciones del Director General de Ordenación Profesional del Ministerio, que es la Dirección General de gestionar la Prueba, que se publicó en el blog no hace mucho, para responder a esa pregunta, sobre la que se manifiesta en una de las respuestas de la entrevista.

Copio y pego una frase de la respuesta a la pregunta número seis de la entrevista:

"El cupo para extracomunitarios debe permanecer para contribuir a la mejor formación de estos profesionales para que puedan regresar a sus países. El cupo está ajustado y debe mantenerse en la proporción actual."

Adenda 1 a la entrada.-

La naturaleza de la relación de todos los adjudicatarios de plaza con cada uno de los centros en los que se concreta es doble, por un lado formativa, regulada por el RD 183/2008, y por otro laboral, regulada por el RD 1146/2006. Además por las Bases de la Convocatoria, que no olvidemos que termina para cada partícipe con la obtención del título de especialista, y de forma supletoria por las normas estatutarias en los centros públicos, y/o los Convenios laborales en los centros privados. 

Los contratos que se firman después de la toma de posesión de la plaza, no son para nadie, afectados o no por el cupo, de duración por el tiempo de formación, sino que son anuales, y solo en el caso de superar la evaluación anual se procede a la renovación del contrato por otro año, y sucesivamente hasta la terminación de la misma.

La forma de estancia en España de los afectados por el cupo viene condicionada por la naturaleza del Convenio Cultural, que es un tratado de formación y no de inmigración, por lo tanto su estancia en España durante la vigencia de esa formación, será estancia por estudios, que se sustancia con una visa de estudios. Todo ello conforme a la Declaración Jurada que han firmado para poder ser inscritos y admitidos en la Prueba MIR, reflejada en el Anexo IV de la Convocatoria, y por la Ley de Extranjería y su vigente Reglamento.


ANEXO IV  de la Convocatoria

Declaración Jurada/Promesa, a realizar por aspirantes nacionales de Estados no miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, ni de la Confederación Suiza o del Principado de Andorra, con los que España tenga firmado y en vigor un Convenio de Cooperación Cultural, que participen en la convocatoria de pruebas selectivas para graduados/licenciados/diplomados 

D.___________________________________________________________________, con Pasaporte nº ______________de Nacionalidad ___________________, al amparo de lo previsto en la base II.1.d) en relación con la IV.2 e) de la convocatoria de pruebas selectivas 2014 para el acceso en el año 2015 a plazas de formación sanitaria especializada DECLARA

1º.- Que conoce y acepta que su participación en esta prueba y la obtención, en su caso, de plaza en formación a través de la misma, no le exime de su obligación de regularizar su situación en España mediante la obtención de la correspondiente autorización de estancia por estudios, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobrederechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril

 2º.- Igualmente, se compromete mediante el presente documento a realizar, una vez que haya sido adjudicatario de plaza, cuantas gestiones sean necesarias ante las autoridades consulares de España en su país de origen, ante los órganos correspondientes del Ministerio del Interior y ante la autoridad laboral competente, a fin de regularizar su situación, de tal forma que pueda realizar en el centro/unidad docente en la que obtenga plaza, el periodo de formación de la especialidad de que se trate y suscribir, cuando la plaza adjudicada sea de “residente”, el correspondiente contrato, por el tiempo que dure el programa oficial de la especialidad en la que se ha obtenido plaza. 

3º.- Asimismo, el interesado manifiesta su compromiso de realizar las gestiones que se citan en el párrafo anterior para que pueda incorporarse a la plaza en formación que le haya sido adjudicada, en el plazo de toma de posesión que se establezca para los seleccionados en la convocatoria 2014/2015, a través de la Resolución que se cita en la base XII.1 de la misma. 

4º.- Que conoce y acepta que a los efectos establecidos en los párrafos anteriores, la circunstancia de resultar adjudicatario de una de las plazas ofertadas en la presente convocatoria no supondrá por sí misma, sin la concurrencia de otras circunstancias de índole excepcional, razón de interés público a los efectos previstos en el artículo 127 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, por el que se regula, entre otras, la figura de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razón de interés público.

El presente documento, de conformidad con lo previsto en la base IV.2, de la convocatoria antes citada, se adjunta al modelo 790 de "Solicitud de admisión a pruebas selectivas de acceso a formación sanitaria especializada y liquidación de tasa de derechos de examen" 

En_____________ a ___ de__________________ de 201___ (Firma del interesado) 

Adenda 2 a la entrada.-

1.- Información para adjudicatarios de plaza de la Convocatoria 201/2015 (pendiente de aparecer actualizado, todavía refleja la del año anterior)

2.- Modelo de Solicitud de Prórroga de Incorporación

3.- Guía del Residente (pendiente de aparecer actualizado, todavía refleja la del año anterior)

4.- Información de interés para extranjeros (pendiente de aparecer actualizado)

Nota del editor del blog.-

No soy experto en temas de extranjería, por lo que no atenderé comentarios con preguntas específicas sobre ese tema. Esta entrada se redacta a título informativo como guía de iniciación y referencia de primer contacto para los afectados, sin mayor pretensión. Gracias.

2 comentarios:

  1. Anónimo A ha dejado un nuevo comentario en su entrada "Eco de una petición...":

    Hola Jose María saludándote, piensas que para el 2016 el cupo de extranjeros aumente al 10%?, y se abra otra vez la 2da vuelta en la próxima convocatoria?, que opinas?, gracias.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. He creado esta entrada para contestarte, a ti, y a los que en no mucho tiempo, tengan la misma preocupación y preguntarían lo mismo.

      Eliminar