Adenda.- Al igual que el año pasado, el turno de discapacitados no necesitará interrumpir la asignación de plazas del turno general para cumplir su objetivo específico.
Solo en el caso hipotético, sirva como ejemplo, de que llegado el caso de quedar 7 plazas por cubrir, una vez hubiera elegido el nº de orden 7000, último llamado del turno de mañana del día 30 de abril, se suspendería la asignación de plazas del turno general y se ofrecerían las 7 plazas que quedarían sin cubrir a los 7 asistentes discapacitados del conjunto de los 360 llamados, si alguna de las 7 plazas no las aceptasen, se reanudaría el turno general hasta que eligiera el último del mismo.
Las plazas reservadas y no asignadas para este turno, no específicas o plazas concretas, sino como % del conjunto de todas (7%), se acumulan al turno general automáticamente, ya que se eligen al igual que todas por riguroso nº de orden. De darse el caso de tener que suspender el turno general sería para plazas de las que se asignan al final de la distribución de nº de orden.
Hola SR Jose gracias por su trabajo tan importante y que Dios le siga bendiciendo. una pregunta no es discriminar porque somos humanos y cada uno tiene derecho de vivir. Porque el ministerio aumenta el 7% para discapacidad si ni 2% cubre?
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