y en el caso de que quedaran desiertas más de 307 plazas en el primer llamamiento, en el segundo funcionaría un nuevo límite de 307 plazas, sumando en total un máximo de 246+307=553 plazas de cupo máximo para los afectados entre los dos.
Eso es lo que significa el 4% (4% de 6.149=246 plazas redondeadas al alza) en el primer llamamiento, y el 5% en el segundo llamamiento (5% de 6.149=307 redondeadas a la baja)
Los afectados por el cupo deben de saber que su corte funciona por nº de orden, y que por tanto cuantos menos se presenten al examen respecto del año pasado más alejado estará el corte del nº de orden 2.190 que es el simulado para un examen en las mismas condiciones de presentados y dificultad que el año pasado.
No tiene nada que ver con el corte de la nota de corte, que depende fundamentalmente de la dificultad del examen que perciban los diez mejores y el resto.
Son dos cortes de naturaleza diferente, y aunque la nota de corte afecta a todos, el corte del cupo, según el número de afectados que se presenten es habitual que corte antes, pero en el caso hipotético de que se presentaran menos afectados de 246 no llegaría a cortar por nº de orden entre los afectados que superaran la nota de corte general. Explico este caso hipotético extremo para que se entienda.
Esa densidad, es variable a lo largo de la distribución, y está reflejada en la primera tabla, de la entrada enlazada, por intervalos de nº de orden para que sirva de referencia como media estadística, que no individual. En la tabla, durante el período estudiado, en el intervalo hasta el 3.500 la densidad fue del 15,71% por lo que la diferencia el año pasado, fue de punto y medio aproximadamente frente a la media estudiada.
Nota.- Antes de preguntar lee bien el contenido de la convocatoria que está por salir, y los comentarios de las entradas del año pasado que figuran en los link por si ya estuviera respondida tu pregunta. Gracias.
La primera lección que todo preparando debe de estudiar es el contenido de las Bases de la convocatoria que le afecta, ganará tiempo y se evitará disgustos. Mientras se publica la convocatoria, puedes ver esta entrada y esta otra.
Todo está en las Bases de la convocatoria, que regulan el procedimiento, y en sus Anejos.
Mi tiempo ha quedado muy limitado, tal y como expuse aquí, y también por otras razones de carácter personal, y a partir de hoy solo podré subir entradas de carácter informativo.
Para estar informados no dejéis de visitar la web del Ministerio para la Convocatoria actual.
Nota.- Antes de preguntar lee bien el contenido de la convocatoria que está por salir, y los comentarios de las entradas del año pasado que figuran en los link por si ya estuviera respondida tu pregunta. Gracias.
La primera lección que todo preparando debe de estudiar es el contenido de las Bases de la convocatoria que le afecta, ganará tiempo y se evitará disgustos. Mientras se publica la convocatoria, puedes ver esta entrada y esta otra.
Todo está en las Bases de la convocatoria, que regulan el procedimiento, y en sus Anejos.
Mi tiempo ha quedado muy limitado, tal y como expuse aquí, y también por otras razones de carácter personal, y a partir de hoy solo podré subir entradas de carácter informativo.
Para estar informados no dejéis de visitar la web del Ministerio para la Convocatoria actual.
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Los 246 primeros del cupo el año pasado
Hola , señor Jose María tengo una duda , ¿ los médicos extranjeros titulados de un permiso de residencia ( sea temporal ó permanente ) no se afectan por el cupo ????
ResponderEliminarmuchas gracias
Todas las preguntas están respondidas en las Bases de la convocatoria, incluida esa.
EliminarA ello le he dedicado varias entradas estos días aconsejando leer la convocatoria antes de formular ninguna pregunta.
Gracias Jose Maria , soy lo de la pregunta anterior , ha sido solo una preocupación aunque sé que luego va a salir muy claro en la convocatoria , en las convocatorias anteriores no se afectaban por el cupo los médicos titulados de un permiso de residencia ( sea temporal ó permanente ) , en las ultimas notas de prensa del Ministerio no hay ninguna referencia a eso , por eso como dice usted mejor esperar que salga la convocatoria y leerla bien , saludos y muchas gracias por tu gran esfuerzo .
EliminarEn la próxima convocatoria no se esperan cambios sobre esa cuestión.
EliminarHola jose maria, queria hacerte una pregunta, desde agosto.resente mi renuncia a la residencia y me indicaron en personal que debia presentarla dirigido a ellos a traves del registro unico del hospital general, la presente me pusieron un sello de entrada en la carta especifique.hasta que dia trabajaba, pero me queda la duda si con ese sello del registro del hospital es valido para presentarme de nuevo al mir a hora a finales de mes? Muchas gracias
ResponderEliminarComo siempre la Convocatoria tiene la solución:
EliminarBase II. Requisitos de los aspirantes
4. Los aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, solo podrán concurrir a las presentes pruebas, si junto con su solicitud aportan renuncia previa y expresa a la plaza en formación que desempeñan.
Este requisito se acreditará junto con la solicitud, mediante la presentación del documento de renuncia que reúna las formalidades previstas en la base IV.8.
La falta de renuncia previa en los términos previstos en el párrafo anterior implicará la exclusión de la prueba y de todos los derechos derivados de la misma.
Base IV. Documentación a aportar junto con la solicitud
Eliminar8. Respecto a los solicitantes que se encuentren realizando un período de formación especializada en plaza de residente:
De conformidad con lo previsto en la base II.4, los aspirantes que se encuentren realizando un período de formación especializada en plaza de residente obtenida en anterior convocatoria de prueba selectiva para el acceso a plaza de formación sanitaria especializada, aportaran junto con su solicitud el documento de renuncia previa y expresa a la plaza en formación que desempeñan.
En el documento de renuncia deberá figurar diligencia expedida por el correspondiente servicio de personal del centro docente de que se trate en la que se especifique la fecha de extinción del respectivo contrato en formación que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
La falta de renuncia previa en los términos previstos en el párrafo anterior o una vez iniciado el periodo formativo, implicará la exclusión de las pruebas, y la pérdida de los derechos derivados de la misma.
El documento acreditativo de la renuncia deberá haberse obtenido antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes previsto en el anexo VIII sin perjuicio del plazo de subsanación y reclamación a las relaciones provisionales de admitidos y no admitidos en los términos previstos en la base VII.
Hola José María, buenas tardes. Tengo una duda respecto a este punto. Se me adjudico plaza de Medicina Educación Física, pero no me presente en Mayo 2013. Entonces, debo solicitar una renuncia a la plaza por no presentarme o algún documento que acredite que renuncie para poder inscribirme en esta nueva convocatoria? Espero me puedas ayudar con este tema. Gracias. Saludos cordiales.
ResponderEliminarSolo se puede renunciar aquello de lo que eres dueño, tu perdiste la plaza al no presentarte a tomar posesión de la misma, en tu caso al ser en régimen de Escuela al no matricularte.
EliminarPor otra parte las plazas en régimen de Escuela no se les exige la renuncia para volver a presentarte.
Hola José María, existe forma de saber cuantas personas afectadas por el corte de cupo se han presentado en esta ocasión para el examen?
ResponderEliminarPor el momento no se sabe nada, pero entiendo que serán menos que el año pasado.
EliminarEl año pasado disminuyeron, respecto del anterior, el -19,43% en total (-11,87% los SIT 4 y -25,89% los SIT 5)
Buenos dias , una consulta que tan cierto es que para el próximo año baja el porcentaje al 2% .... gracias
ResponderEliminarSr Gangas : Tengo la misma inquietud que la persona anterior, tengo que tomar decisiones y soy extracomunitaria, pensaba rendir de nuevo el Mir , pero si el porcentaje baja aún más,quizás sea bueno dirigir mis escasos recursos económicos a otra cosa.
ResponderEliminarOs respondo a los dos:
EliminarSi tuviera noticias oficiales de eso las habría publicado en el blog, todavía es pronto para saberlo.
El próximo curso está previsto que aumenten en 708 el nº de nuevos egresados en España, y entra dentro de lo posible la disminución del % del cupo pero no hay ninguna noticia sobre eso.
En primer lugar hay que esperar a que terminen los Actos de Asignación de Plazas para saber cuantas plazas desiertas quedan en los llamamiento primero y segundo.
El año pasado se supo oficiosamente en el mes de julio y oficialmente en el mes de septiembre, al final, cuando se publica la convocatoria.
Así que por el momento no se sabe nada sobre eso, ni % del cupo ni % de nota de corte.
Hola Gangas
ResponderEliminartengo una consulta. Mi padre tiene pasaporte de la UE. Yo no.
No vivimos en europa en este momento. Puedo aplicar como hijo de comunitario, demostrando dependencia económica de el?
Estoy haciendo mis tramites de homologación de título. Pero me gustaría saber si podría aplicar bajo esa situación o tengo que aplicar como EC pues no poseo pasaporte de la UE?
saludos.
Tfno MSSSI (FSE): 9155961181
Eliminaremail: fse@msssi.es