miércoles, 17 de diciembre de 2025

Los datos...

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- La primera tabla contiene, en el primer cuerpo a la izquierda, todos los inscritos, admitidos y no admitidos, en el segundo cuerpo, el aumento o disminución respecto del año anterior desagregado y totalizado (+10,40 %), en el tercer cuerpo, y último, los repetidores respecto del año anterior desagregados y en total, con su %

- La segunda tabla contiene los no admitidos y la causa de no admisión.

- La tercera tabla contiene los países y sus inscritos, admitidos y no admitidos provisionales, y contempla los nueve últimos MIRes, para poderlos comparar.

- La cuarta tabla contiene nueve años de sedes de examen, año por año, y su promedio.

- La quinta tabla contiene los repetidores de cada año respecto del año anterior, desagregados y en total, con sus %

- La sexta tabla contiene los inscritos desde el MIR 2016/2017 inclusive, desagregados y en total, con sus %

- Por último ya he completado la tabla de la entrada, Los inscritos y sus subconjuntos desagregados... en la que faltaban los datos del año actual.

- También puedes ver datos en otras entradas nuevas, Los 12 países que más inscritos aportan... y Admitidos y no admitidos provisionales... (los inscritos desagregados como admitidos y no admitidos de varios años)






PD.- Para ver con mayor claridad el tablón o la gráfica haz clik con el botón izquierdo encima del mismo, una vez se ha hecho más grande pon el ratón encima y aprieta el botón derecho del ratón. En el cuadro de diálogo que te sale haz clik en el que dice Abrir imagen en una pestaña nueva. Una vez se ha abierto una pestaña nueva en la parte superior, ábrela y pon el ratón encima. Te saldrá el signo (+) que significa lupa para aumentar el tamaño del tablón, haz clik con el botón izquierdo y tendrás mucho más legible el contenido del mismo.

5 comentarios:

  1. Hola José María ,cuando el ministerio se refiere a edad jubilación forzosa, a que edad se refiere, o en otras palabras ,cual es la edad de jubilación forzosa para estos fines?
    Muchas gracias por adelantado,un saludo.

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    1. Buenos días, supongo, pero solo es una suposición, que a los 65 años
      Saludos

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    2. Buenos días. El término jubilación forzosa (cuya edad son 65 años), sólo es aplicable a los funcionarios del estado, y no al personal laboral. El contrato de un médico interno residente corresponde al de Personal Laboral Temporal sujeto a Convenio y al régimen de la Seguridad Social, y no al de un funcionario del estado. Para el Personal Laboral Temporal, la edad de jubilación, según la Seguridad Social, para alguien que termine su contrato en 2030 (que sería el caso de los MIRes, que empiecen en 2026) a día de hoy, es de 67 años, y no 65 años. Por ello la aplicación de ese límite de edad, es bastante confuso si no ilegal, e incluso anticonstitucional por ser discriminatorio

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  2. ZZZ qué país es, que ha subido tanto? Gracias!

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    1. Si no estoy equivocado son apátridas, y es posible que también pueda ser en algún caso de nacionalidad desconocida por falta de documentación que se termine de arreglar en los listados definitivos de admitidos.

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