... aprovechando el tema de la entrada anterior...
- De acuerdo con lo establecido en la convocatoria, las personas que participan por el turno de discapacidad elegirán plaza conjuntamente con los aspirantes del turno general u ordinario.
- Sin embargo, durante el proceso de adjudicación de plazas, llegado el turno y momento en que se igualen el saldo de plazas vacantes por adjudicar y el saldo de la reserva del turno de discapacidad, si aún quedan aspirantes del turno de discapacidad por elegir con nº de orden, se suspenderá temporalmente la adjudicación para el turno general u ordinario.
- En ese caso, se convocará una sesión específica para la adjudicación de plazas exclusivamente a personas del turno de discapacidad.
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Hola, no entiendo esto, significa que elegirían los 121 de turno de discapacitados antes que el resto d turno del 23 de mayo?
ResponderEliminarNo, habitualmente la mayor parte de los del turno de discapacidad eligen plaza no de forma preferente sino cuando les toca por su nº de orden, que ha sido mejor que el que interrumpirá el turno general para dar paso a lo que denomino reserva efectiva del turno de discapacidad (RETD), es decir, aquellas plazas que una vez interrumpido el turno general se elegirán de forma preferente por los del TD que todavía no hayan elegido.
EliminarNo obstante el nº de plazas elegidas en esa condición se cargan contra el saldo de partida del turno de discapacidad.
Solo cuando el saldo general de plazas vacantes se iguala con el saldo de plazas de la reserva del turno de discapacidad se interrumpe la elección general y se da paso a la reserva efectiva del turno de discapacidad, para que puedan elegir, si quieren, los del turno de discapacitados que quedan por elegir.
El año pasado por ejemplo llegado ese momento solo quedaban dos por elegir de dicho turno, y además no comparecieron a hacerlo.
Salvo error por mi parte han sido muy conservadores estimando el día en que se interrumpirá el turno general, entiendo que será en un turno bastante posterior.
EliminarNo obstante a quien hay que hacer caso es a los que gestionan los AAPP.
¿Un opositor que opta al turno de discapacidad puede optar (finalmente) por el general; sin "consumir" esa plaza? ¿Normalmente cuándo -a qué altura en nºde orden- entra el turno de discapacidad? Si una plaza concreta desaparece (porque alguien la coge), y el opositor con discapacidad entra por su turno a escoger plaza (es de los primeros por el cupo de discapacidad) y quiere esa misma plaza, ¿qué ocurre? Me cuesta mucho entender este cupo. Gracias de antemano.
ResponderEliminarParticipar por el turno de discapacidad se elige, si se cumplen las condiciones para ello, cuando se inscribe y ya no te puedes cambiar por el turno general.
EliminarSolo hay una oferta de plazas, solo hay un examen, solo hay una lista de nº de orden.
Supongamos que participas por el turno de discapacidad y sacas el nº 1 de orden, te toca elegir y cuando eliges el ordenar sabe que participas por dicho turno y cuando eliges descuenta 1 plaza de la reserva de dicho turno, imaginemos que la reserva de discapacidad fuera de 600 plazas entonces una vez elige la reserva pasa a 599, imagina el nº 100 en las mismas condiciones y que sea el segundo por ese turno, el ordenador descuenta otra plaza y el saldo de la reserva serían 598, y así sucesivamente hasta que el saldo de plazas vacantes sea igual al saldo de la reserva de discapacidad, entonces se para la elección se llama a todos los partícipes de dicho turno y se les ofrecen el saldo de las plazas vacantes.
¿Cuándo se suele producir ese momento?
Muy al final, los saldo se suelen igualar entre 500 y 600 vacantes, por eso le llamo a ese momento la reserva efectiva del turno de discapacidad, y quedan las plazas de menor demanda.
Pero la plaza que eligió el del turno que sacó el nº 1 de orden y el nº 100 de orden y todos los del turno que eligen antes de suspenderse el turno general, todos ellos han consumido sus plazas con cargo a la reserva inicial del turno, que hemos supuesto de 600
Las plazas ofertadas son las mismas para todos, y todos eligen por su nº de orden, no hay por tanto plazas solo para los del cupo o solo para los del turno de discapacidad.
Las cuentas de consumo de unos y otros las lleva el ordenador a través de los códigos que se adjudican a unos y otros, los del cupo tienen un límite máximo y cuando se agota ya no pueden elegir más, y los del turno, tienen plaza asegurada, pero cuando les toque y en ese momento queda lo que queda, alrededor de 500 plazas que no es una cifra igual cada año pero sí parecida.
La pregunta que ahora me surge es cuáles son las especialidades de esas últimas 500 plazas. Gracias de antemano.
EliminarEl año pasado y sus últimos nº de orden:
EliminarBIOQUÍMICA CLÍNICA (10011), MICROBIOLOGÍA Y PARASITOLOGÍA (10444), ANÁLISIS CLÍNICOS (10820), FARMACOLOGÍA CLÍNICA (10829), MEDICINA DEL TRABAJO (11832), MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA (11886), MEDICINA FAMILIAR Y COMUNITARIA (13433)
Entonces creo que puedo llegar a mi especialidad, quizá, incluso, antes de llegar a ese "momento" en el proceso. Muchas gracias!
Eliminar¿Un opositor que opte por el turno de discapacidad y que quiera realizar la elección de modo presencial en el Ministerio, si el turno por discapacidad "entra pronto", y él tiene un determinado día (de los últimos) por su nº de orden en el cupo general, pero un nº de orden alto en el de discapacidad, qué ocurre: cómo lo llama el Ministerio antes, si ya tenía un número muy alto y un día concreto? Gracias de antemano.
EliminarNo pasa nada porque se suspende el turno general en el momento que se explica más arriba y se llama expresamente a los del turno de discapacidad que quedan por elegir para que lo hagan si quieren
EliminarInsisto: ¿coinciden en el tiempo? ¿No podría pasar que no fuesen paralelos ambos momentos: el del turno en un día concreto, y el momento en que entra el cupo por discapacidad?
EliminarEs curioso que insistas si lo que preguntas está contestado más arriba.
EliminarTú elegirás por tu nº de orden y si ese nº de orden es anterior a la suspensión del turno general elegirás por nº de orden de llamamiento la plaza que quieras entra las que queden, por supuesto con cargo a la reserva del turno de discapacidad, igual que si fuera en nº 1, y si tu nº de orden es posterior al que interrumpa el turno general te llamarán específicamente junto con el resto del turno y después se reanudará el turno general.
Lee por favor los comentarios anteriores y mi contestación.
Saludos
Hola, a partir de qué número suele entrar el cupo d discapacidad??
ResponderEliminarSi lees los comentarios anteriores te puedes enterar, no es fijo
EliminarMuchas gracias!!! Tenía la misma pregunta, pero leyendo lo que puso Ud me he aclarado.
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