... dice la convocatoria, en su página 107275...
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- Tercero. Relaciones provisionales y definitivas de admitidos y no admitidos.
- 1. Relaciones provisionales de admitidos y no admitidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional aprobará y publicará en la página web del Ministerio de Sanidad las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, en las que constará nombre, apellidos, número de expediente, número del documento de identificación, situación administrativa, baremo académico, turno de personas con discapacidad, localidad donde realizará el ejercicio, estado (admitido o no admitido) y causas de no admisión.
Las relaciones provisionales de admitidos y no admitidos se publicarán en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La resolución que aprueba estas relaciones provisionales establecerá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para presentar reclamación con el fin de subsanar aquellos defectos de la resolución provisional de admitidos y no admitidos, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación de los requisitos exigidos determinará la exclusión de la persona aspirante de la prueba selectiva.
Las reclamaciones que se presenten serán resueltas en el plazo máximo de dos meses, por la persona titular de la Dirección General, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, a las que se dará publicidad en los mismos términos que las relaciones provisionales.
- 2. Relaciones definitivas de admitidos y no admitidos.
En la relación definitiva de admitidos se indicará nombre, apellidos, número de expediente, número del documento de identificación de identidad, situación administrativa, baremo académico, turno de personas con discapacidad, estado (admitido o no admitido) y causas de no admisión, localidad donde realizará el ejercicio, mesa y centro de examen.
Aprobada la relación definitiva de admitidos y no admitidos, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, dictará resolución que se publicará en la página web del Ministerio de Sanidad ratificando o, en su caso, modificando la fecha de realización del ejercicio prevista y nombrando las Comisiones Calificadoras de las distintas titulaciones o, en su caso, grupo de estas, que pueden participar en estas pruebas.
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- Artículo 22. Comisiones calificadoras.
1. En cada convocatoria anual se nombrará una comisión calificadora para cada titulación o grupo de estas, integrada por siete miembros.
La persona que presida cada comisión será designada por la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, la persona que ostente la vicepresidencia se nombrará a propuesta de la persona titular de la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Universidades y la persona que realice funciones de secretaría por la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, que podrá contar con apoyo administrativo.
Tres personas serán designadas como vocales por la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, dos de ellas de entre especialistas que presten servicios en un centro o unidad docente acreditada para la formación de especialistas de la titulación de que se trate, y la otra, de entre personas residentes en formación de la correspondiente titulación.
Una persona será designada como vocal por la persona titular de la Secretaría General de Universidades del Ministerio de Universidades, de entre las personas decanas o profesoras y profesores titulares de la correspondiente titulación.
2. Las comisiones calificadoras, reunidas en sesión permanente el día que se celebren las pruebas objetivas, serán las encargadas de aprobar el cuestionario propuesto e invalidar las preguntas que consideren improcedentes, aprobando la plantilla provisional de respuestas correctas. Posteriormente, resolverán las reclamaciones que se produzcan contra las mismas y aprobarán la plantilla definitiva de respuestas correctas. Las citadas comisiones calificadoras podrán requerir el asesoramiento de personas expertas o debidamente cualificadas.
3. Igualmente, corresponde a las comisiones calificadoras asesorar al Ministerio de Sanidad en aquellos supuestos en los que proceda la suspensión o aplazamiento del ejercicio por causa justificada, proponiendo en su caso las medidas que estimen oportunas.
¿Están ya?
ResponderEliminarAhora mismo todavía no
EliminarYo si he visto cambios en situacion personal
EliminarGracias
EliminarEn mi caso ya han cambiado de no admitida a admitida en mi situacion personal.
ResponderEliminarEsa es buena noticia, para ti y para la cercanía del acontecimiento
EliminarEsta mañana han publicado listas definitivas de admitidos, y mesas de examen. Pero al momento lo han borrado.
ResponderEliminarGracias
EliminarA mi me sale que las definitivas saldrán a partir del 11 de Diciembre
ResponderEliminarBuenos días, gracias por el aporte.
EliminarBuenas tardes ,ya se ha actualizado la página del ministerio ,saludos
ResponderEliminarBuenas tardes, muchas gracias, voy hacia allí
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