jueves, 22 de agosto de 2024

Sobre la cifra del cupo de este año...

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dice la Nota de prensa de este año sobre el anuncio de la oferta de plazas y otras cuestiones:

"El cupo de plazas para aspirantes extracomunitarios sin permiso de residencia es de hasta 901 plazas para la titulación de Medicina (10%); 4 plazas para Farmacia (1%); y 22 plazas para Enfermería (1%)."

Hace días que me ronda la cuestión de lo que dice y de lo que se ha dicho por ahí al leerlo, o quien sabe, de lo que han querido decir los que han dictado y/o escrito la nota de prensa.

Dice la RAE sobre el significado de hasta: 

hasta

1. Preposición que se usa para expresar el término límite en relación con el tiempo, el espacio o la cantidad: No lo tendré listo hasta el viernesCorrió hasta la casaContaré hasta veinte;..."

Si nos acogemos al significado que dice la RAE de la palabra "hasta", que figura en la nota de prensa literalmente "hasta 901 plazas para la titulación de Medicina (10%)". 

Ello no supondría ningún cambio respecto de lo que ya decía y dice la norma que regula las convocatorias, el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio. Es decir, el cupo máximo ya era de "hasta el 10 %" según dice ese Real Decreto, dejando claro que le corresponde a la Orden de la convocatoria que lo distribuya como crea conveniente, entre el 0% y el 10%. En las últimas era el 6%, ampliándose hasta un 4% más como máximo en el caso de que se diera un segundo llamamiento.

Si lo que han querido decir ha sido que el cupo será de 901 plazas en el primer llamamiento, sobraba la preposición HASTA en el párrafo referido de la nota de prensa. Con el uso de la preposición hasta estás diciendo otra cosa. Si querías decir 901 plazas de cupo tenías que escribir, como así se hace posteriormente, para las otras dos profesiones que tienen regulado también un cupo, "de 4 plazas para Farmacia (1%); y 22 plazas para Enfermería (1%)."

Menos mal que la nota de prensa carece de valor administrativo. Solo servirá lo que diga la convocatoria, y "como lo diga". Una nota de prensa normalmente no se corrige por que carece de valor administrativo, pero una Orden ministerial, y la convocatoria lo es, se puede corregir de contener un error o una ausencia, se publica posteriormente en el BOE su modificación diciendo donde dice tal debe decir cual por "corrección de errores". 

Ojo con la cuestión que no son lo mismo 901 plazas de cupo en el primer llamamiento que 540 para el mismo (6%), y hasta un máximo de 361 más para el segundo (4%). Es decir, no son las mismas las plazas disponibles, una a una, que se pueden elegir en el primero llamamiento, que las disponibles, una a una, en el segundo.

Para este viaje no hacía falta anunciar alforjas nuevas, son las mismas de antes si seguimos el literal de lo que se dice.

Salvo mejor criterio, naturalmente.

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