jueves, 18 de noviembre de 2021

Repetidores1...

 ... inscritos en el MIR 2021/2022 que también se inscribieron en el MIR 2020/2021.

El listado de repetidores se ha obtenido cruzando los listados de inscritos provisionales, admitidos o no, unificando previamente su nomenclatura, y se muestran en la tabla desagregados por subconjuntos. 

Al primer subconjunto le denomino Repetidores1, desagregado a su vez conforme aparece en su tabla. Al segundo subconjunto le denomino Repetidores2, desagregado a su vez conforme aparece en la tabla. Serían los recirculantes que eligieron plaza en convocatorias anteriores, divididos en dos subconjuntos a su vez, en primer lugar aquellos que tomaron posesión de la misma y renunciaron a ella, supuestamente para volver a presentarse al MIR, en segundo lugar todos aquellos que recirculan siendo ya, supuestamente, especialistas.

El año pasado se presentaron al examen 9.261 médicos procedentes de universidades españolas. De ellos 6.134 eran recién egresados en el curso de la convocatoria (GT), 1.349 de la promoción anterior, y 1.778 de promociones anteriores. Procedentes de universidades extranjeras se presentaron 4.071 que sumados hicieron un total de 13.332 de 14.425 admitidos definitivos. De los 13.332 presentados superaron la nota de corte 10.805 para ser llamados a elegir 7.988 plazas. La demanda efectiva fue de 10.133 una vez restado del total de admitidos afectados por el cupo el propio cupo ya que no podrán elegir más plazas que el mismo, lo que hizo una ratio por plaza de 1,27


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5 comentarios:

  1. Buenos dias don Jose Maria,como esta,soy el estudiante que le escribio para pedirle su opinion acerca de la no admision por falta de renuncia(tenia una prorroga de incorporacion).Le escribo porque quiero comentarle lo siguiente: he escrito al ministerio,y me han dicho que no podre tomar el examen mir de esta convocatoria,por no haber renunciado en plazo,es increible,porque ademas de lo que usted me dijo(no se puede renunciar a algo que no se tiene),que es muy cierto,leyendo detalladamente el boe dice asi:f) Renuncia previa y expresa a plaza de formación sanitaria especializada, de
    conformidad con lo establecido en el párrafo g) de la disposición transitoria quinta del
    Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero. Dicha renuncia deberá haber sido comunicada,
    antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, al Registro Nacional de
    Especialistas en Formación a través de la Comisión de Docencia, no siendo preciso
    aportar ninguna documentación en el momento de hacer la solicitud ni a lo largo del
    proceso selectivo.
    La falta de renuncia previa y expresa detectada por la administración sanitaria
    implicará la exclusión de la prueba y de todos los derechos derivados de la misma.
    Entonces busco dicho parrafo g ,y dice lo siguiente:g) En las convocatorias anuales de pruebas selectivas para el acceso a plazas de formación sanitaria especializada, podrá preverse la adopción de medidas que favorezcan la incorporación a la plaza adjudicada y la conclusión de los períodos formativos en la especialidad que se esté cursando, siempre que no se impida la participación en convocatorias posteriores a aquella en la que se obtuvo plaza.

    A tal fin, en las citadas convocatorias podrá preverse que los residentes que en el momento de presentar su solicitud para participar en las pruebas de acceso se encuentren realizando un período de formación especializada por el sistema de residencia, sólo puedan concurrir a la misma si en el plazo de presentación de solicitudes aportan renuncia previa y expresa a la plaza en formación que estén desempeñando.

    No se si estoy en un error,pero lo que entiendo es que este requisito va dirigido a las personas QUE SE ENCUENTREN EN ESE MOMENTO,DENTRO DE UNA RESIDENCIA MEDICA(QUE NO ES MI CASO),sin embargo,tambien me lo quieren aplicar a mi(siendo mi caso diferente,es mas,en el boe no han tenido en cuenta casos como el mio,quiza porque no es muy frecuente),pero aun hay mas,mire lo que dice redaccion medica(esto es un escrito acerca de las diferentes causas que pueden provocar la no admision al examen mir):Falta de renuncia previa: también es el último plazo para presentar el documento de renuncia, para aquellos aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias. En el documento de renuncia deberá figurar la aceptación del centro, en la que se especifique la fecha de extinción del contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalizó el plazo de presentación de solicitudes.

    Lo que entiendo es que si un residente abandona su plaza sin renunciar,pero la extincion del contrato,se produce antes de la fecha limite para la inscripcion,aun puede renunciar,y ser admitido al examen,lo cual en mi caso,deberia ser aun mas facil,porque yo no tengo ni siquiera un contrato,en fin ,no entiendo nada,estoy totalmente confundido,esto es increible,me gustaria que usted leyera esto,y me diera su opinion que siempre sera valiosa para mi.
    Muchas gracias por adelantado,y un fuerte abrazo.

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    1. Para que una plaza sea tuya tienes que tomar posesión de la misma, y tú a pesar de solicitar prórroga para tomar posesión no llegaste a hacerlo, por lo tanto la plaza que elegiste la perdiste por no tomar posesión de la misma, si no tienes plaza no puedes renunciar a la misma.
      Resumen, tienes que presentar una reclamación exponiendo lo que me cuentas y esperar que te atiendan.
      Lo último que tienes que hacer es estar dando vueltas al tema que se pasa el tiempo.

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  2. Muchas gracias por su comentario,que como he dicho en otras ocaciones,es sumamente valioso,por otra parte,voy a hacer justamente lo que me ha dicho,y si aun asi vuelvo a aparecer como no admitido,entonces voy a interponer un recurso de alzada,a ver que pasa.

    De nuevo,muchas gracias,y un abrazo.

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  3. ¿Podría poner, Don José María, estas mismas tablas de años anteriores como en otras entradas? Por saber si el número de repetidores ha ido disminuyendo.

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    1. Si te fijas en las última tablas de esta entrada:

      https://gangasmir.blogspot.com/2021/06/analisis-de-los-aapp-mir-20202021.html

      se puede ver en las mismas la evolución que preguntas de los repetidores.

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