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2.3 Plazo de presentación de solicitudes y de desarrollo de las pruebas selectivas.
Las solicitudes se podrán presentar desde las 00:00:00 horas del día 9 de diciembre de 2020 hasta las 23:59:59 horas del día 21 de diciembre de 2020, según la hora peninsular española.
Las pruebas selectivas se desarrollarán conforme a los plazos que se especifican en esta convocatoria en relación con las distintas fases del proceso. No obstante, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional podrá modificar los citados plazos, con carácter excepcional y mediante resolución motivada que habrá de publicarse con la suficiente antelación en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero. Relaciones provisionales y definitivas de admitidos y no admitidos.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, a partir del 26 de enero de 2021, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional aprobará y publicará en la página web del Ministerio de Sanidad las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, en las que constará nombre, apellidos, número de expediente, nacionalidad, número del documento de identificación de identidad, situación administrativa, turno de personas con discapacidad, localidad donde realizará el ejercicio, estado (admitido o no admitido) y causa de no admisión.
La resolución que aprueba estas relaciones provisionales establecerá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para presentar reclamación con el fin de subsanar los defectos que motivan la no admisión, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación determinará la exclusión de la prueba de la persona aspirante.
Las reclamaciones que se presenten serán resueltas, en el plazo máximo de dos meses, por la citada Dirección General, al aprobar las relaciones definitivas de admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas, a las que se dará igual publicidad que a las provisionales.
Séptimo. Relaciones de respuestas y resultados.
La persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional publicará, en los cinco días hábiles que siguen a la celebración del ejercicio, las relaciones de las respuestas a los cuestionarios que las Comisiones calificadoras hayan estimado correctas, abriéndose entonces un plazo de tres días hábiles para que puedan presentarse reclamaciones a las mismas.
... Ratificadas las respuestas correctas, se valorarán los ejercicios, y en su caso, los méritos académicos de los aspirantes. Mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, se publicarán las relaciones provisionales de los resultados obtenidos en las pruebas, en el mes siguiente a la celebración del ejercicio.
... Contra la relación provisional de resultados, las personas interesadas podrán dirigir reclamaciones a la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, en el plazo de cuatro días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación.
Mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, se aprobarán y publicarán las relaciones definitivas de resultados, en el mes siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
Mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, se aprobarán y publicarán las relaciones definitivas de resultados, en el mes siguiente a la publicación de las relaciones provisionales de resultados.
Contra la citada resolución podrá interponerse, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de dicha resolución.
Buenos días Don José María, mi duda es si por ejemplo estamos a la espera de homologación de título y sale después o en el transcurso; se podrá subsanar en enero a partir de ese plazo que dicen? Muchas gracias de antemano.
ResponderEliminarLa resolución que aprueba estas relaciones provisionales establecerá un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de su publicación, para presentar reclamación con el fin de subsanar los defectos que motivan la no admisión, realizando las alegaciones y aportando, en su caso, la documentación preceptiva. La no subsanación determinará la exclusión de la prueba de la persona aspirante.
EliminarEl documento de homologación, no la fecha de comunicación sino la de la resolución, debe de ser anterior a la finalización del plazo de inscripción. En ese caso aunque lo recibas más tarde de finalizar el plazo de inscripción puedes subsanar presentándolo en el plazo de diez días.
Eliminar"Se deberá haber obtenido el título universitario, la certificación supletoria provisional sustitutiva o la resolución de reconocimiento, homologación o equivalencia, antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio del plazo de subsanación y reclamación a las relaciones provisionales de admitidos y no admitidos." Último párrafo de la Pág. 109570 del texto de la convocatoria.
EliminarEntiendo... muchísimas gracias por la información detalla Don José María espero tenerlo a tiempo un saludo
EliminarAl fin ya tenemos lo que tanto hemos esperado...pero me temo y espero equivocarme que han dejado el plazo de la fecha de examen un poco en el aire por lo que entiendo que exista la posibilidad o probabilidad de que la puedan aplazar segun las condiciones del virus en dicho momento..saludos Don Jose Maria
ResponderEliminarViendo que dan un mes para resultados provisionales, otro para definitivos y otro para alzada, y siendo el examen el día 27 de marzo, nos vamos a finales de junio para empezar la adjudicación, por lo que las fechas de mediados de julio para la incorporación las veo complicadas
ResponderEliminarMe podria equivocar, pero visto lo visto, con respecto a los sanitarios,la prueba se va a realizar este la incidencia de casos COVID19 como este, estan esperando los residentes como agua de mayo.. triste pero cierto, nos estan esperando para sacar el trabajo del hospital, no para formarnos bien....
ResponderEliminarSoy R1 en un hospital grande de Madrid (Donde nos ha golpeado bastante fuerte la 2ª ola) y por lo que veo conmigo y mis compañeros, para nada es lo que dices. Están manteniendo las rotaciones sin mayores problemas y sól entramos en contacto con COVID en algunas guardias asignadas. No os pongáis nerviosos y mucho ánimo.
EliminarEs algo sin sentido, el r1 es más una carga, no sabe sacar trabajo aun, a los que les toca es a los r2, ya lo entenderás, así que no te agobies y estudia para tu oposición que es tu objetivo
EliminarBuenos días José María,
ResponderEliminarEn el Anexo hay varias plazas acreditadas pero no ofertadas, mi pregunta es si siendo un documento oficial puede tratarse de alguna errata o si se espera que dichas plazas salgan a concurso en la siguiente convocatoria o en un nuevo documento como ya pasó la convocatoria anterior al conocerse el retraso de la elección.
PD: ¿Sobre la especialidad de Medicina Legal no se ha pronunciado nadie? ¿Usted piensa que llegarán a salir?
Muchas gracias como siempre por su trabajo y un saludo Don Jose María
No se han convocado plazas de Legal y Forense este año, y no creo que se incluyan posteriormente. Desconozco la causa por la que no se han incluido a pesar de haberse aprobado la especialidad vía MIR.
EliminarRespecto de las plazas acreditadas son las plazas autorizadas para poderse formar, y las convocadas son las plazas que tienen presupuesto, que es mejor que mires en el Cuadro nº 1 para que no te sorprenda el cupo autonómico.
En la nota de prensa y ahora en el BOE dice que los extranjeros en situación de estancia por estudios no estan afectados por el cupo?
ResponderEliminarSí que están afectados por el cupo, la convocatoria dice lo siguiente:
Eliminare) Podrán solicitar acceso a las pruebas de las titulaciones de Medicina, Farmacia y
Enfermería, las personas nacionales de países no incluidos en el apartado c) y las
personas que no cumplan los requisitos establecidos en los apartados c) y d), siempre
que, en el plazo de presentación de solicitudes, sus países tengan suscrito y en vigor
Convenio o Tratado Internacional en virtud del cual se extienda el régimen previsto para los nacionales de los anteriores. En este grupo están incluidas las personas nacionales de dichos países que se encuentren en España con autorización de estancia por estudios.
Cómo creen que podrá entrar a españa los extracomunitarios para el examen
ResponderEliminarSupongo que habrá que esperar a ver como se desarrollan los acontecimientos
EliminarSupongo que dependerán de las condiciones generales para viajes entre países. Deberán cumplir las normas como cualquier otro viajero, no ?
EliminarBuenas!!! A qué se refieren con plazas de cupo autonómico? Muchas gracias!
ResponderEliminarSon las plazas que figuran en el Cuadro nº 1 de la convocatoria, son las plazas con presupuesto.
EliminarHay CCAA que ofertan más centros de formación donde hacer una especialidad determinada, pero una vez adjudicado el cupo (plazas con presupuesto de esa especialidad en esa CA) ya no se pueden adjudicar más independientemente de que hay centros de formación en los que se ofertaba el poder elegirla.
Son las celdas del Cuadro nº 1 de la convocatoria llevan el símbolo (*)
EliminarYo soy comunitaria tengo NIE y mismo asi no me entero muy bien de cuales son los documentos que tienen que ser autenticados si son todos si solo el dni y titulo enfin deben ser los nervios del momento...conocen algun sitio en el que se puedan sacar estas dudas?
ResponderEliminarSi tienes Nie o dni tienes que sacar la clave permanente y/o certificado digital la primera se solicita en oficinas de la seguridad social y delegaciones de gob y la segunda vía online a través de la FMNT y se autentifica acudiendo a una delegación de gobierno . Es obligatorio sacarlas dado que la inscripción será telemática.
EliminarAyuda... en el apartado donde dice ..1) Si la persona solicitante es nacional de otros Estados miembros de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de la Confederación Suiza o del Principado de Andorra, aportará, en el momento de realizar el registro de su solicitud, COPIA AUTENTICA del pasaporte o del documento de identidad en vigor en virtud del cual haya efectuado la entrada en territorio español, acompañado, en su caso, del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros o del certificado del derecho a residir en España con carácter permanente.
ResponderEliminarA que se refiere lo de COPIA AUTENTICA ya que no es lo mismo que compulsa y la inscripción será electrónica. De hecho en varios puntos piden copia autentica de diversos documentos. Será que esto se arrastra de convocatorias previas?? como digitalizo una copia autentica???
Duda general que habrá que esperar a que contesten del ministerio.
EliminarAcabo de crear una entrada específica para resolver este tipo de dudas
Eliminar¿Cuándo cree usted, José María, que será la fecha de adjudicación? Puesto que viendo los plazos a contar desde el día del examen, nos iríamos a finales de junio cuando termine el plazo de recurso de alzada de los listados definitivos de aprobados. Gracias.
ResponderEliminarTeniendo en cuenta la situación en la que estamos es imposible aventurar con certeza más allá de las intenciones manifestadas por las autoridades de que sea antes del verano.
EliminarHay dos cuestiones que complican precisar eso, la primera es el propio procedimiento de la prueba muy ajustado en los tiempos tratando de ganar tiempo perdido por no haber convocado antes, y la otra cuestión que añade incertidumbre es la propia pandemia y su evolución.
Buenos días Don Jose María ,he observado que en Twitter, usted público que en caso de empate total emplearán el apellido para desempatar ( como recoge el BOE) pero usted añade que comenzarán por la letra "B" del apellido para el desempate, lo cual no he podido encontrarlo en el BOE, podría indicarme donde pone la letra, Saludos y gracias.
ResponderEliminarTambién lo puse en Twitter, ahora estoy fuera y no puedo ponerlo. No obstante en la convocatoria donde dice normas de desempate dice en la tercera la Resolución en la que se basa, seleccionas y le dices que te la busque y te saldrá.
EliminarBuenas tardes, no sé si será bien sitio para consultar lo siguiente, pido disculpas por si no lo es. Me gustaría consultar a quién sepa, hasta que punto un programa formativo mir se puede modificar por cualquier motivo, léase necesidades de superiores.
ResponderEliminarMuchas gracias.