... los cambios de RRPP a RRDD, descripción analítica y gráfica.
Por procedencia de nacionalidad, comparando los presentados, los que superaron la nota de corte y obtuvieron nº de orden, y el caso especial de los presentados como extranjeros SIN tener en cuenta los "huecos" con un supuesto cupo de 304 plazas después de haber superado la nota de corte (es decir, midiendo la demanda efectiva).
Los presentados como extranjeros:
Los presentados como españoles:
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Compañer@s, ¿Sabéis algo de esos magníficos representantes del CEEM o de los decanos de las facultades de Medicina?. Aquellos que se vanagloriaban de haber conseguido que el Ministerio hubiese cambiado el baremo de 4 a base 10. Si escarban en las noticias de hace algunos meses podrán verlo. Están muy bien las críticas al Sr. Gutierrez (algunas bien merecidas por cierto), pero recuerden también a esos que dicen "representarles" y miran más su ombligo que por aquellos que dicen "defender". Tirar la piedra y esconder la mano, un tópico bien arraigado en la sociedad Española.
ResponderEliminarMuchisimas gracias por su ayuda.
ResponderEliminarHola gangas, gracias por tu trabajo y el conocimiento que desinteresadamente brindas. Tengo una duda, podria presentar recurso de alzada si el baremo que me ha adjudicado el ministerio en base 10 es distinto al que me adjudica mi universidad de origen? La diferencia es casi de una unidad y me esta sacando del cupo de extracomunitarios posterior al cambio en las listas. Crees que tendria alguna esperanza con el recurso segun la ultima nota informativa del ministerio?
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