... sobre las próximas pruebas...
En las próximas semanas se publicará en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden
por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2019
para el acceso, en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada.
Se recomienda la lectura detenida de las bases de la convocatoria porque en ellas se encuentra toda la información necesaria para comprender el funcionamiento de las pruebas.
A continuación facilitamos información que puede ser de utilidad en la preparación de la presentación de solicitudes:
a) Plazo de presentación de solicitudes
Las personas que deseen ser admitidas para la realización de las pruebas dispondrán de un mes para presentar solicitud.
b) Formas de presentación
La presentación de la solicitud se puede realizar de dos formas:
1. Envío electrónico de solicitudes, cumplimentadas y firmadas por medios electrónicos:
Esta opción permite cumplimentar el formulario de solicitud en línea y realizar la presentación electrónica, sin desplazamientos. Para poder optar a esta opción será necesario, además de cumplir las condiciones que determine la convocatoria, disponer de certificado digital válido.
Puede consultar la lista de certificados admitidos en el siguiente enlace:
http://firmaelectronica.gob.es/
(Si se opta por el pago electrónico de la tasa, habrá de disponer de certificado digital la persona titular de la cuenta o tarjeta con la que se efectúa el pago)
2. Registro presencial de solicitudes, cumplimentadas por medios informáticos:
En esta opción la cumplimentación del formulario de solicitud será también en línea, pero la presentación de solicitudes ha de realizarse de forma presencial.
Las solicitudes así generadas se presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del Registro Electrónico Común.
NO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS CUMPLIMENTADOS A MANO
En el caso de que una persona presente varias solicitudes solo será tenida en cuenta la registrada en último lugar.
Si se quiere modificar alguno de los datos de una solicitud se debe registrar una nueva solicitud, en el plazo de presentación de las mismas.
En el caso de que se decida registrar una nueva solicitud y haya tenido que realizarse de nuevo el abono de tasa a fin de poder concluir correctamente el procedimiento de solicitud, se podrá solicitar posteriormente la devolución de la cantidad abonada que corresponda.
Acreditación de méritos académicos de estudios de Grado
Con carácter opcional, y preferentemente en el momento de realizar la solicitud, podrá adjuntarse copia de la certificación académica personal, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Dicho certificado incluirá, al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global del expediente académico con expresión de dos decimales.
Para las certificaciones académicas de estudios cursados en el extranjero, deberá presentarse, debidamente legalizado y con traducción jurada, copia del documento oficial expedido por la universidad de que se trate adaptado a los requerimientos exigidos en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, antes mencionado.
Se recomienda la lectura detenida de las bases de la convocatoria porque en ellas se encuentra toda la información necesaria para comprender el funcionamiento de las pruebas.
A continuación facilitamos información que puede ser de utilidad en la preparación de la presentación de solicitudes:
a) Plazo de presentación de solicitudes
Las personas que deseen ser admitidas para la realización de las pruebas dispondrán de un mes para presentar solicitud.
b) Formas de presentación
La presentación de la solicitud se puede realizar de dos formas:
1. Envío electrónico de solicitudes, cumplimentadas y firmadas por medios electrónicos:
Esta opción permite cumplimentar el formulario de solicitud en línea y realizar la presentación electrónica, sin desplazamientos. Para poder optar a esta opción será necesario, además de cumplir las condiciones que determine la convocatoria, disponer de certificado digital válido.
Puede consultar la lista de certificados admitidos en el siguiente enlace:
http://firmaelectronica.gob.es/
(Si se opta por el pago electrónico de la tasa, habrá de disponer de certificado digital la persona titular de la cuenta o tarjeta con la que se efectúa el pago)
2. Registro presencial de solicitudes, cumplimentadas por medios informáticos:
En esta opción la cumplimentación del formulario de solicitud será también en línea, pero la presentación de solicitudes ha de realizarse de forma presencial.
Las solicitudes así generadas se presentarán en las oficinas de asistencia en materia de registros, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las oficinas de correos, y en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que las remitirán al Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, a través del Registro Electrónico Común.
NO SE ADMITIRÁ LA PRESENTACIÓN DE FORMULARIOS CUMPLIMENTADOS A MANO
En el caso de que una persona presente varias solicitudes solo será tenida en cuenta la registrada en último lugar.
Si se quiere modificar alguno de los datos de una solicitud se debe registrar una nueva solicitud, en el plazo de presentación de las mismas.
En el caso de que se decida registrar una nueva solicitud y haya tenido que realizarse de nuevo el abono de tasa a fin de poder concluir correctamente el procedimiento de solicitud, se podrá solicitar posteriormente la devolución de la cantidad abonada que corresponda.
Acreditación de méritos académicos de estudios de Grado
Con carácter opcional, y preferentemente en el momento de realizar la solicitud, podrá adjuntarse copia de la certificación académica personal, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Dicho certificado incluirá, al menos, la fecha de finalización de los estudios, las calificaciones de las materias del plan de estudios correspondiente y la media global del expediente académico con expresión de dos decimales.
Para las certificaciones académicas de estudios cursados en el extranjero, deberá presentarse, debidamente legalizado y con traducción jurada, copia del documento oficial expedido por la universidad de que se trate adaptado a los requerimientos exigidos en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, antes mencionado.
- Nota del editor del blog.- Para preguntas sobre el contenido del Aviso se ruega contactar con el Ministerio. Gracias.
La convocatoria está al caer! Todo apunta a adelanto del examen!
ResponderEliminarGracias Gangas!
ResponderEliminarPues tampoco han dicho mucho. El plazo de inscripción será de un mes, lo veo exagerado, eso supondrá que el examen se retrasará respecto a la convocatoria pasada?
A ver si dicen ya la fecha y nos dan tranquilidad.
Gracias por la información don José María.
ResponderEliminarUna forma elegante de no decir nada.
ResponderEliminarPor cierto , id pidiendo los certificados on-line en vuestra universidad , para los que tengáis esa opción.
ResponderEliminarEs el certificado oficial que viene con el título, el de toda la vida.
Mi anterior Certificado MIR , sí aparecen las notas numéricas de cada asignatura e incluso podría volver a descargarlo de forma oficial y gratis, pero creo que no viene hecha la media , ni con un método ni con otro . Yo creo que ese no vale ( para el año pasado si me valió ). .