... quedan pocos días para que amanezca el día 9 de enero, fecha prevista para la publicación de los listados definitivos de admitidos. Es decir, contando hoy, exactamente seis días.
Pero a nadie se le escapa que el sábado y domingo son fiestas. A nadie se le escapa que el lunes día 8 debería de ser el día en el que se produzcan los listados y se suban al portal de la convocatoria actual para estar disponibles a las 00:00:01 horas del día 9 tal y como figura en el calendario de las pruebas.
Así pues son dos días los que quedan en la práctica, hoy y mañana. La pregunta es...
¿Se llegará a tiempo o habrá necesidad de prorrogar la fecha prevista en el calendario?
Esperemos que alguien les haya puesto a los camellos de los Reyes cebada y agua en el balcón y les echen una mano a los sufridos empleados de la contrata para que lleguen a tiempo y puedan terminar la faena mañana viernes, víspera de Reyes, haciendo que todos puedan disfrutar de su regalo el sábado en compañía de sus allegados, incluidos ellos.
Buenas! Visto el panorama y la subida de media de netas el último año, sabrías aproximadamente cuántas netas son necesarias para escoger medicina de familia con un 2.12 de baremo académico?
ResponderEliminarPara aproximar lo que preguntas, puedes mirar en la tabla segunda de la siguiente entrada:
Eliminarhttps://gangasmir.blogspot.com.es/2017/12/pareja-de-ases.html
dando por supuesto un valor de Nn (presentados al examen) de 13.200 (variable por el momento desconocida), dando por hecho que hay una oferta de 188 plazas más, dando por hecho que el año pasado la última de Familia se eligió con el nº 8124 y que este año se podría alargar ese nº de orden hasta el 8500, mucho suponer pero algo hay que suponer, dando por hecho, que es mucho dar, que el examen sea igual de fácil que el año pasado, que en realidad sería algo más fácil por el aumento de conocimiento, estaríamos hablando que para elegir plaza serían necesarias alrededor de 107,00 netas con ese baremo.
Como comprenderás es todo un atrevimiento por mi parte pero es lo que me dicen las cuentas con los supuestos establecidos.
Saludos y feliz año.
Se sabe ya si el examen va a ser fácil?
ResponderEliminarQue yo sepa solo hay una persona que sabe cómo va a ser el examen, y ni siquiera esa persona sabe con precisión, a pesar de que hemos de suponer que ha calibrado el examen, cómo sentirán los examinados esa calibración.
Eliminar¿Quién puede saber eso a estas alturas sin que se hay hecho público, y qué escribirían los medios sobre eso si lo supieran?
Menuda escandalera se habría armado.
Si lo dices por lo que he escrito más arriba, son todo supuestos, meras simulaciones que me piden que haga, y como estamos en víspera de Reyes, pues eso.
Si como leí el anterior comentario pensé que quizás usted se enteró de algun modo,ya que es todo un experto en el tema, de ahí mi ignorancia y pregunta a aclarar.Muchas gracias ^^
ResponderEliminarSi yo fuera capaz de enterarme del examen antes de salir... ¡adiós MIR!
EliminarSaludos! Feliz año!
ResponderEliminarGangas es posible presentarse al Mir con el DNI caducado?
Pues no lo sé, entiendo que no, que al menos deberías de llevar un justificante de renovación, aunque creo que si pides cita previa te lo renuevan sobre la marcha.
EliminarNo rotundo.
EliminarNo obstante, si la cita te la dan para más allá del MIR puedes ir al centro de renovación sin cita, te recomiendo que a las 7 de la mañana como poco... Cada día hacen renovaciones sin cita previa a un pequeño número de personas que se presenta temprano.
Como plan alternativo, creo que el pasaporte es igualmente válido.
Ha habido una renuncia de plaza de MFyC, que por poner un ejemplo se cogió con un 5600 este año pasado.
ResponderEliminarYo saqué hace 2 años un número mayor, soy R2-3 de otra especialidad, y aún no se habían agotado las plazas de MFyC.
Podría coger esa plaza vacante? o al haberse elegido esa plaza en concreto con un número menor ya no tengo opcion?
gracias
Las plazas de renuncias o abandonos no se pueden volver a cubrir, quedan vacantes, con la consiguiente pérdida para el sistema
EliminarArtículo 31. Cambios excepcionales de especialidad.
Eliminar1. El Ministerio de Sanidad y Consumo, excepcionalmente,
a petición fundada del interesado y previo informe de la correspondiente comunidad autónoma, podrá autorizar, por una sola vez, el cambio de especialidad que se esté cursando en el mismo centro o en otro de la misma
comunidad autónoma, siempre que exista plaza vacante acreditada en la especialidad que se solicita, que la petición se realice durante los dos primeros años de formación y que el solicitante haya obtenido en la convocatoria anual de pruebas selectivas para el acceso a plazas de
formación sanitaria especializada en la que hubiera participado
un número de orden que le hubiere permitido acceder, en dicha convocatoria, a plaza de la especialidad a la que pretende cambiar.
2. El cambio de especialidad requerirá los informes de la comisiones de docencia del centro o unidad donde el solicitante se esté formando y del centro o unidad de destino, así como de las comisiones nacionales de las dos
especialidades implicadas.
En el informe de la comisión de docencia de origen se harán constar las actividades llevadas a cabo por el residente en el centro o unidad, según lo previsto en el correspondiente programa formativo.
3. Corresponde a la comisión nacional de la especialidad a la que se ha solicitado el cambio determinar, al mismo tiempo que se emite el informe que se cita en el apartado anterior, el año de formación y los términos en
que ha de producirse la incorporación del residente a partir
del momento en que se autorice el cambio de especialidad solicitado.
4. Los cambios de especialidad se inscribirán en el Registro Nacional de Especialistas en Formación.
Te escribo como residente que intentó hacer un cambio excepcional de especialidad.
Eliminar1. Sólo se reflejan casos extraordinarios, como por ejemplo que tengas que solicitar bajas laborales constantemente o necesites ayuda psicológica/psiquiátrica porque, por la causa que sea, tu especialidad actual te genere mucha angustia/ansiedad.
2. Sólo puede solicitarse en los 6 primeros meses de R1, siempre que tú tengas mayor número de orden que el renunciante, y contanto con el beneplácito expreso de sendos servicios (el tuyo y el receptor, vaya).
3. El tiempo de resolucion de la petición no tiene un plazo estricto, yo tuve suerte y me comunicaron la decisión en un mes aproximadamente pero puede llevar meses.
Personalmente, yo no te recomendaría intentarlo ni aunque pudieras. El período de formación no se prorroga, y por ejemplo si se te concede en noviembre has perdido 6 meses de formación... Además es una lotería, yo aún teniendo un puesto 3500 numeros mejor que el antiguo residente no se me concedió. Pensandolo en frío creo que me vino bien para poder optar por un hospital que me gustara más pero no dejó de ser una gran desilusión.
Mucho ánimo, si quieres preguntar cualquier cosa, ya que yo sufrí esto en mis propias carnes, estaré encantado de responderte.
Un saludo!
Ya esta disponible el listado!!
ResponderEliminarGracias!!
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