sábado, 29 de marzo de 2025

Publicada en el BOE la Orden que modifica la de la convocatoria para poder hacer posible la elección presencial en el año actual...

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Orden SND/302/2025, de 27 de marzo, por la que modifica la Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año 2025 aplazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física.

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La Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año 2025 a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/ licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física, publicada en el «Boletín Oficial del Estado», el 23 de agosto de 2024, aprobó la oferta de plazas, la convocatoria de pruebas selectivas, las relaciones provisionales y definitivas de admitidos y no admitidos, el desarrollo y valoración de las pruebas selectivas, las mesas de examen y celebración del ejercicio, las relaciones de respuestas y resultados, la adjudicación de plazas, la toma de posesión, el tratamiento de los datos de carácter personal, los gastos derivados de las pruebas selectivas y el régimen de recursos. 

En el dispongo octavo, apartado 2, de dicha orden se establece que el procedimiento para la adjudicación de plazas se realizará exclusivamente por medios electrónicos, atendiendo a la solicitud que formulen las personas que hayan alcanzado la puntuación mínima. Las personas aspirantes se ordenarán en función de la puntuación total individual establecida en la relación definitiva de resultados. De esta manera, la persona aspirante con mayor puntuación total individual ostentará el número de orden menor de la convocatoria.

No obstante y a raíz de la publicación del Real Decreto 203/2025, de 18 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, por el que se regulan la formación transversal de las especialidades en Ciencias de la Salud, el procedimiento y criterios para la propuesta de un nuevo título de especialista en Ciencias de la Salud o diploma de área de capacitación específica, y la revisión de los establecidos, y el acceso y la formación de las áreas de capacitación específica; y se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación en especialidades en Ciencias de la Salud, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» el 19 de marzo de 2025, se posibilita que tanto la elección como la adjudicación de plaza se podrá llevar a cabo a través de medios electrónicos o de forma presencial. 

La finalidad de esta modificación es poder dar respuesta al debate generado en las sucesivas convocatorias desde la implantación del procedimiento realizado exclusivamente por medios electrónicos, que comenzó en 2020, por el que se ha solicitado de forma reiterada retornar al sistema presencial. 

Por ende y ante la demanda social existente, esta modificación se hace necesaria para permitir que la elección y adjudicación de plazas se pueda realizar tanto por medios electrónicos como por comparecencia presencial en la sede del Ministerio de Sanidad. 

En este sentido, cabe indicar que la presente modificación no afecta al número total de plazas ofertadas por titulación, ni a su distribución por comunidad autónoma y especialidad, conforme a lo dispuesto en los cuadros números 1 y 2 del anexo I de la orden citada.

La presente orden ha sido informada por la Comisión de Recursos Humanos del Sistema Nacional de Salud con fecha de 27 de marzo de 2025 y por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades con fecha de 20 de marzo de 2025. 

Asimismo, ha sido informada a la Abogacía del Estado de este departamento ministerial con fecha de 19 de marzo de 2025. 

De conformidad con lo previsto en artículo 6 del Real Decreto 718/2024, de 23 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad asumir las competencias de gestión de la formación especializada, incluyendo la ordenación y gestión de las pruebas selectivas que se convocan mediante esta orden, en los términos que se especifican en sus bases.

En su virtud, dispongo: 

- Primero

 Modificación del dispongo octavo de la Orden SND/888/2024, de 14 de agosto, por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2024 para el acceso en el año 2025 a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia, Enfermería y del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física. 

Sustituir el dispongo octavo como sigue

«Octavo. Adjudicación de plazas. 

 En el mes siguiente a la aprobación de las relaciones definitivas de resultados, la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional dictará resolución, que se publicará en la página web del Ministerio de Sanidad, convocando por titulaciones a las personas que hayan alcanzado la puntuación mínima, independientemente del turno de acceso, para que presenten solicitud de adjudicación de plaza. 

 En dicha resolución se establecerán las indicaciones específicas para llevar a cabo la adjudicación de plazas, así como el plazo y demás circunstancias relativas a la toma de posesión de la misma.

 Para facilitar la elección de plaza, las Comisiones de Docencia publicarán, por medios electrónicos y antes de aprobarse la resolución mediante la que se convoca a los actos de adjudicación de plaza, las guías o itinerarios formativos tipo de las unidades docentes que tienen adscritas y los correspondientes cronogramas de rotación incluida la capacidad docente de los distintos dispositivos docentes. 

 Únicamente accederán a los procesos de elección y adjudicación de plazas de la titulación correspondiente que se relacionan en los cuadros 1 y 2 del anexo I, aquellas personas que hayan superado la puntuación mínima exigida en el ejercicio de contestaciones múltiples. 

 La convocatoria para los actos de elección y adjudicación de plaza se recogerá en una Resolución de la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional, en la que se observarán las siguientes reglas, según lo establecido en el artículo 23.1 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio:

 1. La elección y adjudicación de plazas se efectuará atendiendo a la solicitud que formulen las personas que hayan alcanzado la puntuación mínima. Las personas aspirantes se ordenarán en función de la puntuación total individual establecida en la relación definitiva de resultados. De esta manera, la persona aspirante con mayor puntuación total individual ostentará el número de orden menor de la convocatoria.

 a) La elección de plaza se llevará a cabo electrónicamente, o bien, por comparecencia personal del solicitante o de su representante, con poder acreditado. 

 b) Se entenderá que renuncian a la prioridad obtenida los aspirantes que no formulen su derecho de elección por uno de los procedimientos citados en el párrafo a). No obstante, cuando se retrasen en dicha elección y no presenten solicitud en tiempo y forma, podrán ocupar el orden de prioridad que, en el momento de formularla se siguiera en los actos de asignación, siempre que existieran aún plazas vacantes por adjudicar y siempre que se acuda de forma presencial a la sede del Ministerio de Sanidad. 

 c) Una vez adjudicada la plaza, no se admitirá nueva petición de otra, ni siquiera en el caso de renunciar a la primera. 

 2. En todo caso, para aquellas personas que opten por la elección electrónica de plaza, ésta se llevará a cabo a través de alguno de los siguientes medios: 

 a) Con carácter general, los sistemas de identificación admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán certificado electrónico reconocido de persona física o Cl@ve Permanente. 

 Los sistemas de firma admitidos para realizar la presentación de la solicitud serán: AutoFirm@ y Cl@veFirma. 

 Se recomienda que el aspirante active el sistema de cl@ve permanente. 

 b) Solución propia de autenticación y firma no criptográfica basada en sistema de claves concertadas, para las personas aspirantes contemplados en la base 1.d) del dispongo segundo. 

 El día de la prueba, las personas responsables de la Mesa de examen entregarán un documento con una pre-clave de acceso para la presentación de la solicitud electrónica de adjudicación de plaza. 

 Se deberá firmar y entregar el documento «Recibí pre-clave». 

 Excepcionalmente, el Ministerio de Sanidad podrá autorizar este tipo de firma cuando se haya producido un cambio de situación administrativa desde la presentación de solicitudes o bien la pérdida o sustracción del DNI electrónico, acreditando dicha circunstancia y aportando información personal de la convocatoria.

 3. Para dar cumplimento a las medidas de acción positiva previstas en el artículo 22.3 de la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, desarrollado por el artículo 20 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio, las personas con discapacidad comenzarán la elección de plaza junto con las personas que participan por el turno ordinario. 

 No obstante, los actos de adjudicación de cada titulación se suspenderán para las personas que participen por el turno ordinario, cuando todavía queden participantes con discapacidad sin plaza y resten por adjudicar un número de estas, que, sumadas a las ya adjudicadas por este turno, permita ofertar en esta convocatoria las que se indican, para cada titulación y turno, en el dispongo primero.

 Cuando se produzca esta circunstancia, podrá habilitarse una sesión específica de adjudicación de plazas a la que se convocará a las personas aspirantes que participen por el turno de personas con discapacidad, reanudándose automáticamente los actos de adjudicación de plazas mediante una nueva convocatoria en la siguiente sesión. 

 4. Cualquiera que sea el número de aspirantes presentados que haya superado la puntuación mínima en el ejercicio de contestaciones múltiples, no podrá adjudicarse un número de plazas en formación, superior al que se contiene para cada titulación en el dispongo primero, en relación con los cuadros 1 y 2 del anexo I. 

 5. En los casos en los que la elección de plaza se lleve a cabo mediante comparecencia personal, el interesado la podrá realizar mediante representante a través de poder notarial, o mediante poder otorgado a favor de una persona concreta que aportará ante la mesa de adjudicación el documento acreditativo de dicho poder, en el que conste la autorización del adjudicatario para que la elección de plaza se realice en su nombre en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1de octubre

 6. Finalizado el llamamiento ordinario a todas las personas aspirantes que hayan superado la puntuación mínima en cada una de las titulaciones, y siempre que hayan quedado plazas vacantes, se procederá a realizar otro llamamiento extraordinario mediante Resolución de la Dirección de Ordenación Profesional para la adjudicación de las mismas para todas aquellas personas aspirantes que no hubieran sido adjudicatarios de plaza en el llamamiento ordinario por cualquier causa. En este llamamiento se aplicarán las mismas reglas. 

 Concluido el último llamamiento se darán por finalizados los actos de adjudicación y la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de personas adjudicatarias de plaza, que se publicarán en la página web del Ministerio de Sanidad comunicándolas al propio tiempo a la Comisión de Docencia y a los órganos responsables de formación sanitaria especializada de las Consejerías de Sanidad de la Comunidad Autónoma en donde se ubique la plaza adjudicada. 

 Contra esta resolución podrá interponerse de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, recurso de alzada ante la Secretaría de Estado de Sanidad del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de la publicación de dicha resolución.

 Las plazas que resulten vacantes con posterioridad a aprobarse las relaciones definitivas de adjudicación de plaza, por renuncia expresa o tácita de aquellos a los que se les hubiesen adjudicado, no se proveerán nuevamente en la presente convocatoria.»

- Segundo. Eficacia. 

 La presente orden surtirá efectos desde el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 

 Madrid, 27 de marzo de 2025. – La Ministra de Sanidad, Mónica García Gómez.

jueves, 27 de marzo de 2025

A modo de calendario...

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- Entrada editada por primera vez el lunes día 02/09/2024 a las 7:30 horas 

Algunas fechas significativas de la convocatoria del año pasado y del actual.- 

1.- El año pasado el ministro Miñones firmó la Orden de la convocatoria el día 17 de agosto y la misma se publicó en el BOE el día 24 de agosto.

1.1.- Este año la ministra García firmó la Orden de la convocatoria el día 14 de agosto y la misma se publicó en el BOE el día 23 de agosto.

2.- El año pasado la inscripción en la pruebas comenzó a las 10 horas del día 1 de septiembre y se cerró a las 17 horas del día 15 del mismo mes.

2.1.- Este año la solicitud de participación podrá presentarse desde las 10 horas del día 2 de septiembre hasta las 17 horas del día 16 de septiembre.

Las fechas del año pasado a la espera de las equivalentes de este año:

3.- Lunes 18 de septiembre, nota de prensa, avance del número de inscritos telemáticos

3.1.- Este año no se ha publicado nota de prensa de los inscritos de forma telemática. 

4.- Lunes 30 de octubre, nota de prensa, resumen de los admitidos provisionales.

4.1.- Lunes 28 de octubre, nota de prensa, y listados de admitidos provisionales.

5.- Miércoles 29 de noviembre, Resolución DGOP, listados de admitidos definitivos.

5.1.- Lunes 9 de diciembre, Resolución de la DGOP, listados de admitidos definitivos.

6.- Martes 19 de diciembre, Resolución DGOP, fecha del examen, y Comisiones calificadoras.

6.1.- Viernes 20 de diciembre, Resolución DGOP, fecha del examen, y Comisiones calificadoras.

7.- Lunes 22 de enero, plantillas provisionales de respuestas correctas.

7.1.- Lunes 27 de enero, plantilla provisionales de respuestas correctas.

8.- Lunes 22 de enero, nota de prensa, presentados al examen y % respecto de los inscritos.

8.1.- Lunes 27 de enero, nota de prensa, presentados al examen y % respecto de los inscritos.

9.- Miércoles 7 de febrero, plantillas definitivas de respuestas correctas.

9.1.- Martes 4 de febrero, plantillas definitivas de respuestas correctas.

10.- Martes 20 de febrero, nota de corte, factores, Resolución, listados RRDD, nota de prensa.

10.1.- Miércoles 5 de febrero, Resolución DGOP, factores de corrección, y RRPP MIR 2024/2025

11.- Martes 20 de febrero, nota de prensa, RRDD de las pruebas de acceso a plazas de FSE.

11.1.- Martes 4 de marzo, nota de corte, factores, Resolución, listados RRDD, nota de prensa.

12.- Miércoles 20 de marzo, Resolución, AAPP de plazas FSE 2023/2024, y nota prensa, calendario de los AAPP FSE 2023/2024.

12.1.- El sábado 29 de marzo se publica en el BOE la Orden que modifica la de la convocatoria para hacer posible la Resolución de la DGOP que publique los AAPP con elección presencial.

- El día 4 de abril se cumple un mes de la Resolución de aprobación de los RRDD del MIR 2024/2025, y del mandato de su publicación en la página de la convocatoria. 

... dice la Nota de Prensa sobre los AAPP FSE 2024/2025 y la toma de posesión...

- En el mes siguiente a la publicación de la resolución de los resultados definitivos se publicará la resolución de la Dirección General de Ordenación Profesional por la que se convocan los actos de elección y adjudicación de plaza, estableciendo el calendario del proceso de plazas, que previsiblemente se desarrollará después de Semana Santa.

- La incorporación a la plaza adjudicada será, previsiblemente, durante la primera quincena de junio. Se recuerda a las personas aspirantes que es un requisito imprescindible para formalizar el contrato especial de residencia haber superado el examen médico previo.

Las especialidades que mejoraron o empeoraron...

 ... su último nº de orden en el MIR 2023/2024 respecto de su anterior. 

- En segundo y tercer lugar las correspondientes a las dos convocatorias anteriores para poder comparar las tres.

- Por último una cuarta tabla a la que denomino últimos. Figura en ella una escalera con especialidades clasificadas por los últimos nº de orden en el último año, tintado en amarillo. Lleva seguido, además, el último nº de orden de los últimos diez años. 

- A la izquierda de la tabla figura su oferta de plazas durante los últimos ocho años, más el actual, en total figura la oferta de los últimos nueve años. Sigue con la diferencia con el año anterior y el sumatorio de esas diferencias. 

- En la penúltima fila, debajo de la suma de la oferta de cada año, figura su demanda efectiva teórica. La demanda efectiva teórica es la demanda total menos los "huecos teóricos" que dejan los afectados por el cupo, más allá del que hace el último dentro del propio cupo.




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La demanda por procedencia universitaria...

 ... y la oferta y su cobertura, plazas desiertas, bien fuera el año con llamamiento único, o bien fuera con dos llamamientos, primero y segundo.

- Estas tabla son trabajos derivados del análisis que publica el MS de cada convocatoria, en la página web de la misma, posteriormente a la terminación de los AAPP de cada una de ellas, sin una fecha predeterminada. No coincide exactamente con los datos de procedencia por nacionalidad, que es el campo que figura en los listados de las distintas fases de la prueba.












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Los resultados del examen MIR por universidades españolas...

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- Ordenadas por el grupo fuerte (por encima del p73)


- Ordenadas por el grupo débil (por debajo del p27)

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- Todos los años ordenadas por el grupo fuerte (por encima del p73)












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miércoles, 26 de marzo de 2025

REUMATOLOGÍA...

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MEDICINA FÍSICA Y REHABILITACIÓN...

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MEDICINA PREVENTIVA Y SALUD PÚBLICA...

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NEUMOLOGÍA...

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NEFROLOGÍA...

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MEDICINA DEL TRABAJO...

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GERIATRÍA...

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CIRUGÍA PLÁSTICA ESTÉTICA Y REPARADORA...

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CIRUGÍA ORAL Y MAXILOFACIAL...

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ANGIOLOGÍA Y CIRUGÍA VASCULAR...

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