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Actos de asignación de plazas
- Resolución de la D.G.O.P. publicada en el B.O.E. (la nueva)
- FAQ - Adjudicación electrónica
- FAQ - Aclaraciones autenticación y firma
- Vídeo tutorial adjudicación electrónica
- Solicitud de plaza
- Solicitudes tramitadas
- Disponibilidad de plazas en la convocatoria anterior con tu nº de orden (no hacer caso del filtro que dice segunda vuelta de extranjeros, eso fue cosa del pasado y no lo han quitado)
- FAQ - ADJUDICACIÓN DE PLAZAS EN EL MINISTERIO DE SANIDAD-TITULACIÓN DE MEDICINA
- Tengo el número de orden 500 y he visto en la resolución por la que se convocan los actos de adjudicación de plaza que la convocatoria es única a las 8:00 horas. Mi turno de recepción empieza a las 17:30 horas, pero ¿tengo que estar en el Ministerio de Sanidad desde las 8:00 horas?... No. Con el número de orden 500 y según lo indicado en la resolución, tendría que personarse en el Ministerio de Sanidad a las 17:30 horas del día 13 de julio de 2020.
- Voy a realizar la solicitud electrónica de plaza, ¿cuál es la hora límite para modificar mi solicitud electrónica?... La solicitud electrónica se podrá modificar cuantas veces se quiera hasta doce horas antes del inicio de la sesión en la que la persona haya sido convocada para el acto de adjudicación de plazas, independientemente del turno de recepción que le corresponda. Es decir, como cada día se celebra una convocatoria única a las 8:00 horas, los aspirantes incluidos en la misma tendrán de plazo hasta las 20:00 horas del día anterior para modificar su solicitud, sea cual sea el turno de recepción en el que estén incluidos.
- NOTA INFORMATIVA- RECURSOS DE ALZADA-TITULACIÓN DE MEDICINA
En relación a los recursos de alzada interpuestos contra la resolución de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad de 11 de mayo de 2020, que aprueba con carácter definitivo las relaciones de resultados de las pruebas selectivas 2019, para el acceso en el año 2020 a plazas de formación sanitaria especializada, se informa que NO hay modificaciones de los listados definitivos de resultados publicados el día 11 de mayo de 2020, para los aspirantes de la titulación de Medicina con número de orden comprendido entre el 1 y el 3000, ambos inclusive. La información para el resto de aspirantes se irá dando a conocer según vaya avanzando el proceso de adjudicación de plazas. - Sobre el asunto de dejar pasar la elección por esperar a alguien para elegir
- Dice la nueva Resolución que la comparecencia, en en la forma que está regulado en el dispongo octavo, reglas primera y segunda, de la Orden SCB 925/2019, de 30 de agosto y en su anexo V, en sus reglas tercera, cuarta y quinta. Dice el dispongo octavo, "En los actos de adjudicación se observarán las siguientes reglas: Primera: La elección de plaza se llevará a cabo electrónicamente, con sujeción a las indicaciones que se contienen en el anexo V de esta convocatoria, o bien, por comparecencia de la persona solicitante o de su representante legal, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se entenderá que renuncian a la prioridad obtenida las personas que no formulen su derecho de elección por uno de los procedimientos anteriormente citados. Segunda: Las personas que opte por retrasar la elección, podrán ocupar el orden de prioridad que, en el momento de formularla se siguiera en los actos de asignación, siempre que existieran aún plazas vacantes por adjudicar."Por lo que si es posible retrasar el turno de elección, con la operativa que contiene el anexo V: "Tercera. Una vez comprobado que la persona no ha comparecido personalmente, se dará curso a la solicitud presentada por medios electrónicos en el momento que corresponda al número de orden obtenido. Cuarta. Si no fuera posible adjudicar ninguna de las plazas incluidas en una solicitud formulada por medios electrónicos, por encontrarse todas ellas ya adjudicadas, se procederá a continuar con el llamamiento de personas citadas, quedando la persona solicitante en espera de adjudicación de plaza. En este caso, si desea solicitar adjudicación de plaza, deberá hacerlo mediante comparecencia personal, ocupando el orden de prioridad que se siguiera en los actos de asignación, y siempre que existieran aún plazas vacantes por asignar. Quinta. Las solicitudes electrónicas podrán anularse o modificarse si la persona comparece personalmente al acto de adjudicación de plazas, en el momento en el que por su número de orden le corresponda."
- ¿Se puede solicitar plaza a través de un mandato?
- No. La representación para la elección de plaza debe realizarse en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según lo establecido en el dispongo octavo de la orden de convocatoria. El artículo 5 de la Ley 39/2015 establece que “La representación podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia. A estos efectos, se entenderá acreditada la representación realizada mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia personal o comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica, o a través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de la Administración Pública competente.”
- INSTRUCCIONES PARA LA ADJUDICACIÓN DE PLAZAS DE FORMACIÓN SANITARIA ESPECIALIZADA (TITULACIÓN DE MEDICINA) EN EL MINISTERIO DE SANIDAD
- - No podrán acceder al Ministerio de Sanidad aquellas personas con síntomas compatibles con la COVID-19, aquellas a las que se les haya diagnosticado la enfermedad y que no hayan finalizado el periodo de aislamiento o las que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de la COVID-19. En este caso deberán haber realizado la solicitud de plaza de manera telemática.
- - El Ministerio de Sanidad no avalará desplazamientos desde zonas confinadas por COVID19, dado que la solicitud puede realizarse de manera telemática.
- - Se evitarán aglomeraciones, realizando el acceso de forma ordenada formando una fila, y guardando la distancia de seguridad. La fila se iniciará en la puerta de entrada al Ministerio y discurrirá a lo largo del Paseo del Prado con dirección a la c/ Lope de Vega.
- - Las personas aspirantes no podrán acceder al Ministerio de Sanidad acompañadas salvo que precisen asistencia debidamente justificada.
- - El acceso se realizará de forma ordenada, evitando formación de grupos, guardando la distancia de seguridad recomendada y teniendo preparado su documento identificativo en la mano.
- - En la espera, acceso y permanencia en el interior del Ministerio de Sanidad, en todo momento, se atenderán instrucciones del personal, y se deberá: o Usar mascarilla de forma obligatoria o Prestar atención y cumplir la información de la cartelería. o Prestar atención y respetar las señalizaciones en cuanto a distancias de seguridad, sentidos de circulación, ubicación, espera de turno, etc. o Aplicación de solución hidroalcohólica en las manos al entrar y al salir de las dependencias y de los aseos, que deberá ser aportada por la persona.
- - La consulta de las plazas vacantes, se deberá realizar a través de los dispositivos móviles (https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml Adjudicación de plazas > Consulta de las plazas vacantes), con carácter previo al momento de elección, en el que se procederá a confirmar la elección realizada.
- - Una vez adjudicada la plaza, las personas tienen que abandonar obligatoriamente el salón de actos, no pudiendo permanecer en ninguna dependencia del Ministerio de Sanidad.
- - No se entregará ningún tipo de documentación.
- - Una vez acabada la sesión de adjudicación cada persona recibirá en su correo electrónico la credencial de la plaza adjudicada. También podrá descargar la credencial desde la página Web del Ministerio de Sanidad (https://fse.mscbs.gob.es/fseweb/view/index.xhtml Adjudicación de plazas > Impresión de credenciales)
Una pregunta tonta pero tal como estan las cosas con el ministerio poniendo pegas y el coronavirus mejor tenerlo todo claro.
ResponderEliminarCon un poder notarial ¿puedo ser representado por mis padres a coger plaza si ese dia tengo fiebre, por ejemplo?.
Entiendo que hablan del apoderamiento apud acta porque es gratis y el poder notarial de pago pero prefiero pagar a un notario que da garantía.
Si
EliminarBuenas, una pregunta. Una vez tramitada y firmada mi solicitud telemática se puede modificar y crear otra?
ResponderEliminarSí, por supuesto! Tantas veces como quieras hasta que tengas la definitiva. Un saludo!
EliminarBuenas Don GangasMIR, una duda parece que este año existe menor N de no comparencias?
ResponderEliminarGráfica para comparar tiene de años previos?