sábado, 9 de mayo de 2020

La Resolución que reanuda las pruebas publicada en el BOE...

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El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, modificado por el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, dispone en su disposición adicional tercera que se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, que se reanudarán en el momento en el que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo. 



La reanudación del procedimiento regulado en la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, supondrá la incorporación a las comunidades autónomas de un número significativo de profesionales, siendo esta una medida que servirá para paliar los efectos de la pandemia y reforzar el Sistema Nacional de Salud. 

De conformidad con lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 454/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, y se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales, corresponde a la persona titular de la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad asumir las competencias de gestión de la formación especializada en ciencias de la salud, lo que incluye la gestión de las pruebas selectivas convocadas mediante la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto, en los términos que se especifican en sus bases. 

En virtud de lo expuesto, resuelvo: 

Primero. 

Reanudar el procedimiento regulado en la Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto,por la que se aprueba la oferta de plazas y la convocatoria de pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada para las titulaciones universitarias de grado/licenciatura/diplomatura de Medicina, Farmacia,Enfermería y ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física

Segundo. 

Publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la presente resolución como medio de notificación a los interesados en el procedimiento, dado el elevado número de interesados y dado que el acto de reanudación se inserta en un procedimiento selectivo, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.a) y b) de la Ley 39/2015,de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las AdministracionesPúblicas, de aplicación supletoria en el presente procedimiento según lo dispuesto en la propia Orden SCB/925/2019, de 30 de agosto

Madrid, 7 de mayo de 2020.–El Director General de Ordenación Profesional, Rodrigo Gutiérrez Fernández.

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