,,, entre otros, para aquellos que se presentaron al último examen y superaron la nota de corte. En el texto de la entrada se subraya en granate el párrafo que afectaría a los que cumplan la condición que menciono...
... Modificación de la Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se
adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la
situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda redactada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado segundo que queda redactado en los siguientes términos:
«Segundo. Medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación.
1. Se establece la prórroga de la contratación de los residentes en el último año de formación, de las especialidades de: Geriatría, Medicina del Trabajo, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Preventiva y Salud Pública, Neumología, Pediatría y sus Áreas Específicas, Radiodiagnóstico, Microbiología y Parasitología, Enfermería del Trabajo, Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Geriátrica y Enfermería Pediátrica.
2. Quedan suspendidas las rotaciones en curso o programadas de los residentes, para que estos puedan prestar servicios en aquellas unidades en las que se precise un refuerzo del personal derivado de las necesidades asistenciales. En estos casos se procederá a adaptar los itinerarios formativos, con el fin de que los residentes adquieran las competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia.
3. Los residentes que se encuentren en otra comunidad autónoma realizando una rotación externa, podrán permanecer en el centro sanitario en el que se encuentren, salvo que este determine la finalización de la rotación. Si el centro sanitario acuerda la suspensión de la rotación externa, el residente deberá comunicarlo a su Unidad Docente antes de incorporarse a la misma, a efecto del cumplimiento de los protocolos de Prevención y control de la infección por COVID-19.
Se podrá autorizar la prolongación de la estancia más allá de los meses permitidos dentro de cada periodo de evaluación anual, permaneciendo en la misma unidad, o autorizando una nueva rotación que tenga como objetivo la adquisición de competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia, independientemente del año de residencia y de la especialidad.
4. La autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma podrá determinar que los residentes que no estén en el último año de formación, de las especialidades mencionadas en el apartado 1 o de cualquier otra, presten servicios en unidades en las que se precise refuerzo de personal por las necesidades organizativas y asistenciales. Las unidades podrán estar en su mismo centro, en centro diferente de la misma comunidad autónoma o de distinta comunidad autónoma.
5. Excepcionalmente, los residentes que no estén en el último año de formación, de las especialidades mencionadas en el apartado 1 o de cualquier otra, podrán trasladarse a unidades no acreditadas para la docencia. Los responsables de formación sanitaria especializada designarán colaboradores docentes, con carácter temporal, en dichas unidades, atendiendo a criterios de experiencia, competencia y demostrada buena práctica profesional, para que puedan tutorizar a los residentes durante el tiempo de prestación de servicios. De la misma manera podrán designarse colaboradores docentes, con carácter temporal, en unidades cuyos tutores acreditados puedan no tener plena disponibilidad para desarrollar su labor docente.
6. El Ministerio de Sanidad gestionará las solicitudes de las comunidades autónomas o de los centros de la Administración General del Estado, que, no contando con residentes en formación, precisen de los servicios de estos profesionales. A estos efectos, el Ministerio de Sanidad contactará con aquellas comunidades autónomas a las que, en atención a su situación particular, les pueda ser solicitado el traslado de residentes a otra comunidad autónoma con mayores necesidades asistenciales.»
Dos. Se modifica el párrafo 1.a) del apartado tercero, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. Se autoriza con carácter excepcional y transitorio la contratación de aquellas personas con grado, licenciatura o diplomatura, y que carecen aún del título de especialista, para la realización de funciones propias de una especialidad en los siguientes supuestos:
a) Profesionales que realizaron las pruebas selectivas 2018/2019 y 2019/2020 de formación sanitaria especializada. Los profesionales, de cualquier titulación, que realizaron las pruebas selectivas 2018 para el acceso en el año 2019, a plazas de formación sanitaria especializada y que, habiendo superado la puntuación mínima en el ejercicio, no resultaron adjudicatarios de plaza, podrán ser contratados bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses.
Asimismo, se podrá contratar a los profesionales, de cualquier titulación, que realizaron las pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada y que han superado la puntuación mínima en el ejercicio. Podrán ser contratados bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses, y se extinguirá en el momento en que el profesional resulte adjudicatario de plaza.»
Tres. Se añade un nuevo apartado, sexto bis, que queda redactado en los siguientes términos:
«Sexto bis. Contratación de estudiantes de otras titulaciones.
1. Las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas podrán suscribir contratos laborales de duración determinada, de auxilio sanitario, al amparo de lo previsto en el artículo 15.1.a) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, destinados a estudiantes en su último año de formación de las profesiones sanitarias no previstas en el apartado anterior, así como de estudiantes de último año del área sanitaria de formación profesional.
2. El contrato que, en su caso, se suscriba deberá indicar que se desarrolla en calidad de apoyo y bajo supervisión de un profesional sanitario.» Segundo. Efectos. Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero. Régimen de recursos.
Contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 27 de marzo de 2020.–El Ministro de Sanidad, Salvador Illa Roca
La Orden SND/232/2020, de 15 de marzo, por la que se adoptan medidas en materia de recursos humanos y medios para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, queda redactada en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado segundo que queda redactado en los siguientes términos:
«Segundo. Medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación.
1. Se establece la prórroga de la contratación de los residentes en el último año de formación, de las especialidades de: Geriatría, Medicina del Trabajo, Medicina Familiar y Comunitaria, Medicina Intensiva, Medicina Interna, Medicina Preventiva y Salud Pública, Neumología, Pediatría y sus Áreas Específicas, Radiodiagnóstico, Microbiología y Parasitología, Enfermería del Trabajo, Enfermería Familiar y Comunitaria, Enfermería Geriátrica y Enfermería Pediátrica.
2. Quedan suspendidas las rotaciones en curso o programadas de los residentes, para que estos puedan prestar servicios en aquellas unidades en las que se precise un refuerzo del personal derivado de las necesidades asistenciales. En estos casos se procederá a adaptar los itinerarios formativos, con el fin de que los residentes adquieran las competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia.
3. Los residentes que se encuentren en otra comunidad autónoma realizando una rotación externa, podrán permanecer en el centro sanitario en el que se encuentren, salvo que este determine la finalización de la rotación. Si el centro sanitario acuerda la suspensión de la rotación externa, el residente deberá comunicarlo a su Unidad Docente antes de incorporarse a la misma, a efecto del cumplimiento de los protocolos de Prevención y control de la infección por COVID-19.
Se podrá autorizar la prolongación de la estancia más allá de los meses permitidos dentro de cada periodo de evaluación anual, permaneciendo en la misma unidad, o autorizando una nueva rotación que tenga como objetivo la adquisición de competencias en control de las enfermedades y las situaciones de emergencia, independientemente del año de residencia y de la especialidad.
4. La autoridad sanitaria competente de la comunidad autónoma podrá determinar que los residentes que no estén en el último año de formación, de las especialidades mencionadas en el apartado 1 o de cualquier otra, presten servicios en unidades en las que se precise refuerzo de personal por las necesidades organizativas y asistenciales. Las unidades podrán estar en su mismo centro, en centro diferente de la misma comunidad autónoma o de distinta comunidad autónoma.
5. Excepcionalmente, los residentes que no estén en el último año de formación, de las especialidades mencionadas en el apartado 1 o de cualquier otra, podrán trasladarse a unidades no acreditadas para la docencia. Los responsables de formación sanitaria especializada designarán colaboradores docentes, con carácter temporal, en dichas unidades, atendiendo a criterios de experiencia, competencia y demostrada buena práctica profesional, para que puedan tutorizar a los residentes durante el tiempo de prestación de servicios. De la misma manera podrán designarse colaboradores docentes, con carácter temporal, en unidades cuyos tutores acreditados puedan no tener plena disponibilidad para desarrollar su labor docente.
6. El Ministerio de Sanidad gestionará las solicitudes de las comunidades autónomas o de los centros de la Administración General del Estado, que, no contando con residentes en formación, precisen de los servicios de estos profesionales. A estos efectos, el Ministerio de Sanidad contactará con aquellas comunidades autónomas a las que, en atención a su situación particular, les pueda ser solicitado el traslado de residentes a otra comunidad autónoma con mayores necesidades asistenciales.»
Dos. Se modifica el párrafo 1.a) del apartado tercero, que queda redactado en los siguientes términos:
«1. Se autoriza con carácter excepcional y transitorio la contratación de aquellas personas con grado, licenciatura o diplomatura, y que carecen aún del título de especialista, para la realización de funciones propias de una especialidad en los siguientes supuestos:
a) Profesionales que realizaron las pruebas selectivas 2018/2019 y 2019/2020 de formación sanitaria especializada. Los profesionales, de cualquier titulación, que realizaron las pruebas selectivas 2018 para el acceso en el año 2019, a plazas de formación sanitaria especializada y que, habiendo superado la puntuación mínima en el ejercicio, no resultaron adjudicatarios de plaza, podrán ser contratados bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses.
Asimismo, se podrá contratar a los profesionales, de cualquier titulación, que realizaron las pruebas selectivas 2019 para el acceso en el año 2020, a plazas de formación sanitaria especializada y que han superado la puntuación mínima en el ejercicio. Podrán ser contratados bajo la modalidad contractual prevista en el Real Decreto 1146/2006, de 6 de octubre, por el que se regula la relación laboral especial de residencia para la formación de especialistas en Ciencias de la Salud. El contrato que se suscriba tendrá una duración de tres meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses, y se extinguirá en el momento en que el profesional resulte adjudicatario de plaza.»
Tres. Se añade un nuevo apartado, sexto bis, que queda redactado en los siguientes términos:
«Sexto bis. Contratación de estudiantes de otras titulaciones.
1. Las autoridades sanitarias de las comunidades autónomas podrán suscribir contratos laborales de duración determinada, de auxilio sanitario, al amparo de lo previsto en el artículo 15.1.a) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, destinados a estudiantes en su último año de formación de las profesiones sanitarias no previstas en el apartado anterior, así como de estudiantes de último año del área sanitaria de formación profesional.
2. El contrato que, en su caso, se suscriba deberá indicar que se desarrolla en calidad de apoyo y bajo supervisión de un profesional sanitario.» Segundo. Efectos. Esta orden producirá efectos el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Tercero. Régimen de recursos.
Contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 27 de marzo de 2020.–El Ministro de Sanidad, Salvador Illa Roca
¿Alguien sabe cómo funciona el tema en Andalucía? ¿Ellos tienen nuestros datos y nos irán llamando según necesidad? Hice el MIR este año y estaba pendiente de adjudicación de plaza (por ahora de todo eso nos olvidamos). No tengo ni idea de cómo se va a articular esto... Estoy bastante perdida y tampoco encuentro información útil. Muchas gracias.
ResponderEliminarLos listados se supone que se los habrá pasado o pasará el Ministerio a la Junta.
EliminarA partir de ahí supongo que abrirán bolsas directamente por provincias, o bien contarán con los colegios. Lo lógico es esperar a que se movilice lacosa. La noticia es de hoy mismo.
Si quieres ayudar contacta con el colegio de Médicos y ya se encargan ellos de gestionarlo. Ánimo!! ;)
EliminarEl colegio de médicos no se encarga de nada, ahora mismo. Yo he llamado varias veces y ellos me dicen que no tienen nada q ver con la contratacion q está en manos de la junta
EliminarMe pasa lo mismo, el Colegio me dicen que se encargan de crear una bolsa de voluntarios que se pongan a disposición de arrimar el hombro en diferentes tareas (según surjan), pero que no tienen nada que ver con ningún sistema de contratación. Sería una cooperación voluntaria (con la colegiación gratuita como compensación durante el tiempo de ayuda).
EliminarHasta hoy no había nada regulado para los que se habían presentado al examen este año. Ahora ya está la base legal para que las CCAA puedan contratar con cobertura de todo tipo, pero queda concretar que anuncien y establezcan los sistemas de selección y llamamiento.
EliminarHola, ¿lo subrayado en rojo quiere decir que nos harían un contrato como residente?
ResponderEliminarUn saludo.
Los residentes tienen dos Reales Decretos que que regulan su doble relación de doble naturaleza, la laboral que se rige por lo establecido en el Real Decreto 1146/2006 cuyo texto puedes leer aquí y que sería conforme al que te contratarían aún sin ser residente según aparece en la Orden:
Eliminarhttps://www.boe.es/boe/dias/2006/10/07/pdfs/A34864-34870.pdf
La naturaleza formativa se rige por el el Real Decreto 183/2008 y esa no estaría afectada por el contrato que te podrían hacer de darse el caso, al menos eso es lo que se desprende del texto de la Orden, salvo error por mi parte:
https://www.boe.es/boe/dias/2008/02/21/pdfs/A10020-10035.pdf
Resumiendo, no serías residente mientras durase el contrato sino médico trabajando conforme a las circunstancias que genera la situación contemplada en la Orden, con una duración determinada prorrogable y con finalización una vez elegida la plaza de darse el caso.
Supongo que el sueldo sería el de residente.
Buenos días D. José María, sigo el blog muy a menudo, darle las gracias por su trabajo pues siempre nos tiene al día de todas las novedades que puedan tener relación con el grupo MIR.
ResponderEliminarSupongo que tendremos que esperar a que nos digan algo cada Comunidad, cuando dispongan.
Gracias, gracial y mil gracias.
Buenas tardes Don José Maria, gracias por toda su labor. Me pregunto si con la crisis del Coronavirus, algunos o muchos opositores cambiarían su especialidad que tenían pensado previamente, y la tendencia ahora sería las especialidades de "moda" por ejemplo Mdicina interna, medicina de familia (primera línea), neumologia, intensivos.... Como se ha comportado años anteriores por ejemplo con el ebola o H1N1. Gracias
ResponderEliminarBuenas tardes. No me imagino eso salvo casos muy puntuales. ¡Quién sabe!
EliminarEn los casos que mencionas no recuerdo que ocurriera eso.
Buenas tardes, no sé si os podrá ayudar, me presenté el año pasado y este al Mir, el pasado pasé nota de corte pero no me daba para lo que quería y repetí este año. Trabajo en Valencia en Urgencias de un Hospital Público, hace 3 semanas me enviaron email y además me llamaron del Servicio Salud de País Vasco, evidentemente ya estoy trabajando aquí, pero creo que van llamando según necesidades que vayan surgiendo indistintamente de la Comunidad Autónoma, de hecho nos han enviado a todos los trabajadores sanitarios un email hablándonos del tema de movilidad geográfica, o sea, que si hay regiones con mas necesidad y en la que ejerces hay menos carga asistencial pueden enviarte hacia esas con mas necesidad de personal sanitario. Algo obvio por otra parte.
ResponderEliminarEspero haber dado alguna idea. Un saludo y mil gracias siempre Don José María !
Yo sé de buena tinta de que aquí, en Madrid, están llamando a los mir aprobados para prestar servicio en los hoteles medicalizados, con sueldo de 1200€ brutos
ResponderEliminarPues a mì no me han llamado y he aprobado este año. No sé qué criterio estaràn teniendo, yo solo me he presentado este año.
ResponderEliminarBuenos días,
ResponderEliminarPrimero, mi enhorabuena a D. José María, por su incansable trabajo y sobre todo por estar tan pendiente de los temas importantes, en beneficio de todos.
Segundo, y más importante, estoy cansado de oír agradecimientos de todo el mundo, incluidos aplausos, a los sanitarios en general y a los médicos en particular.
Y ahora, cuando pueden compensar un poco estos agradecimientos, se les ocurre prorrogar la residencia a todos aquellos que cumplen su último año, EN VEZ DE HACERLES UN CONTRATO DE ESPECIALISTAS NUEVO, TEMPORAL LOGICAMENTE, Y BIEN REMUNERADO, ya que además es el contrato acorde a su formación, como sabemos todos están asumiendo labores y responsabilidades muy superiores a las que marcan su nivel de residente.
Espero que todos os hagáis eco de esta nueva injusticia hacia los sanitarios
Muchas gracias de nuevo.
C.Segovia
A mi me parece bien que el residente cobre como residente hasta finales de mayo y a partir de entonces empezar a cobrar como adjunto, hasta entonces no hay motivo para criticar dicha situación.
EliminarIncreìble todo lo que estàn haciendo. Los residentes de cuarto son ya especialistas, y les prorrogan las residencias. Eso no tiene nombre. Contratan a estudiantes y hasta el 30 no sale en BOE que pueden contratar a Mir 2020, yo me he presentado este año, con nûmero para plaza y nome han llamado. En fin...
ResponderEliminarA mi me han llamado hoy del País Vasco. Están contactando con los que han obtenido un número de orden en el MIR de este año. De momento solo me han pedido algunos datos personales, si necesitaba alojamiento y demás. Me han dicho que me volverían a llamar pero de momento nada. No se que criterios están siguiendo a la hora de contactar con alguno de nosotros, ya que yo por ejemplo vivo en otra comunidad autónoma. Espero que sirva de ayuda. Un saludo
EliminarTienes número para plaza? Porque yo si tengo número para plaza y a mí no me han llamado, aunque también soy de fuera del País Vasco, y solo me he presentado este año.
EliminarSí tengo número para plaza, pero hay compañeros que tienen mejor número que yo y nos les han llamado. Por eso te digo que no sé que criterios están siguiendo a la hora llamarnos...
EliminarA mi me llamaron hace alrededor de una semana del País Vasco siendo de Andalucía y sobre un 8000, te mandan un Mail posteriormente a hablar contigo para que elijas provincia si estás interesado.
EliminarYo tengo un 7000 y no me han llamado. Qué raro. Si te han llamado con un 8000 y a mì con un 7000 no.
EliminarMuchas gracias D. José María por toda la información y por todo el trabajo que hace. Hay algún post sobre el número de rechazos que se han producido cada año?un saludo y gracias de nuevo
ResponderEliminarYa conseguí encontrarlo muchas gracias
EliminarMe alegro. Hay varias entradas sobre esa cuestión. La última tal vez sea la que te pueda interesar más, por si acaso te pongo dos:
Eliminarhttps://gangasmir.blogspot.com/2020/03/incomparecencias-elegir-plaza.html
https://gangasmir.blogspot.com/2019/10/incomparecencias-elegir-plaza.html
Muchísimas gracias :)
EliminarDicen los tutores de las academias que se prevee empezar la resi en septiembre? Vosotros creéis que empezaremos tan tarde?. Don José Maria, que opina usted sobre esto?
ResponderEliminarLa verdad es que no tengo opinión sobre eso porque no tengo datos para poder hacerlo.
EliminarSe han prorrogado los contratos de los R4-5 de familia, interna,intensivos, geriatria ... Pero las cirugias, uro, gine, oftalmo, otorrino, endocrino, cardio,derma, plastica, anestesia.... Todas esas especialidades si no prorrogan a los R5 no se van a quedar sin residentes hasta septiembre, ademas que nadie os engañe, los hospitales funcionan a base de residentes. No van a aguantar tanto.
EliminarOjalá, es muy injusto lo que están haciendo a r4-r5, pero también a nosotros... NECESITAMOS TRABAJAR. Desde que acabamos la carrera sin trabajar NADA y sin BECA, porque ya no eres universitario. JODER.
Eliminarhttps://diariomedico.com/medicina/medico-joven/mir/7633-especialistas-de-estreno-y-precio-de-saldo-contra-el-coronavirus.html
Eliminar7.633 especialistas de estreno y 'a precio de saldo' contra el coronavirus
EliminarSanidad ha prorrogado por decreto el contrato formativo de 7.633 MIR y EIR que debían titularse en mayo. Si nada cambia, seguirán luchando contra la Covid, pero por mil euros menos al mes de lo que podrían cobrar.
Fernando Dávila, R5 de Medicina Intensiva en la UCI del Hospital del Bierzo (León), reivindica su condición de especialista.
Francisco Goiri/Alicia Serrano. Madrid
01/ 04 / 2020
La plena movilización de todos los profesionales sanitarios disponibles que ha decretado el Ministerio de Sanidad para hacer frente a la pandemia de coronavirus tiene mucha letra pequeña. Que se lo pregunten si no a los residentes de último año; es decir, a los MIR que compaginan su formación con tareas asistenciales, que ejercen como especialistas en prácticas en los hospitales y centros de salud de toda España, y que están en primera línea en la lucha contra el virus de la Covid-19.
Según el decreto publicado por el Gobierno el pasado 15 de marzo -y ratificado quince días después-, a los especialistas que cursaban su último año de formación cuando estalló esta crisis sanitaria, se les prorroga su contrato actual de forma automática. Esta prórroga afecta a 7.633 médicos y enfermeros de 14 especialidades, entre ellas Medicina Intensiva, Interna, Neumología, Preventiva o Microbiología, directamente implicadas en esta crisis.
El problema es que en mayo, en apenas un mes, esos más de 7.000 profesionales terminan su formación, dejan de estar en prácticas y, como especialistas de pleno derecho que son, podrían optar a un contrato como médico adjunto. Eso, en teoría; en la práctica, y si la letra del decreto no cambia, el Ministerio de Sanidad quiere tenerlos en primera línea de batalla a precio de saldo; es decir, con un contrato formativo que supondría un considerable ahorro para las arcas autonómicas, porque son las comunidades las que pagan a los MIR que se forman en sus centros sanitarios.
Un R5 gana de media 1.086 euros menos al mes que un adjunto
Según el último estudio salarial de la Confederación Estatal de Sindicatos Médicos (CESM), el sueldo medio de un adjunto de primer año en España en 2019 estaba en 2.397 euros, exactamente 1.086 euros más de lo que gana un MIR de último año, y eso sin contar las guardias, que pueden suponer otros 60 euros más al mes de diferencia entre un adjunto y un MIR.
Si multiplicamos esa diferencia por los más de 7.000 MIR afectados por la prórroga de sus contratos, las administraciones se ahorrarían en sueldos base casi 8,5 millones de euros en un mes; 25 millones, si la prórroga sólo dura los 3 meses que, como mínimo, estipula el decreto ministerial. En definitiva, un regalo para las comunidades: médicos jóvenes, formados en especialidades vitales en este contexto, con predisposición y ganas de trabajar… y baratitos.
Uno de los pilares de IFEMA
Eliminar"Están trabajando al 200%, en primera línea, permanentemente expuestos al contagio, sin librar; con equipos de protección insuficientes, o directamente sin ellos, y asumiendo responsabilidades muy por encima de lo que estipula su contrato de formación. Y el ministerio quiere, además, que todo eso lo hagan como mano de obra barata", denuncia Sheila Justo, presidenta del sector de Médicos Jóvenes del sindicato Amyts.
"Sin ir más lejos, en el hospital de IFEMA, a los R4 y R5 de Medicina de Familia, Neumología, Intensiva o Interna se les llama supervisores y están haciendo tareas propias de un adjunto, lo que demuestra que son especialistas a todos los efectos, tengan o no el título", añade Justo.
Alberto Cabañas, R4 de Medicina de Familia en el Hospital Gregorio Marañón (Madrid) hasta el inicio de la crisis, es uno de esos residentes desplazados a IFEMA. "Llevo seis días allí y, al margen del descontrol organizativo que vemos a diario, lo cierto es que ningún adjunto supervisa mi labor, pero eso ya era así en el Gregorio Marañón cuando estalló este caos, antes incluso de ir a IFEMA".
Entre las labores propias de un especialista que están asumiendo los residentes de Familia, Cabañas cita "las visitas domiciliarias sin supervisión; hacer consultas telefónicas de forma autónoma, porque todos los adjuntos también están saturados de trabajo, o firmar por nuestra cuenta, y sin supervisión ninguna, incapacidades temporales o bajas".
Decidir sobre ingresos o consolar a la familia
Más llamativas son incluso las responsabilidades extra que asume Fernando Dávila como R5 de Medicina Intensiva en la UCI del Hospital del Bierzo (León). "Te toca decidir o desestimar el ingreso de algún paciente, tomar decisiones rápidas sobre medicación o tratamientos, e incluso hablar con los familiares si el paciente que te llega está en una situación basal mala".
La misma especialidad, Intensiva, y con el mismo grado de responsabilidad que Dávila tiene Marta Pinilla, que nos habla a través de una mascarilla protectora desde el Hospital Virgen Macarena (Sevilla): "Este maltrato te toca la moral. Toda la vida he querido ser médico y, además, atendiendo a pacientes críticos. Llega una situación como ésta, trabajas día y noche, dejas de lado a tu familia, arriesgas tu vida, ejerces en un contexto que gente con más de 30 años de experiencia no ha vivido nunca, y quizás nunca volvamos a vivir… y te compensan con un sueldo miserable y hurtándote un título que es tuyo, que te has ganado a pulso. ¿Piensan que si me dan el título de especialista y me hacen un contrato de adjunto voy a dejar de dar el callo?".
"Te dejas la vida y te compensan con un sueldo miserable; es humillante"
Porque la prórroga del contrato como MIR implica, en teoría, que los residentes de la especialidades señaladas no obtendrían su título mientras se mantenga la situación, "a diferencia -añade Pinilla- de quienes han hecho otra especialidad, que sí se titularían a finales de mayo, lo que supone un agravio añadido".
De hecho, CESM remitió ayer mismo una carta al ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la que piden que se adelante "la finalización voluntaria del contrato MIR" para los residentes afectados, "sin saltarse, evidentemente, un mecanismo legal como la evaluación final para la obtención del título de especialista".
La Organización Médica Colegial y las sociedades científicas que representan a las especialidades afectadas, encabezadas por la Federación que las agrupa a todas (Facme), emitieron sendos comunicados calificando la prórroga de "intolerable" y de "maltrato a los residentes".
Comunidades 'díscolas'
EliminarEl pasado 30 de marzo, el Ministerio de Sanidad ratificaba en otro decreto los mismos términos del que sacó quince días antes, y volvía a hablar de "prórroga del contrato de residentes". Según la representante de Amyts, la clave está, no obstante, en el Consejo Interterritorial que este viernes el ministerio celebrará con todas las autonomías, y donde, en teoría, se abordará este tema. "Nos consta que hay autonomías absolutamente predispuestas a solucionar este agravio y, de hecho, algunas ya han tomado medidas", afirma Justo.
Entre esas medidas, Castilla y León, Aragón, Galicia o Andalucía han aprobado sendos complementos salariales para los MIR y EIR afectados por la prórroga de su periodo de formación "y, como también pasa con Madrid, son proclives a hacerles contratos de especialista", añade Justo. Pero en un contexto donde el mando único lo tiene el Gobierno central, esta última decisión debe ser nacional.
Además, por muy buena que sea la predisposición de algunas comunidades, sus medidas no parece que sean más que meros parches. "En León, al menos, ese complemento del que hablan te lo pagarían en función de las guardias que hagas y, además, no se acercaría, ni de lejos, a lo que cobrarías con un sueldo de adjunto", afirma el R5 de Intensiva del Hospital del Bierzo.
Algunas CCAA han aprobado un complemento salarial, pero "es un parche"
Y ni siquiera es un complemento uniforme: "Por lo que he hablado con otros MIR de la comunidad, depende de cada provincia y de cada gerencia hospitalaria, y para cobrarlo debe aprobarlo además la Comisión de Docencia de cada centro", añade Dávila. En suma, poco dinero, tardío y repartido de forma dispar.
"Yo también he oído hablar de ese complemento, pero, de momento, ni lo he cobrado, ni sé cuánto es, ni he visto registro alguno donde haya constancia oficial de su existencia", dice la residente del Virgen Macarena.
"Te trastocan la vida"
EliminarY no es sólo el dinero. El tiempo trabajado como residente no cuenta para los baremos de oposiciones y bolsas de empleo temporal, "de forma que lo que hagamos estos meses no tendrá validez administrativa, a diferencia de los contratos Covid que suscriban otros especialistas, o incluso compañeros nuestros de otras especialidades que obtengan el título en mayo", afirma un residente del madrileño hospital de La Paz que prefiere mantener el anonimato.
verdadero drama de fondo es que trastocan tu vida a golpe de decreto gubernamental", añade Mireia Mengual, R4 de Pediatría (otra de las especialidades afectadas por la prórroga) en Tarragona.
"Yo me titulaba en mayo y me iba con mi novio a otra localidad, dentro de Cataluña, para ser pediatra rural. Ahora todo queda en suspenso, y lo peor de todo es que no sé por cuanto tiempo; ¿tres meses, seis, ocho…? Es una humillación y una falta de respeto y de confianza, porque yo iba a seguir luchando contra esta enfermedad allí donde estuviera, pero no creo que tenga que hacerlo donde ellos digan y por el sueldo que decidan", se queja Mengual.
La representante de Amyts abunda en la "tremenda injusticia que se está cometiendo con un colectivo que no quiere medallas, porque es su trabajo, pero tampoco menos de lo que les corresponde, máxime cuando su predisposición desde el minuto uno ha sido brutal".
"Seguimos en la urgencia hasta que nos contagiamos o no podemos más"
En este sentido, el residente de La Paz asegura que "en mi hospital, la urgencia lleva semanas saturada y antes de que ningún gobierno emitiera decreto alguno, todos los MIR habíamos organizado turnos extra de forma voluntaria para relevar a los compañeros del Servicio de Urgencias, que estaban exhaustos. Ahora seguimos en la urgencia hasta que nos contagiamos o no podemos más, ¿y te lo pagan así?”.
Enfermeros 'de segunda'
Parecida o más sangrante es incluso la situación de Enfermería. Las enfermeras residentes están ejerciendo de facto como enfermeras de cuidados generales, “pero cobran alrededor de 600 euros menos al mes, tienen que hacer guardias y no gozan de los mismos derechos laborales”, explica Mar Rocha, portavoz de la organización colegial de Madrid, que exige que se paralicen los contratos EIR y se sustituyan por otros de enfermera de cuidados generales.
A diferencia de los médicos, los enfermeros pueden ejercer sin especialidad, pero “los que hemos decidido especializarnos, no sólo cobramos durante la residencia entre 300 y 600 euros menos al mes que los generalistas, sino que el tiempo de trabajo no nos computa en oposiciones y bolsas de trabajo en la mayoría de las comunidades”, recuerda Daniel González Andrés, EIR de Enfermería Familiar y Comunitaria de último año en el Departamento del Hospital Doctor Peset (Valencia).
González Andrés -que fue el número uno del examen EIR en 2018- añade que esta crisis ha paralizado la formación y rotaciones de la especialidad: "El EIR que se está formando es un enfermero más en las plantillas y tiene que hacer guardias, pero cobra mucho menos y tiene menos derechos".
Como los MIR, los EIR terminan su formación en mayo, y González Andrés plantea que se les dé ya el título de especialistas -y se les contrate como tales- o que se paralice temporalmente la residencia "y nos hagan un contrato de enfermeros generalistas -porque, de hecho, ya lo somos-, pero con los mismos derechos y el mismo sueldo que nuestros compañeros".
Es verdad que el resto de especialidades debe erguir, pero con el plan de contingencia que han hecho los distintos hospitales, solo están haciendo lo urgente y poco programado para dejar las plantas lo más libre posible para poder acoger pacientes Covid.
ResponderEliminarTengo amigos de digestivo que ahora pasan planta como neumologos, por tanto no creo que ahora pueda entrar un r1 para formarse de una especialidad concreta.
Cuando empiece la normalidad es el momento que entren los nuevos residentes.
Cuando llegara la normalidad? Pues esa es la cuestión
Algo están haciendo... Hoy en cala mañana han cambiado dos veces la fecha de publicación de las listas definitivas... Apareció el 2 de mayo y luego el 11 de abril.
ResponderEliminarSi están toqueteando es porque algo traman, a ver qué pasa
Y qué fecha han dejado finalmente?
EliminarDe momento 11 de abril en mi situación personal.
EliminarPuede ser que nos hayan dado la pista de que están preparando otra prórroga para la cuarentena hasta ese día (que además es un sábado)
EliminarBuenas noches.
ResponderEliminarMe han pasado un mensaje en el que se da a entender que aquellos profesionales que hayan sido contratados para trabajar en esta época recibirán algo así como puntos extra; imagino que se refiere a las OPEs, bolsas de trabajo y demás, no? Es decir, no afecta al listado del examen MIR o sí?
En Andalucia, al menos, Los enfermeros contratados hasta junio les dan doble puntos de baremo por trabajo. Esto, lógicamente, tiene que ver con las listas de sustituciones no con las plazas Mir.
EliminarLo mismo es mayo 2021 y nos estamos aquí rompiendo los cascos por na ����
ResponderEliminarTal y como está la situación ,. En breve harán la prorroga de otros 15 días,. Lo cual es muy necesario . Abril estamos en casa
ResponderEliminarPues espero que no afecte al MIR porque hay gente (entre unas yo) que no le han llamado y me he apuntado a todo lo que he podido. No sería justo
ResponderEliminarSe refiere a la puntuación para la bolsa de empleo , esos puntos no son puntos de examen para el listado definitivo, no te preocupes por eso.
EliminarSe refiere a los residentes que van a prorrogar, como un incentivo de reconocerles puntos de trabajo para la bolsa, porque cuando eres residente no puntúas en bolsa en las horas trabajadas , y tambien para los médicos especialistas ya , que serán puntos extra para OPE y bolsa tb.
Alguien sabe qué criterios están utilizando para contratar en estas circunstancias?. Puesto provisional obtenido en el MIR no puede ser porque se de casos ya contratados con puntuaciones muy alejadas entre si, saltándose a muchos. No he podido identificar ningún criterio, a priori.
ResponderEliminarEstán contratando a hombres.
EliminarNo creo que sea así, los 3 casos que conozco son mujeres
EliminarA alguien que ha dado el mir pars 2020 lo han llamado en Salamanca??
ResponderEliminarPor contactos míos.
EliminarEn varias ciudades de Castilla y León que yo sepa , nada o casi nada.
A mí en Madrid no. A otras personas si. Qué descontrol...
ResponderEliminarLa publicación de la relación definitiva de resultados se realizará a partir del 26 de abril de 2020. SITUACIÓN PERSONAL MINISTERIO DE SANIDAD MIR
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