Puedes mirar tu situación personal en las listas: aquí (para los que no tengan certificado electrónico o clave de acceso, clikar en el tercer cuadrante, se puede acceder con el nº de identificación con el que te inscribiste en la prueba (DNI, Pasaporte, o NIE)
1. RECLAMACIONES Y PLAZO
Además de leer las instrucciones
de esta Hoja informativa, le recordamos que tanto los Documentos como
los plazos
de presentación de los mismos, están disponibles de forma
permanente en esta página.
Desde el día 11 DE NOVIEMBRE, se exhiben las
relaciones provisionales de admitidos y no admitidos a las pruebas selectivas
2016 en el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Paseo del
Prado, 18-20; 28071 - MADRID) y en las Delegaciones y Subdelegaciones de
Gobierno.
Los aspirantes deben comprobar la exactitud de los datos que contienen
las relaciones y, en caso necesario, presentar, en el plazo de DIEZ días naturales (contados
a partir del siguiente al de la exhibición de las Listas), la oportuna reclamación, utilizando para
ello el Modelo de reclamación que también se les facilitará en los lugares
donde se exhiben las listas.
Tratándose de no admitidos, se adjuntará a la reclamación el documento
que proceda según se indica a continuación para cada una de las causas posibles
de no admisión:
a) Falta de acreditación del Título de Graduado, Licenciado o Diplomado:
Deberá aportarse fotocopia compulsada del título de Graduado, Diplomado o Licenciado, según corresponda, (o de la homologación, reconocimiento o equivalencia si se trata de títulos de Universidades extranjeras).
Deberá aportarse fotocopia compulsada del título de Graduado, Diplomado o Licenciado, según corresponda, (o de la homologación, reconocimiento o equivalencia si se trata de títulos de Universidades extranjeras).
En este plazo también se puede
aportar la certificación académica de los estudios, advirtiendo que la
presentación de este certificado académico, por ser un mérito y no un
requisito, no es obligatorio y no afecta a la admisión o no admisión a la
prueba selectiva. En todo caso, tanto el título como los méritos académicos se
habrán obtenido antes del día 28 de septiembre de 2016.
b) Falta de D.N.I., pasaporte o equivalente:
Se puede referir a:
Se puede referir a:
- La ausencia del documento en los casos
en que debe ser enviado.
- No estar cumplimentado el número de
identificación en la casilla correspondiente del Modelo 790, en los casos
en que no es obligatorio el envío del documento.
- El número cumplimentado en el Modelo 790, no es correcto y no se ha podido validar la identidad del aspirante.
- El documento de identidad aportado está
caducado.
c) Falta de firma:
Es necesaria ya que supone la aceptación del aspirante y su consentimiento expreso para poder tratar sus datos en el desarrollo de la prueba selectiva. Para subsanar, es suficiente con firmar en el impreso de reclamación.
Es necesaria ya que supone la aceptación del aspirante y su consentimiento expreso para poder tratar sus datos en el desarrollo de la prueba selectiva. Para subsanar, es suficiente con firmar en el impreso de reclamación.
d) Titulación no apta para extranjero no comunitario:
Documento acreditativo de ser ciudadano de la Unión Europea, o de tener régimen comunitario, o de tener autorización de residencia permanente o temporal en España para poder participar en todas las titulaciones. En el caso de no residentes o con autorización de estancia por estudios, solamente pueden participar en las pruebas selectivas para Médicos, Farmacéuticos o Enfermería.
Documento acreditativo de ser ciudadano de la Unión Europea, o de tener régimen comunitario, o de tener autorización de residencia permanente o temporal en España para poder participar en todas las titulaciones. En el caso de no residentes o con autorización de estancia por estudios, solamente pueden participar en las pruebas selectivas para Médicos, Farmacéuticos o Enfermería.
e) Falta acreditación de conocimiento del idioma:
Este es el último plazo para aportar los documentos que acrediten el conocimiento del español.
Este es el último plazo para aportar los documentos que acrediten el conocimiento del español.
f) Falta de Renuncia previa:
También es el último plazo para presentar el documento de renuncia, para aquellos aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias.
En el documento de renuncia deberá figurar la aceptación del centro, en la que se especifique la fecha de extinción del contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalizó el plazo de presentación de solicitudes (28/09/16).
También es el último plazo para presentar el documento de renuncia, para aquellos aspirantes que se encuentren realizando un periodo de formación especializada en plaza de residente obtenida en anteriores convocatorias.
En el documento de renuncia deberá figurar la aceptación del centro, en la que se especifique la fecha de extinción del contrato en formación, que no podrá ser posterior a la fecha en la que finalizó el plazo de presentación de solicitudes (28/09/16).
g) Abono de derechos:
Envíe el documento, Modelo 790, que pruebe que abonó los derechos de examen, 29,89 euros (14,95 euros para familias numerosas de categoría general).
Envíe el documento, Modelo 790, que pruebe que abonó los derechos de examen, 29,89 euros (14,95 euros para familias numerosas de categoría general).
En caso de concurrir causas de
exención del abono de las tasas, envíe la documentación que acredite la
condición de discapacitado, familia numerosa, víctima del terrorismo o
demandante de empleo (fecha de inscripción y declaración jurada), de acuerdo con los términos previstos en la
correspondiente Orden de convocatoria.
h) Importe incompleto de la tasa:
Podrá subsanar abonando la diferencia entre lo realmente ingresado y los 29,89 euros preceptivos.
Podrá subsanar abonando la diferencia entre lo realmente ingresado y los 29,89 euros preceptivos.
Todos los pagos pendientes se pueden subsanar en
los 10 días de reclamación a la relación provisional de admitidos,
utilizando un nuevo Modelo
790.
i) Fuera de plazo:
Envíe documento que pruebe que presentó la solicitud dentro de plazo, es decir, hasta el día 28 de septiembre de 2016, en un registro autorizado.
Envíe documento que pruebe que presentó la solicitud dentro de plazo, es decir, hasta el día 28 de septiembre de 2016, en un registro autorizado.
j) Falta Declaración Jurada:
Para ciudadanos extranjeros no comunitarios (excepto si han acreditado disponer de régimen comunitario o de estar en posesión del documento que acredite su autorización de residencia permanente o temporal en España): enviar declaración jurada en el plazo de reclamación. Pueden obtener el modelo en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, aquí y en las oficinas de registro del Ministerio y de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
Para ciudadanos extranjeros no comunitarios (excepto si han acreditado disponer de régimen comunitario o de estar en posesión del documento que acredite su autorización de residencia permanente o temporal en España): enviar declaración jurada en el plazo de reclamación. Pueden obtener el modelo en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, aquí y en las oficinas de registro del Ministerio y de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
k) Falta de autorización de estancia en nuestro país:
El aspirante deberá acreditar documentalmente que estaba legalmente autorizado para permanecer en España en el plazo de presentación de instancias o, en su caso, acreditar documentalmente que se encontraba en su país.
El aspirante deberá acreditar documentalmente que estaba legalmente autorizado para permanecer en España en el plazo de presentación de instancias o, en su caso, acreditar documentalmente que se encontraba en su país.
l) Turno de discapacidad:
Solamente se ha reconocido la opción de participar en el turno para aspirantes con discapacidad, a los que han aportado la documentación acreditativa de esa condición. En este plazo pueden presentar la documentación pertinente y solicitar la inclusión en ese turno.
Solamente se ha reconocido la opción de participar en el turno para aspirantes con discapacidad, a los que han aportado la documentación acreditativa de esa condición. En este plazo pueden presentar la documentación pertinente y solicitar la inclusión en ese turno.
m) No aceptación certificado negativo del Registro de Delincuentes
Sexuales:
Envíe un escrito en el que declare bajo juramento o promesa, que conoce y acepta la obligación de presentar el certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales, en caso de ser adjudicatario de plaza. Dicho escrito debe venir firmado.
Envíe un escrito en el que declare bajo juramento o promesa, que conoce y acepta la obligación de presentar el certificado negativo expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales, en caso de ser adjudicatario de plaza. Dicho escrito debe venir firmado.
n) Otras causas:
Consulte telefónicamente a la Subdirección General de Ordenación Profesional y siga sus indicaciones. Teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes)
Consulte telefónicamente a la Subdirección General de Ordenación Profesional y siga sus indicaciones. Teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes)
Se aconseja utilizar el correo certificado urgente para el envío de las
reclamaciones.
2. CORREO ELECTRÓNICO
Los aspirantes que hayan
cumplimentado en su solicitud una dirección de correo electrónico, recibirán
información por e-mail. Si algún aspirante no recibiese esta información deberá
solicitar a la Subdirección General de Ordenación Profesional que se compruebe
si es correcta su dirección de correo electrónico.
3. MÉRITOS ACADÉMICOS DEL TERCER CICLO (Excepto aspirantes a
Radiofísicos Hospitalarios)
Asimismo, este es el último plazo
para aportar al expediente del aspirante, certificación académica personal o el
título, que acrediten la obtención de la Tesis Doctoral y el Grado de Doctor.
La fecha de obtención deberá ser anterior al 28 de septiembre de 2016, día
en que finalizó el plazo de presentación de instancias.
No se admiten papeletas de examen
ni certificados que no sean certificaciones académicas personales.
En el caso de aspirantes
extranjeros, solamente se valorarán los títulos de doctor homologados por el
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con fecha anterior al 28 de
septiembre de 2016.
4. RELACIONES DEFINITIVAS DE ADMITIDOS:
Examinadas las reclamaciones que
se puedan presentar, las relaciones definitivas, una vez aprobadas, se
exhibirán a partir del 29 de diciembre de 2016, y en ellas se anunciarán las Aulas y Mesas de Examen
señaladas a cada aspirante.
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Teléfono: (91) 596.11.81
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Madrid, noviembre de 2016
Gracias por la informacion Gangas... En el caso particular de que fui admitido pero existe un error en el correo electronico porque lo copiaron mal, hay algun inconveniente?
ResponderEliminarReclama con el Modelo de reclamación y pon el email correcto, de lo contrario no recibirás la información que remiten por email, ese sería el inconveniente.
EliminarBuenas noches,Jose Maria.En mi caso ha habido una errata en el apellido y mail.Se solucionaria rellenando el modelo de reclamación?Muchas gracias de antemano
ResponderEliminarSí, y debes de hacerlo porque el nombre y apellidos se arrastran al título oficial de especialista desde la base de datos.
EliminarEl email también por la misma razón que en la contestación del comentario anterior.
Buenas noches,soy extracomunitario,presente mis papeles en el consulado de mi pais,todo completo,pero me sale que me falta el titulo homologado,siendo que yo envie la copia compulsada del mencionado titulo,en este caso debo mandar de nuevo otra copia compulsada adjunta al formato de reclamacion?Gracias
ResponderEliminarHaz la reclamación en el Modelo correspondiente que te puedes bajar en pdf y la acompañas del documento de homologación compulsado otra vez en el Consulado, y lo entregas dentro de plazo en la oficina consular.
EliminarTe quedas con el resguardo de haber enviado la reclamación y la homologación.
Puede ser que se haya extraviado o traspapelado, o vaya usted a saber pueda ser un simple error.
Por si quisieras hacer una comprobación telefónica previa en el MSSSI te pongo aquí como puedes hacerla:
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Muchisimas gracias,tanto por la respuesta como por dedicar tiempo a esta pagina,es una gran ayuda,felicidades por su labor
EliminarBuenos dias Gangas una pregunta Estoy tratando de ingresar a la pagina del Ministerio con mi Pasaporte pero me dicen que no consto en la base de datos y tampoco me ha llegado nada al mail.. que debo hacer??
ResponderEliminarSeguramente no pones el nº de Pasaporte igual que lo pusiste en el Modelo 790 de inscripción, míralo y ponlo igual.
EliminarSi persiste el problema ponte en contacto con:
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Hola buenos dias! Me llego el correo diciendo q mi condicion es no admitido por falta de abono de tasas! Yo envie las impresiones de la transferencia y la misma era de 30€; ahora no se exactamente porq es el rechazo! Si es porque no llegaron los recibos, no eran a color, por el monto de 30, etc! Como puedo saber exactamente que paso y q debo hacer!? Saludos y gracias
ResponderEliminarLo primero entrar en tu ficha personal de datos vía web de la Convocatoria actual, y comprobar la causa de no admisión y proceder en función de lo que diga a través del Modelo de reclamación y la aportación en su caso, bien del justificante, bien comprobar si de esos 30 euros (eran 29,89 exactamente) te descontaron los gastos por haber hecho una transferencia cruzada y falta el pico, pico que deberías de intentar que no te volviera a pasar explicando que los gastos te los cobren aparte.
EliminarNo obstante si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Hola buenos días Gangas. Una pregunta, en mi caso se menciona que la condición de no admitido es por falta de declaración jurada. Aunque la situación no sea correcta, porque yo me encuentro en SIT 3 y no afectada por cupo de plazas como coloca el Ministerio en su página. Me estoy comunicando via telefonica pero es de esperarse las lineas se encuentren saturadas. Sabes de algún caso o adelantarme que puedo hacer?
ResponderEliminar¿Que tipo de residencia dice que tienes en la ficha personal?
EliminarEs residencia temporal, la fecha de la tarjeta es meses antes de las fechas de inscripción
EliminarResidencia temporal, con fecha en la tarjeta de meses antes a la convocatoria
EliminarBuenos días a todos. Me pasa lo mismo que al comentario anterior. Me piden declaración jurada, pero llevo años viviendo en España de forma legal, y mi tarjeta es de residencia permante. ?Qué tengo que hacer? Ya que la silución que me proponen es presentar la declaración jurada, pero no tiene sentido. Además, no tengo porque entrar en el cupo de 4% porque no cumplo los requisitos.
EliminarBuenas tardes, revisé mi correo y me pasó lo mismo, mi situación es de "régimen comunitario por familiar de ciudadano de la unión", me he presentado el año pasado bajo esa situación sin estar afecto por el cupo de extranjeros, me imagino dónde está el problema: cuando presenté la documentación, me dijeron que no hacía falta enviar nada escaneado ni compulsado, ahora revisando en BOE aclara que, si no tienen la copia física compulsada del NIE, ellos no lo pueden verificar, especifica que en ese caso la situación administrativa asignada es la de afectado por el cupo. Mi duda es, ¿Conviene presentar la declaración jurada o simplemente hacer la reclamación a la situación de afecto por el cupo?, si se desestima la reclamación y no hemos presentado la declaración jurada ¿Nos descalifican del examen o se puede hacer el recurso de alzada?
EliminarNo pierdes nada por presentar las dos cosas con la reclamación por si las moscas.
EliminarSi en las listas definitivas de admitidos del 29 de diciembre hubiera algún problema se puede presentar Recurso de Alzada, y si lo resuelven positivamente puedes presentarte al examen, pero es mejor arreglarlo en período de reclamaciones de listas provisionales.
Gracias jiwigol y Gangas. Efectivamente, al presentar los documentos quería dejar mi copia del TIE compulsada (como especifica el BOE) pero me insistieron dos personas diferentes que no era necesario, ya que en el formulario había marcado que el MMSS puede verificar cualquier documentación asociada a mi persona. Lamentable, pero no queda otra que volver a dejar todos los papeles, como dice Gangas las dos cosas con la reclamación por si las moscas. Ojalá para el 29 de Diciembre no haya ninguna observacion.
EliminarGracias
Muchas gracias José María (por el tiempo, el esfuerzo infatigable y la confianza que nos das, por responder a nuestros mensajes y evitar que nos devore la ansiedad) ayer mismo presenté en la subdelegación de gobierno de mi ciudad la documentación, "Anónimo" esperemos que las cosas resulten favorables.
EliminarBuenos días Gangas. La Hoja de Reclamación se entrega en el mismo ministerio?
ResponderEliminarLa hoja de reclamación se entrega, si vives o estás en Madrid en la Oficina de Información del MSSSI esquina del Paseo del Prado, 18-20 con la calle Lope de Vega entrada por la planta de calle, añadiendo la documentación que sea pertinente.
EliminarTambién se puede mandar por correo certificado y urgente a:
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Buenos días Gangas. Muchísimas gracias por toda la información. En mi caso no han puesto bien mi DNI (les sobra un número) a pesar de que yo lo puse bien en la inscripción. La hoja de reclamación me serviría para subsanar el error, pero no encuentro la información sobre qué hacer con la hoja. He de entregarla en el ministerio? Las líneas de teléfono permanecen ocupadas y mi academia no me ha aportado soluciones... muchas gracias.
ResponderEliminarLa hoja de reclamación se entrega, si vives o estás en Madrid en la Oficina de Información del MSSSI esquina del Paseo del Prado, 18-20 con la calle Lope de Vega entrada por la planta de calle, añadiendo la documentación que sea pertinente.
EliminarSi vives o estás en otra provincia en la misma oficina que te inscribiste o bien por correo certificado y urgente a:
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Buenos días, ante todo muchas gracias de antemano por la información.
ResponderEliminarEn mi caso, el problema ha sido Importe incompleto de la tasa.
Entonces me gustaría asegurarme de lo que tengo que hacer y la dirección exacta de donde tendría que mandarlo.
Si no me equivoco tendría que rellenar el documento 790 con la diferencia de lo que faltaba por pagar. Tendría que mandar algún tipo de documento más en mi caso?
Una vez rellenado, mandaría tanto el pago que hice en primer lugar como el nuevo modelo 790 con la diferencia. Se hace por correo certificado urgente pero, ¿cuál es la dirección exacta a la que tengo que mandarlo?
Y ya por último, ¿podremos ver antes del 29 de diciembre si todo está en orden?
Mil gracias!
Saludos
Si estás en España no hay problema de ingresar la diferencia porque va íntegra a la cuenta correspondiente de Tasas, pero si estás en el extranjero has de advertir que el ingresos que falta ha de llegar íntegro y que los gastos, incluido los de posibles transferencias cruzadas, te los han de cobrar aparte, de lo contrario estarás en el mismo problema y ya no tendrá solución.
EliminarGeneralmente los cambios se van mecanizando antes de la salida de los listados definitivos y por tanto una vez mecanizados son visibles en la ficha personal de datos da cada uno de los interesados.
Buenos días Gangas, gracias por la información. En mi caso sí salgo admitida, soy extracomunitaria con residencia temporal, pero en el número de identificación sale mi número de pasaporte y no mi número nie con el que me inscribí . Que me recomiendas hacer, debo entregar la solicitud de reclamación con esto ?
ResponderEliminarLo importante es ver con la situación que sales en tu ficha de datos respecto de la residencia y si estás o no afectada por el cupo.
EliminarSi estuviera bien no pasa nada porque hagas la reclamación con la inclusión del NIE
Lo de la residencia si esta , muchas gracias
EliminarSi eres residente no estás afectado/a por el cupo.
EliminarEste comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarSupongo que quieres decir que cuando te inscribiste ya lo enviaste y que te "parece".
EliminarMira en tu ficha y si no sales admitido por esa causa:
e) Falta acreditación de conocimiento del idioma:
Este es el último plazo para aportar los documentos que acrediten el conocimiento del español.
Entonces rellena la reclamación y adjunta fotocopia compulsada del DELE C1 a través del consulado, y guarda el justificante de haberlo presentado. La oficina consular a todos los efectos y especialmente del de plazo de reclamación es como si fuera el propio MSSSI.
Lo que puede haber pasado tampoco lo sé pero entre 13730 médicos inscritos y más de otros tantos de otras profesiones sanitarias se producen errores que se han de subsanar en el plazo de reclamaciones.
Tú decides; de todas formas puedes comunicarte si quieres con el MSSSI:
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Teléfono: (91) 596.11.81
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Muchas gracias por dedicar tiempo a este post que ayuda a muchas personas.
ResponderEliminarTengo dos preguntas que espero puedas ayudarme a resolver.
¿Como se llena el documento de reclamación, en caso que los datos estén correctos y sólo deba entregar la copia compulsada de la homologación? Supongo que sólo se llenan los datos de la izquierda tal y como sale en el estatus de inscripción.
¿qué significa en situación administrativa: otras situaciones afectadas por el número de plazas? Espero no sea malo soy extracomunitario realizando un curso en línea.
De antemano gracias.
Atentamente.Diego
1º.- Los precisos para identificarte y que te identifiquen
Eliminar2º.- Significa que estás afectado por el cupo (SIT 5)
Gracias por responder a la brevedad. Sólo queda una duda, ¿qué significa estar afectado por el cupo exactamente? Entiendo que hay un número limitado de plazas para extracomunitarios, se refiere a eso?
EliminarSí, exactamente 253 este año. Para extracomunitarios afectados por el cupo, es decir los que su residencia habitual es en sus países (estantes en España por visa de estudios y los que vienen directamente a examinarse). Aquellos que tienen residencia temporal o permanente reconocida en España no están afectados por el cupo.
EliminarPerfecto todo me ha quedado muy claro. Muchas gracias nuevamente y a ponerse a estudiar. Saludos
ResponderEliminarHOLA GANGAS MUY BUEN DIA. DE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS POR ESTE ESPACIO QUE NOS HA AYUDADO TANTO.
ResponderEliminarSOLO TENGO UNA PREGUNTA, MI ESTATUS ES DE NO ADMITIDO PORQUE SUPUESTAMENTE NO ENVIE DOCUMENTO QUE AVALE MI TITULO HOMOLOGADO SIENDO QUE SI LO ENVIE EN TIEMPO Y FORMA EN EL CONSULADO DE MI PAIS, QUISIERA PEDIR TU CONSEJO SOBRE SI CREES QUE SEA SEGURO VOLVER A HACER ESTE TRAMITE EN EL CONSULADO O SERIA MEJOR QUE LO ENVIARA POR UN SERVICIO DE MENSAJERIA COMO UPS O FEDEX PARA QUE ENVIARA EN TIEMPO Y FORMA.
SOBRE LA SITUACION EN LA QUE ME ENCUENTRO, CREES QUE CON LA CARTA DE HOMOLOGACION DEBIDAMENTE COMPULSADA SEA SUFICIENTE? O CREES QUE DEBA ENVIAR ALGUN OTRO DOCUMENTO ANEXO (CLARO, A PARTE DEL MODELO DE RECLAMO).
SIN MAS POR EL MOMENTO AGRADEZCO TU TIEMPO Y TU RESPUESTA
Presenta la reclamación firmada en el consulado, la única oficina segura a efecto de plazos para ti, y adjunta grapada a la reclamación la fotocopia compulsada del título homologado, y que te den justificante sellado de haberlo presentado.
EliminarSolo presenta lo que te piden que es la causa de que no te hayan admitido.
Para cualquier comprobación que quieras hacer, previa o posterior a la reclamación:
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Teléfono: (91) 596.11.81
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Muchas gracias Gangas que tengas un buen dia!
EliminarBuen día gangas , un gran blog de verdad
ResponderEliminarUna pregunta por favor:
Aparezco como No admitido por falta de la Declaración Jurada , el tema es que estoy en EUA entonces ; esta Declaración Jurada debo hacerla ante notario o sólo rellenar los datos que solicitan? . debo hacerlo en el consulado Español de EUA? y lo más importante cómo lo envio al ministerio? . por mensajería postal o a traves del Consulado español como mismo se hizo con los documentos iniciales de la inscripción al exámen?'
mil gracias por su tiempo.
1.- Debes de rellenar el Modelo de declaración jurada, cuyo link para bajártelo en pdf está en la web:
Eliminarhttp://sis.msssi.es/fse/FicherosMirweb/IE-00/IE-08/0/4a45b8f1f808f92c34e942e409869f3c33089b96.pdf
j) Falta Declaración Jurada:
Para ciudadanos extranjeros no comunitarios (excepto si han acreditado disponer de régimen comunitario o de estar en posesión del documento que acredite su autorización de residencia permanente o temporal en España): enviar declaración jurada en el plazo de reclamación. Pueden obtener el modelo en la página Web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, aquí y en las oficinas de registro del Ministerio y de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno.
2.- Debes de rellenar el Modelo de reclamación y firmarlo:
http://sis.msssi.es/fse/FicherosMirweb/IE-00/IE-11/0/8037dc22240037e9aaefc474a002f3faec90a305.pdf
a ese reclamación le grapas el documento de Declaración jurada firmada y los presentas en el consulado de España en el que presentaste la solicitud de inscripción Modelo 790, o bien en el más cercano, es la única oficina española en USA que tiene validez para sellar la entrada del documento en el plazo de reclamación, y ellos ya lo remitirán a la dirección que viene debajo en el Modelo de reclamación por valija diplomática.
3.- Debes de exigir un justificante de haber entregado los dos documentos con la fecha de entrega y guardarlo como justificante por si por las circunstancias que fuera no salieras admitido en las listas del día 29 de diciembre.
Por último puedes comunicarte si lo necesitas:
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Teléfono: (91) 596.11.81
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Buenos dias! En primer lugar enhorabuena por el blog.
ResponderEliminarEn mi caso aparezco como NO ADMITIDO debido a:
- FALTA ABONO DE TASAS
- JUSTIFICACION INCORRECTA EXENCIÓN ABONO TASAS
El tema es que yo, que me acogí a la exención de abono de tasas por familia numerosa general, marque en el modelo 790 la opción de que daba mi consentimiento al Ministerio para verificar esos datos, no entregando por tanto en su momento mi tarjeta de familia numerosa (porque segun el funcionario que me atendió, no era necesario). Mi duda es, no entiendo en principio cual ha sido el problema, supongo que el haber entregado la documentacion de familia numerosa a pesar de haber marcado esa casilla, entendiendo por tanto que la solución sería presentarla y nada más.
¿Hay alguna forma de que me pueda poner en contacto con alguien que me confirme el error y me confirme que es lo que tengo que hacer para subsanarlo? (ademas del funcionariado de la subdelegación de gobierno de mi ciudad me refiero). Estoy bastante nervioso con el tema.
Muchas gracias de antemano.
Con permiso voy a crear una entrada específica. Me consta que hay caso como el tuyo, e imagino que ya lo sabrán en el MSSSI pero por si acaso toco la campana.
Eliminar¿Dónde está esta entrada específica? Muchas gracias
EliminarHola GanagasMIR, felicitarte por la ardua labor que realizas, mira tengo una duda, mi instancia salio como NO ADMITIDO, por falta de pasaporte. Soy de Bolivia, y fui a la embajada de España para que me compulsaran el pasaporte, al final me dijeron que me enviarían la compulsa escaneada a mi correo electrónico para que yo la reenviara al Ministerio, y mi duda es, ¿si tengo que enviar el documento compulsado escaneado al correo electrónico del Ministerio o no?
ResponderEliminarEspero aclararme antes que se acabe el plazo de reclamaciones.
Saludos
El Ministerio dice en los diferentes textos informativos que no se envíe documentación por email.
EliminarEl plazo para que el documento entre en un registro oficial de España es hasta el día 21 inclusive.
Por lo tanto, edita 2 copias del documento que te han enviado escaneado, rellena el Modelo de reclamación con tus datos de identificación con los que te inscribiste, nombre apellidos y documento de identificación, con la causa de no admisión y con el documento que falta en las dos columnas DICE y DEBE DECIR, fírmalo y saca una fotocopia una vez relleno y firmado:
http://sis.msssi.es/fse/FicherosMirweb/IE-00/IE-11/0/8037dc22240037e9aaefc474a002f3faec90a305.pdf
Coge las dos ejemplares de cada documento y, si estás en Bolivia, llévalos al consulado de España más próximo donde supongo que te inscribirías en la prueba, y que te sellen de entrada los dos documentos por duplicado, y te guardas uno de cada para poder demostrar que los entregaste en mano en un registro oficial de España que es lo que cuenta, ellos lo enviarán por valija diplomática a la dirección de la parte inferior del modelo de reclamación.
Si estás en España llévalos a la oficina en la que te inscribiste.
Si no entran dentro del plazo en una oficina consular española, si estás en Bolivia, o en una oficina con registro público en España, el lunes, no puedes ser admitido definitivamente en la prueba.
No obstante puedes contrastar la información aquí:
MSSSI (Subdirección General de Ordenación Profesional)
Paseo del Prado 18 - 20, 28071.-MADRID
Teléfono: (91) 596.11.81
Si en su caso tiene alguna situación particular que no se adapte estrictamente a las modalidades descritas, puede contactar con la Unidad Administrativa responsable a través del teléfono 91 596 11 81 (de 09:00 a 14:00 horas de lunes a viernes) o a través del correo electrónico de la Oficina de Atención al Ciudadano: oiac@msssi.es
Muchísimas gracias Gangas, al final seguí tus recomendaciones y lo tengo todo resuelto.
EliminarNo se que haríamos sin tu ayuda, te deseo muchos éxitos, que Dios te bendiga. Gracias.
Hola Gangas
ResponderEliminarMuchas gracias por esa ardua labor, escribo por que tengo una duda, estoy como admitida al examen, soy extranjera (ecuatoriana) casada con un ciudadano portugués y tengo tarjeta de residencia portuguesa, no se sí entendí mal pero pensé que por estar casada con un ciudadano de la unión europea eso hacia que mi situación administrativa no se afecte por el cupo de plazas y obviamente escribo por que en las relaciónes provisionales estoy afecta por cupo de plazas, disculpa quizás no estoy entendiendo bien y espero que me ayudes con esta duda..
Te habrás inscrito con el pasaporte de Ecuador. Dejándote en situación SIT5 en lugar de SIT1 que CREO que te correspondería...
ResponderEliminarHola Gangas!
ResponderEliminarNo encontré otra publicacion para hacer mi pregunta.
En relacion con el baremo académico, el mio era muy bajo ya que contaron varias asignaturas como "aprobadas" sin fijarse en las notas que algunas superaban eso. Hice una reclamacion con una carta explicativa pero, aunque no se hayan publicado las listas definitivas de resultado, me di cuenta al revisar mi situacion personal en la pagina web del ministerio que aparece un baremo académico mas bajo todavia que el anterior (y que lo que aparece en la lista provisional). Sera que ya han resuelto mi reclamacion y decidieron bajarmelo? O puede que era un error anterior (ya qu no habia entrado a la pagina de mi situacion personal antes)? No sé si van actualizando poco a poco los baremos o si no lo hacen hasta que se publiquen los resultados...
Estoy agobiadisima ya que contaba con eso para subir algunas plazas pero parece que voy a bajar, y no es justo!! Qué puedo hacer? Contactar el ministerio? Se puede hacer otra reclamacion antes o después de que se publicaran los resultados definitivos?
Le agradezco cualquier informacion que me pueda sirvir!!
No se si has hecho, dentro de plazo, estas días pasado la reclamación correpondiente, si es así te toca esperar, de lo contrario puedes intentar contactar. En última instancia te tocará recurrir en Alzada cuando salgan los resultados definitivos.
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