lunes, 21 de septiembre de 2015

El Modelo 790...

...





Nota 1.- Una vez en la página del Modelo 790 y antes de comenzar a rellenarlo lee las instrucciones haciendo clik en el botón de Ayuda en la parte superior derecha del mismo.


Nota 2.- El MSSSI se comunica con los administrados, al igual que el resto de administraciones públicas, a través de las normas, sean leyes, reales decretos, decretos, ordenes ministeriales. El contenido de esas normas es lo que tiene validez administrativa y jurídica. 


Corresponde a los administrados interpretarlas porque su ignorancia no exime de la obligación de su cumplimiento.


Si prefieres subcontratar esa interpretación has de hacerlo a través de profesionales a los que puedas exigir no solo calidad y eficiencia, sino sobre todo responsabilidad por ello, bien sea a través de tus representantes de una institución concreta a la que perteneces y que prestan ese servicio, bien sea a través de un profesional a quien contratas y pagas por ello, y por tanto adquiere la responsabilidad de hacerlo con prontitud y eficacia.


El editor de este blog no es ni una cosa ni otra por lo que no asume la responsabilidad de dicha subcontratación en los contenidos que publica en el mismo. 


Por lo tanto te recomiendo que antes de preguntar, tratando de personalizar tu caso, leas la información de los links inferiores que te dirigen a las fuentes de la misma. No trates de salirte de la carretera de esa información o de acortarla a través de un camino porque puede traerte consecuencias no deseadas. Si a pesar de eso consideras que has de personalizarla entonces te recomiendo que preguntes a la fuente que la nutre, siguiendo el directorio del MSSSI en su:





Recordatorio de links a la información dada por el MSSSI:




Respecto de las plazas que aparecen en la Base de datos hay que someterlas al criterio y consideración del denominado cupo autonómico.

Las CCAA de Cataluña, Murcia, y C.Valenciana, ejercen este año el derecho al denominado cupo autonómico para algunas de las especialidades ofertadas en su ámbito territorial.

Ese derecho se concreta en poder ofertar el cupo de plazas con presupuesto en más centros de formación que plazas ofertadas con cupo o presupuesto de esa especialidad. 

A la hora de adjudicarse esos centros durante los Actos de Asignación de Plazas por parte de los interesados de aquellas especialidades en las que se ha previsto hay que tener en cuenta que el verdadero número de plazas no es el que sale en la Base de Datos sino que es el que figura en la celda correspondiente a esas especialidades que llevan un (*) en la misma en el Cuadro nº 1 del Anexo I de la convocatoria y el cupo de plazas con presupuesto es por tanto el nº que figura en esa celda, sin embargo en la Bases de datos figuran más porque contiene todos los centros en los que los interesados las pueden elegir. 

Para resolver esa supuesta contradicción se debe de saber que una vez consumido el nº de plazas con cupo de esa especialidad, ya no se podrá elegir las plazas restantes de la misma en ninguno de los centros que hubieran quedado sin elegir por los demandantes en esa comunidad autónoma, por haberse consumido el cupo o presupuesto asignado por esa comunidad a esa especialidad. 

Ver la sexta tabla de la entrada La oferta de plazas

57 comentarios:

  1. Hola! por favor ayuda! hoy he entregado los documentos para el mir, pero me acabo de dar cuenta que no he firmado el modelo 790 y estoy muy preocupada porque he leido que entonces te excluyen, qué puedo hacer? estoy pensando en volver mañana a la delegación..
    Gracias!

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    1. Puedes hacer eso y ver que te dicen y si no te dan solución llama al MSSSI a Formación Sanitaria Especializada 915961181 y pregunta que puedes hacer y luego nos cuentas la solución que te dieron.

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  2. Hola! mi problema es que a falta de una firma tengo dos (por malentendidos con el banco) pero mi firma está donde toca. Además, no se puede anular el ingreso (o eso tengo entendido) y me han validado las 3 copias de esa manera. ¿Alguien sabe si eso te excluye? Porque la firma está así que no debería... En fin, espero respuestas, gracias!

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    1. No he visto escrito en ningún sitio que se excluya por esa causa, si por no firmar pero no por firmar dos veces.

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  3. Hola, primero que todo, muchas gracias por la paciencia y dedicación
    segundo: una consulta, al acceder al formulario 790 a través de la opción 2 (Opción 2. Rellenar online e imprimir en papel el modelo de solicitud (sin certificado digital)) ingreso todos los campos solicitados sin problemas excepto en el campo obligatorio de número telfónico, soy extranjero extracomunitario, no tengo fono español y tampoco contacto allá como pra ingresar otro número, el formulario tampoco me permite dejarlo en blanco, que puedo hacer, busco un número cualquiera???

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    1. Tfno MSSSI (Formación Sanitaria Especializada): 915961181
      fse@msssi.es

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  4. Hola Consulta...para la preinscripción, se puede presentar solo el formulario 790 sin pago de la tasa? y luego en noviembre despues del 16 presentar resto de documentación?? en mi caso presentaría en nov pasaporte, analítico, titulo homologado y pago de tasa de 29.89 euros..(esto lo haría porq todavía estoy a la espera de homologación y si me sale antes o el 30 de septiembre presentaría la homologación en nov junto con resto de documentación) sabe si se puede hacer asi?? gracias!

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    1. He recibido esta misma consulta por correo y no se si eres tu u otra persona así que te copio aquí lo que contesté por correo:

      Debes de estar a los que se dice en el apartado Documentos y en el apartado Plazos para aportar documentación:

      http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamicas/General/PagGeneral.aspx?MenuId=IE-00&SubMenuId=IE-08&cDocum=5

      http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamicas/General/PagGeneral.aspx?MenuId=IE-00&SubMenuId=IE-08&cDocum=6

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  5. se puede uno preinscribir ahora solo con formulario 790?? y luego en nov presentar resto de documentación más la tasa de 29.89 euros?

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    1. Entiendo que te sirve la respuesta superior, si quisieras mayor seguridad personalizando la consulta puedes contactar aquí:

      Tfno MSSSI (Formación Sanitaria Especializada): 915961181
      fse@msssi.es

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  6. Hola Gangas. Es posible seleccionar un plaza por una especialidad la cual ya tengo, obtenida fuera de Comunidad Europea y con dictamen de NO Homologación en España. Es decir para España y Europa no soy Obstetra y Ginecólogo, pero para mi país si lo soy. Puedo seleccionar Obstetricia y Ginecología y certificarme via MIR?. Gracias por tu enorme contribución....

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  7. Anónimo dijo el 21/9/15 16:51
    Gangas si se escogió plaza en la convocatoria anterior pero no se tomó posesesión, hay que presentar documento de renuncia este año. Gracias

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    1. GangasMIR contestó 21/9/15 17:21
      Si no tomaste posesión, como su palabra indica no posees la plaza y nadie puede renunciar a lo que no posee.

      Ahora bien, el centro que elegiste lo comunicaría al Ministerio y por tanto a efectos de penalización ya te cuenta uno de los dos años para que te la impongan si vuelves a hacer lo mismo la próxima vez o si renunciaras, por lo tanto no elijas plaza si no estás seguro cuando te toque elegir o si lo haces toma posesión y termina la especialidad.

      Lee el artículo 37 del RD de troncalidad que tienes en el sidebar del blog:

      http://www.boe.es/boe/dias/2014/08/06/pdfs/BOE-A-2014-8497.pdf

      Artículo 37. Medidas correctoras para garantizar la equidad.
      1. Quienes hayan obtenido un título de especialista, cualquiera que sea el
      procedimiento por el que se obtuvo, no podrán optar a una plaza de la misma especialidad.
      2. Quienes ostenten un título de especialidad adscrita a un tronco tendrán
      reconocido el periodo de formación troncal que en cada caso corresponda por lo que no
      podrán cursar dicho periodo troncal cuando accedan a plaza en formación de una
      especialidad del mismo tronco.
      3. Los adjudicatarios de una plaza en formación que no tomen posesión de la misma
      o que abandonen la formación después de ser adjudicatarios, en dos convocatorias en un
      periodo de cinco años desde la primera adjudicación, solo podrán participar en una nueva
      prueba selectiva una vez concluidos los procesos selectivos correspondientes a las dos
      convocatorias anuales posteriores a la última en la que se le adjudicó plaza.
      4. En las convocatorias anuales de pruebas selectivas para el acceso a plazas de
      formación sanitaria especializada podrá preverse la adopción de otras medidas que
      favorezcan la incorporación a la plaza adjudicada y la conclusión del periodo formativo en
      la especialidad que se esté cursando.
      A tal fin, en las citadas convocatorias podrá preverse la elección previa de especialidad
      para los aspirantes que ya son especialistas, o la renuncia previa para los que estén
      desempeñando plaza en formación por el sistema de residencia y pretendan participar en
      otra convocatoria. La acreditación de encontrarse en alguno de dichos supuestos se
      llevará a cabo a través de la solicitud de participación en las correspondientes pruebas
      selectivas.

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  8. Hola.

    Es la primera vez que me presento al MIR y he querido entregar el dni y me han dicho que no hacia falta porque he marcado la casilla de que doy consentimiento de consultar mi identidad y ahora me encuentro con esto en la pag del mssi:
    Los solicitantes deberán presentar la documentación compulsada que se indica en los apartados anteriores, sin perjuicio de que pueden optar por acreditar su identidad sin presentar dicha documentación, siempre que den su consentimiento expreso marcando con una X  la casilla destinada a tal efecto en el Modelo 790.

    Es obligatorio entregar dni o no?

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    1. Si marcaste la X en la casilla correspondiente a dar consentimiento de que comprueben tu identidad no es necesario presentar la fotocopia del DNI compulsada.

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  9. Hola! Soy extranjera y voy a realizar la inacción desde mi país y tengo varias dudas, la primera: a favor de quien debo realizar la trasferencia bancaria? Segunda: la homologacion fue resuelto favorablemente antes del 30 de septiembre, según la página del ministerio, aún no cuento con algún comprobante, entendí en el BOE que tengo hasta el mes de noviembre para presentar mi credencial de homologacion, estoy en lo correcto? GRACIAS POR SU TIEMPO!

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    1. En el propo Modelo 790 abajo a la derecha lo dice antes del cuadro en el que te saldrá el importe en cuanto lo rellenes digitalmente:

      Ingreso efectuado a favor del TESORO PÚBLICO cuenta restringida de la A.E.A.T. para la recaudación de TASAS

      y también te dice en el apartado de Información General en la web del MSSSI:

      Pagar la tasa por derechos de participación: 29,89 € para todos los aspirantes

      4.- Los aspirantes que realicen el pago de la tasa mediante transferencia desde el extranjero, deberán tener en cuenta las siguientes instrucciones:

      - Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

      - Cuando el ingreso correspondiente a una transferencia no se corresponda con el importe íntegro de la tasa establecida, el aspirante afectado será declarado No admitido por falta de abono de la tasa.

      y dice en otro sitio de esa misma web en el apartado Documentos:

      Cuando las solicitudes se presenten en el extranjero a través de las oficinas consulares, deberá adjuntarse a la solicitud, documento acreditativo del ingreso de la tasa mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta restringida de recaudación, abierta en la entidad financiera "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima (BBVA,S.A.)", siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones que se originen por dicha transferencia:

      SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822

      y has de tener en cuenta que caso de hacerse transferencias cruzadas el MSSSI debe de recibir íntegros los 29,89 euros por lo que habrás de advertir a tu banco que los gastos los ha de cobrar aparte, los suyos y los del BBVA teniendo en cuenta lo que se dice en el punto 4 mencionado más arriba:

      Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

      Respecto de lo segundo te puedes inscribir sin homologación pero saldrás como no admitida en noviembre, y a partir del día de la publicación de los listados, el día 16 de noviembre tendrás 10 días anturales para aportar la Resolución de homologación.

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  10. Hola gangas. Soy extra comunitario. Como puedo ser candidato a plaza de discapacidad? Tengo certificado médico de mi país. Cuál es el proceso a seguir en España?

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    1. Tiene que valorar la discapacidad el organismo oficial español correspondiente, al menos que yo sepa.

      Puedes preguntar al MSSSI a través del link que he incluido en la entrada:

      Oficina de Información y Atención al Ciudadano

      http://www.msssi.gob.es/oficinaInformacion/home.htm

      Oficina de Información y Atención al Ciudadano

      El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad cuenta en su sede central con la OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO que, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 208/1996 Se abrirá en una ventana nueva , de 9 de febrero, ofrece a los ciudadanos la información administrativa necesaria que les permite el acceso al conocimiento de sus derechos y obligaciones así como a la utilización de los bienes y servicios públicos.

      Dirección OFICINA DE INFORMACIÓN Y ATENCIÓN AL CIUDADANO

      Paseo del Prado, n.º 18-20, planta baja, esquina C/ Lope de Vega

      28014 Madrid

      Horario de atención presencial y telefónica al ciudadano:

      Horario de invierno
      Lunes a viernes: 9:00 a 17:30 h.
      Sábados: 9:00 a 14:00 h.
      Horario de verano
      16 de junio a 15 de septiembre
      Lunes a viernes: 8:00 a 15:00 h.
      Sábados: 9:00 a 14:00 h.
      Teléfono: 901 400 100

      Fax: 915 96 44 80

      Correo electrónico: oiac@msssi.es

      o a través de nuestro buzón de contacto

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  11. Buenas . estoy llenando la plantilla impresa que da el ministerio en el apartado de la cuenta que nro de cuenta y entidad colocó ? Y en la tercera hoja donde dice datos de convocatoria el recuadro grande que coloco? Gracias

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    1. Tal y como se dice en el texto de la entrada o post, justo el primer párrafo:

      Nota 1.- Una vez en la página del Modelo 790 y antes de comenzar a rellenarlo lee las instrucciones haciendo clik en el botón de Ayuda en la parte superior derecha del mismo.

      Nadie, que yo sepa, tiene que poner el nº de la cuenta, ese espacio si rellenas el Modelo 790 con el ordenador te saldrá solo el importe que has de pagar, pero si estás en España es el banco el que ingresa en la cuenta del Tesoro (que ya la saben) ese importe.

      Si estuvieras en el extranjero deberías de tener en cuenta lo dicho más arriba en otro comentario:

      En el propo Modelo 790 abajo a la derecha lo dice antes del cuadro en el que te saldrá el importe en cuanto lo rellenes digitalmente:

      Ingreso efectuado a favor del TESORO PÚBLICO cuenta restringida de la A.E.A.T. para la recaudación de TASAS

      y también te dice en el apartado de Información General en la web del MSSSI:

      Pagar la tasa por derechos de participación: 29,89 € para todos los aspirantes

      4.- Los aspirantes que realicen el pago de la tasa mediante transferencia desde el extranjero, deberán tener en cuenta las siguientes instrucciones:

      - Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

      - Cuando el ingreso correspondiente a una transferencia no se corresponda con el importe íntegro de la tasa establecida, el aspirante afectado será declarado No admitido por falta de abono de la tasa.

      y dice en otro sitio de esa misma web en el apartado Documentos:

      Cuando las solicitudes se presenten en el extranjero a través de las oficinas consulares, deberá adjuntarse a la solicitud, documento acreditativo del ingreso de la tasa mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta restringida de recaudación, abierta en la entidad financiera "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima (BBVA,S.A.)", siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones que se originen por dicha transferencia:

      SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822

      y has de tener en cuenta que caso de hacerse transferencias cruzadas el MSSSI debe de recibir íntegros los 29,89 euros por lo que habrás de advertir a tu banco que los gastos los ha de cobrar aparte, los suyos y los del BBVA teniendo en cuenta lo que se dice en el punto 4 mencionado más arriba:

      Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

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    2. Recomendación general para ti y para todos:

      Lee antes de rellenar el Modelo 790 todo lo que te afecta que está en los link que he puesto en la entrada, y por favor lee antes la Nota 2.-

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  12. Hola Gangas. Para discapacidad visual, qué opciones hay para la asignación de plazas? Podría hacer cualquier médica?

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    1. Te recomiendo que preguntes en los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales del hospital/es en los que pienses que puedes elegir antes de elegir plaza, ellos son los que te harán el reconocimiento médico y por tanto saben de eso, yo no soy médico.

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  13. Hola! Soy extranjero y estoy intentado llenar el modelo 790 por vía electrónica pero al poner el documento de identificación intentó poner el NIE y aparece error!!! Intento poner el número sin las letras pero sigue apareciendo error... Estoy haciendo algo mal???

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    1. Un posible solución es editarlo en blanco y rellenarlo en letra y número todo, y proceder a firmar y pagar la tasa correspondiente y llevar al banco y luego a la Subdelegación del Gobierno en que te encuentres con el resto de documentos.

      Otra es que comentes a algún compañero de academia.

      Por último:

      Tfno MSSSI (Formación Sanitaria Especializada): 915961181
      fse@msssi.es

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  14. Hola Gangas, estaba por llevar todos los documentos al Consulado para inscribirme cuando justo veo un requisito que no había notado nunca antes (no sé si es un requisito nuevo o yo nunca lo vi): "Cuando las certificaciones académicas se refieran a estudios cursados en universidades extranjeras, deberán presentarse en el documento oficial expedido por la Universidad debidamente legalizado y con traducción jurada, en el que debe figurar además, la tabla de calificaciones utilizada por dicha Universidad."
    Yo ya me había presentado a la convocatoria 2011-2012 con un baremo académico de 2,5277. Pero la convocatoria actual no dice nada sobre los presentados en esa convocatoria. El problema es que estoy en otra ciudad ahora, lejos de la Universidad donde estudié, y no llego a conseguir la tabla de calificaciones usada por mi Universidad antes del 30/9... No sé cómo hacer, mi miedo es que me consideren un baremo de 1 por no presentar esa tabla...

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    1. Pues trata de conseguirla para al menos que esté a mediados de noviembre y la puedas presentar en los diez días posteriores, o antes una copia, para que en lugar de que te pongan de baremo académico 1,0000 (que es lo que ponen a quien no la presenta).

      Ahora lo importante es inscribirse.

      Plazo de subsanación de la presentación del baremo académico:

      Dice la información de la web del MSSSI:

      · Fotocopia compulsada de la Certificación Académica Personal de los estudios de licenciatura, diplomatura o grado (NO SIRVEN PAPELETAS U OTRO DOCUMENTO DISTINTO). Si no puede aportar este documento junto con la instancia pero sí aporta el título, se le dará un baremo de 1, es decir, como si todas las notas fueran aprobados. Podrá subsanar y aportar el documento, en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública (16/11/2015), siempre que hubiera obtenido el documento, como fecha tope, el último día de presentación de solicitudes (30 de septiembre de 2015).

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    2. En caso de duda:

      Tfno MSSSI (Formación Sanitaria Especializada): 915961181
      fse@msssi.es

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    3. Muchas gracias Gangas!

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  15. Hola! Sabes cuál es el prodecimiento para la retirada de credencial de homologación en extranjeros? Leí sobre hacer una carta dirigida al ministerio por medio del consulado y ellos la envían.

    Ya que la envíen tengo que volver a enviarla al ministerio en noviembre? Gracias!

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    1. https://www.facebook.com/groups/890117984399377/911424262268749/?notif_t=group_activity

      Desde luego si tienes la Resolución firmada antes del 1 de octubre y no la presentas en el tiempo de subsanación no puedes ser admitida.

      En cuanto a lo que me preguntas puedes preguntar en el grupo que te puse, en cuanto a enviarla lo puedes hacer a través del consulado y te recomiendo que te sellen una copia con la fecha de entrada.

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  16. Hola gangas. Hoy realice la inscripción pero tengo una duda.Al inscribirme me acogí a la excepción del pago de la tasa por situación de desempleo, sin embargo en las aclaratorias expresan que se debe estar inscrito al menos un mes antes de la publicación del BOE y yo he permanecido
    inscrito/a en el Servicio Público de Empleo en los siguientes periodos:
    - Desde 07-05-2015 hasta 11-08-2015.
    - Desde 31-08-2015 hasta 23-09-2015.
    Actualmente figura inscrito desde 31-08-2015, el cómputo total de tiempo de inscripción desde el 07-05-2015 hasta el 23-09-2015 es de 121 días acumulados, entonces mi duda es si me valdrá así, y en caso de que no, si no existe ningún inconveniente en realizar posteriormente en el plazo de reclamación el pago de la tasa.

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    1. ·La Documentación que acredita el derecho a la exención o bonificación del abono de tasas, sea por desempleo, discapacidad o familia numerosa, debe presentarse en el plazo establecido de presentación de instancias (del 21 al 30 de septiembre de 2015). La no aportación es causa de No admisión y únicamente podrá subsanar el envío en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública (16/11/2015).

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    2. En caso de duda:

      Tfno MSSSI (Formación Sanitaria Especializada): 915961181
      fse@msssi.es

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  17. Ayudaaaaaaaaaa no puedo imprimir en blanco el modelo 790 como hagooooo

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    1. Opción 1. Rellenar manualmente el modelo de solicitud (sin certificado digital)
      Los interesados pueden recoger el formulario en soporte papel en las Delegaciones provinciales para rellenarlo manualmente y realizar el pago de la tasa en la entidad bancaria colaboradora de forma previa a su entrega en las Oficinas de Registro.

      Pasos a seguir:

      Recoger el modelo 790 en cualquiera de las Delegaciones Provinciales y rellenarlo conforme a las normas de la Convocatoria.
      Realizar el pago de forma presencial en una de las entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
      Presentar el formulario cumplimentado en las Oficinas de Registro.

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    2. ANEXO III
      Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad,
      y Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno

      http://boe.es/boe/dias/2015/09/18/pdfs/BOE-A-2015-10053.pdf

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    3. Si no estás en España pide ayuda informática, no tengo noticias de que le haya pasado a alguien más.

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  18. Hola gangas, antes que nada gracias por tu paciencia y toda la ayuda que brindas a los que nos preparamos para el MIR. Soy extracomunitario y realice el trámite en el consulado de mi país, pero únicamente me sellaron el ejemplar para la administración del M790, les he preguntado sobre si debían sellar también el ejemplar del interesado y me han dicho que no es necesario. Únicamente me han entregado una fotocopia del que sí han sellado. Mi pregunta es: En caso de que necesitara aportar algún otro documento en el plazo de reclamaciones en noviembre, no tener sellado el ejemplar del interesado me podría generar algún conflicto? ¿durante el plazo de subsanacion es necesario aportar nuevamente todos los documentos que pide la convocatoria o únicamente los que han hecho falta de aportar en un principio?

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    1. No porque te dieron una fotocopia del sellado.

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  19. Hola gangas, hoy me he inscrito para el examen mir y la funcionaria no se ha quedado con ninguna copia de dni ni del título no expediente, dice que ya no compulsan que lo escanean y lo mandan por ordenador. Además me ha dado la copia para el interesado y la copia para la administración tambien a mi, esta última con dos pegatinas de registro....no se ...espero que este todo bien...tengo dudas...tu que piensas?

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    1. Hay subdelegaciones del gobierno que tienen todo mecanizado y funcionan así, mientras tengas los justificantes de haberlo presentado no hay problema porque pondrías que autorizabas para que comprobaran tu dni, solo has de estar pendiente de que la lista del 16 de noviembre sales admitida y tu dni está bien, nombre y apellidos y demás datos. Si todo sale bien no hay que hacer nada.

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  20. hola!!! Soy tania de Chihuahua, Mexico, he intentado pagar la tasa del MIR en varias instituciones bancarias de mi ciudad no me aceptan el pago por que dicen me falta el nombre del beneficiario de la cuenta y la dirección del banco en España, a pesar de que les muestro lo sig. Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Sociedad anonima (BBVA.S.A)
    SWIFT BBVA ES MM
    IBAN ES 29 01 82 2370 4102 00000822.
    he insistado tanto durante 5 dias que me mostraron la pantalla de la computadora y aparecen 3 opciones de bancos pero nose cual es la correcta, por favor ayudenme.. estoy desesperada.
    GRACIAS

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    1. En un comentario más arriba y por el mismo motivo se escribió:

      El Modelo 790 en su parte inferior derecha tiene el nombre del destinatario de la tasa en la parte superior de la celda en la que se ha de poner el importe de la misma que son 29,89 euros y que a de recibir íntegros el beneficiario. Tu has de advertir que los gastos de la transferencia a tu primera institución y a la segunda si la transferencia fuera cruzada son de tu parte y que no los deduzcan del importe de la tasa sino que los cobren aparte.

      1.- Nombre del beneficiario:

      TESORO PÚBLICO de España, cuenta restringida de la A.E.A.T. para la recaudación de TASAS

      2.- Desde el extranjero se ha de hacer necesariamente a través de la cuenta:

      "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima (BBVA,S.A.)", siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones que se originen por dicha transferencia, sea directa o sea cruzada a través de otra institución bancaria, advirtiendo de este asunto a las dos.

      3.- Información que aparece en la web del MSSSI

      Los aspirantes que realicen el pago de la tasa mediante transferencia desde el extranjero, deberán tener en cuenta las siguientes instrucciones:

      - Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

      - Cuando el ingreso correspondiente a una transferencia no se corresponda con el importe íntegro de la tasa establecida, el aspirante afectado será declarado No admitido por falta de abono de la tasa.

      y dice en otro sitio de esa misma web en el apartado Documentos:

      Cuando las solicitudes se presenten en el extranjero a través de las oficinas consulares, deberá adjuntarse a la solicitud, documento acreditativo del ingreso de la tasa mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta restringida de recaudación, abierta en la entidad financiera "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima (BBVA,S.A.)", siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones que se originen por dicha transferencia:

      SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822

      y has de tener en cuenta que caso de hacerse transferencias cruzadas el MSSSI debe de recibir íntegros los 29,89 euros por lo que habrás de advertir a tu banco que los gastos los ha de cobrar aparte, los suyos y los del BBVA teniendo en cuenta lo que se dice en el punto 4 mencionado más arriba:

      Es obligatorio que cada pago se haga de forma individualizada, realizando una transferencia por cada opositor y además, debe figurar expresamente en la transferencia, el nombre completo del opositor y el concepto por el que hace la transferencia.

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    2. Muchisimas gracias!!!!

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  21. Hola! He leído en algún sitio que se podía entregar la documentación por correo certificado en las oficinas de correos. Es eso cierto? Tienen que sellarme algo?
    Gracias!

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    1. Sí, tienes que llevar toda la documentación ya compulsada excepto el Modelo 790 del que llevas original y copia con la impresión de las tasas pagadas.

      Le dices al empleado que es presentación administrativa y te sellará tu copia del modelo 790 incluirá el original sellado (que sirve la fecha como presentada dentro de plazo), pones la dirección del MSSSI:

      Ministerio de Sanidad
      (Formación Sanitaria Especializada)
      Pº del Prado, 18-20
      E-28071 - Madrid

      te certifican el envío y te dan el justificante, y pagas la tasa de envío.

      En España las Oficinas de Correos son a esos efectos oficiales, lo mismo que los ayuntamientos y el resto de administraciones públicas, según la Ley de Procedimiento Administrativo Común.

      Igualmente puedes presentarlo telemáticamente siguiendo las instrucciones que vienen en la página del propio Modelo 790:

      https://sede.msssi.gob.es/fse/modelo790/

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  22. Hola José María muy buenas, yo me he inscrito al examen de este mir MIR 2015-2016 (he presentado renuncia previa de mi convocatoria 2011-2012) ésta vez sólo he presentado mi título, hacía falta también incluir las notas como la primera vez que me inscribí al MIR? digo por lo del baremo, el funcionario no estaba muy atento que digamos!, gracias!

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    1. Según la página web del MSSSI que informa sobre los requisitos de la convocatoria y de la propia convocatoria publicada en el BOE:

      http://sis.msssi.es/fse/PaginasDinamicas/General/PagGeneral.aspx?MenuId=IE-00&SubMenuId=IE-08&cDocum=5

      http://boe.es/boe/dias/2015/09/18/pdfs/BOE-A-2015-10053.pdf

      dice:

      Los aspirantes que fueron admitidos al examen en las convocatorias 2012-13, 2013-14 o 2014-15 están exentos de aportar los siguientes documentos:

      El título o equivalente (certificación sustitutoria o reconocimiento u homologación en el caso de títulos extranjeros)

      La Certificación Académica Personal. Únicamente deben presentarla en el caso de aportar un mérito académico nuevo (Tesis Doctoral), o si solicitan la modificación de los incluidos en el expediente del año anterior.

      El diploma acreditativo de conocimiento del idioma español

      Sí que deben aportar el resto de la documentación junto con el Modelo 790

      Respecto del plazo para presentar documentos:

      • Fotocopia compulsada del título de licenciatura, diplomatura o grado, o del recibo de abono de las tasas para la expedición del mismo, o la resolución de reconocimiento u homologación o certificación de equivalencia, en el caso de títulos obtenidos en el extranjero. Si NO se aporta este documento junto con la instancia, supondrá la NO ADMISIÓN al examen. Podrá subsanar y aportar el documento, en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública (16/11/2015), siempre que hubiera obtenido el título o equivalente, como fecha tope, el último día de presentación de solicitudes (30 de septiembre de 2015). Es decir, que el abono de los derechos de expedición del título en el caso de los españoles, o la Resolución de homologación, reconocimiento o equivalencia en el caso de los extranjeros, deben tener fecha igual o anterior al día 30 de septiembre de 2015.

      · Fotocopia compulsada de la Certificación Académica Personal (excepto aspirantes a plazas de Radiofísicos hospitalarios) de los estudios de licenciatura, diplomatura o grado (NO SIRVEN PAPELETAS U OTRO DOCUMENTO DISTINTO). Si no puede aportar este documento junto con la instancia pero sí aporta el título, se le dará un baremo de 1, es decir, como si todas las notas fueran aprobados. Podrá subsanar y aportar el documento, en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública (16/11/2015), siempre que hubiera obtenido el documento, como fecha tope, el último día de presentación de solicitudes (30 de septiembre de 2015).

      Para contrastar la información:

      MSSSI (Formación Sanitaria Especializada)

      tfno: 91 596 11 81

      fse@msssi.es

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    2. Entonces esto significa que debo esperar a partir del 16 de Noviembre? o puedo añadir sólo esa documentación pendiente acercándome nuevamente a la subdelegación hasta mañana que cierra el plazo de incripción?... se supone que tengo el mismo baremo que hace 4 años o en qué cambiaría? Gracias por la información!

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    3. Nadie prohíbe que lo incorpores ya pero has de acompañarlo, si lo presentas, con una instancia en la que figuren tus datos personales de identificación igual que en el modelo 790 pero no hay una "carretera especial" preparada como la habrá a partir del 16.

      Si lo presentas ahora te recomiendo que hagas dos copias por si por las circunstancias que fuera no llegara poder presentarlo otra en el plazo de 10 días que se abra el día 17.

      La otra opción es esperar y preparar todos los papeles para presentarlos en dicho plazo con el modelo de hoja de reclamación que te podrás descargar de la web de la convocatoria actual del MSSSI.

      El baremo debería de ser, teóricamente, el mismo salvo que hubieses hecho la tesis doctoral leída y calificada, en ese caso deberías de incorporar además el certificado correspondiente.

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    4. El MSSSI da siempre la compensación de no presentar esos papeles a los de las tres últimas convocatorias, te he puesto el tfno por si quieres personalizar tu caso.

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    5. Siguiendo un poco el hilo. En la red he encontrado que "Si no puede aportar este documento de la Certificación Académica Personal de los estudios de licenciatura junto con la instancia pero sí aporta el título, se le dará un baremo de 1, es decir, como si todas las notas fueran aprobados"
      Esto significa que si mi baremo del 2011-2012 era de 1,67 ahora cambiará a 1,0? esto es así?
      Se supone que en si no ha cambiado nada mi expediente sigue siendo el mismo con el que me inscribí la primera vez o me equivoco?. De ser realmente así entonces que me aconsejas? me inscribo mañana de nuevo al ser el último día o puedo esperar los resultados de admisión provisional?
      Gracias de nuevo JM!

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    6. Espera los resultados de admisión pero ten preparados los papeles.

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    7. Muchas gracias Gangas. Me acerqué a la subdelegación y rellene una solicitud alegando los motivos. De nuevo gracias!

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