Nota.- Se ruega leer detenidamente todos y cada uno de los puntos de la convocatoria antes de formular preguntas de aclaración sobre la misma, gracias.
Las novedades de la convocatoria están al final del post.
-Hoy lunes, día 26 de septiembre de 2011, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (B.O.E.) la CONVOCATORIA de las pruebas MIR (Orden SPI/2549/2011, de 19 de septiembre, por la que se aprueba la convocatoria de pruebas selectivas 2011 para el acceso en el año 2012, a plazas de formación sanitaria especializada para Médicos, Farmacéuticos y otros graduados/licenciados universitarios del ámbito de la Psicología, la Química, la Biología y la Física)
-2.- Documentos
-6.- Plazas ofertadas
-7.- Modelo de solicitud 790 (su acceso, para poder bajarlo o rellenarlo on line, se activará a partir del día 27 de septiembre, día de inicio del plazo de inscripción, para poder ver su contenido hay un borrador en la convocatoria que no puede usarse como original)*
Calendario de las pruebas selectivas 2011/2012
-Plazo de presentación de solicitudes: Del día 27 de septiembre al 7 de octubre de 2011 ambos inclusive.
(El título universitario que en cada caso corresponda o en su defecto el certificado sustiturio, o en el caso de extranjeros el de la Resolución de reconocimiento (comunitarios) u homologación (extracomunitarios) del correspondiente titulo extranjero deberá de ser anterior al día 7 de octubre de 2011)
-Exhibición de las relaciones provisionales de admitidos: A partir del día 18 de noviembre de 2011
(El plazo para presentar la fotocopia compulsada del título universitario que en cada caso corresponda o en su defecto el certificado sustiturio, o en el caso de extranjeros la fotocopia compulsada de la Resolución de reconocimiento u homologación del correspondiente titulo extranjero, se termina el día 28 de noviembre de 2011.
Los aspirantes que hayan participado en las convocatorias de los años 2008/2009 y/o 2009/2010 y/o 2010/2011 siempre que se hubieran presentado al exámen y hubieran obtenido número de orden en las Relaciones Definitivas de Resultados (es decir, no aparecían como EXCLU o SIN Nº), están exentos de aportar los siguientes documentos:
-El título o equivalente (certificación sustitutoria o reconocimiento u homologación en el caso de títulos extranjeros)
-La Certificación Académica Personal (únicamente deben presentarla en el caso de aportar un mérito académico nuevo (Tesis Doctoral), o si solicitan la modificación de los incluidos en el expediente del año anterior)
Los aspirantes que hayan participado en las convocatorias de los años 2008/2009 y/o 2009/2010 y/o 2010/2011 siempre que se hubieran presentado al exámen y hubieran obtenido número de orden en las Relaciones Definitivas de Resultados (es decir, no aparecían como EXCLU o SIN Nº), están exentos de aportar los siguientes documentos:
-El título o equivalente (certificación sustitutoria o reconocimiento u homologación en el caso de títulos extranjeros)
-La Certificación Académica Personal (únicamente deben presentarla en el caso de aportar un mérito académico nuevo (Tesis Doctoral), o si solicitan la modificación de los incluidos en el expediente del año anterior)
-Exhibición de las relaciones definitivas de admitidos: A partir del día 4 de enero de 2012
-Fecha del examen: Sábado, día 28 de enero de 2012
(La identificación de los aspirantes convocados comenzará, en cada mesa de examen, a partir de la 15:30 horas, 14:30 en Canarias, y las mesas se constituirán a las 16:00, 15:00 en Canarias. En presencia de los examinandos se abrirá el paquete precintado que contiene los cuadernos de examen para cada mesa, una vez terminado el reparto, se señala la hora exacta de comienzo del ejercicio, que tendrá una duración de cinco horas. Transcurridas las cinco horas, las mesas recogerán y sellarán las hojas de respuestas, guardándolas en paquete que precintarán, en presencia de al menos dos de los examinandos, finalizada la sesión se levanta acta del desarrollo del ejercicio)
-Exhibición de las plantillas de respuestas correctas: A partir del día 6 de febrero de 2012
-Plazo de reclamaciones a las plantillas de respuestas correctas: Días 7, 8 y 9 de febrero de 2012
-Reunión de las Comisiones Calificadoras para resolver las reclamaciones presentadas: Días 21 y 22 de febrero de 2012
-Exhibición de las relaciones provisionales de resultados: A partir del día 24 de febrero de 2012
-Exhibición de las relaciones definitivas de resultados: A partir del día 20 de marzo de 2012
-Actos de asignación de plazas: A partir del día 2 de abril de 2012
(Conforme al calendario que aprobará la Dirección General de Ordenación Profesional, Cohesión del Sistema Nacional de Salud y Alta Inspección) [Nota del editor.- Supuestamente los médicos comenzarán el lunes de Pascua día 9 de abril, ya que se reservan los tres primeros días, como es costumbre, para el resto de profesiones sanitarias: 2, 3 y 4 de abril, que coinciden con los tres primeros días de Semana Santa, dejando sin elección de plazas el jueves y viernes de la misma]
-Plazo posesorio para la incorporación: Días 10 y 11 de mayo de 2012, ambos inclusive
-Cupo de extranjeros: Saldo de partida 671 plazas (que se incrementarían hasta 1.006 si fuera necesario hacer un segundo llamamiento, 671 en el primer llamamiento + 335 en el segundo)
-Centros privados que tienen reconocido el derecho de conformidad en la convocatoria:
.Centro Médico CETIR (Barcelona)
.Instituto Dexeus (Barcelona)
.Centro de Ofalmología Barraquer (Barcelona)
.Clínica Universitaria de Navarra (Pamplona)
.Fundación Instituto Valenciano de Oncología (Valencia)
.Fundación Instituto Valenciano de Oncología (Valencia)
.En esta convocatoria el nº de orden necesario para poder ejercer ese derecho será como mínimo 6.484
La convocatoria consta de XV Bases y VIII Anexos
-Base I .- Titulaciones
-Base II .- Requisitos de los aspirantes
-Base III .- Solicitudes
-Base IV .- Documentación a aportar junto con la solicitud
-Base V .- Tasa de derechos de examen
-Base VI .- Pruebas selectivas
-Base VII .- Relaciones de admitidos y no admitidos
-Base VIII .- Comisiones calificadoras
-Base IX .- Mesas de examen
-Base X .- Celebración del ejercicio
-Base XI .- Relaciones de resultados
-Base XII .- Adjudicación de plazas
-Base XIII .- Plazos y trámites de toma de posesión, matrícula e incorporación a las plazas
-Base XIV .- Régimen de formación y duración de programas
-Base XV .- Calendario
-Anexo I .- Plazas ofertadas
-Anexo II .- Modelo 790
-Anexo III .- Direcciones de los Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad y Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno
-Anexo IV .- Modelo de Declaración Jurada/Promesa para extranjeros no comunitarios
-Anexo V.A .- Baremos aplicables a la evaluación de los méritos académicos
-Anexo V.B .- Modelo orientativo de certificación académica personal a expedir por las distintas Facultades
-Anexo VI .- Localidades de examen
-Anexo VII .- Tiempo de duración de los programas de especialización
-Anexo VIII .- Calendario de las pruebas selectivas 2011/2012
-*Nota sobre el MODELO 790:
Presentar la instancia (Modelo 790) en el plazo establecido: de 27/09/2011 a 07/10/2011, ambos inclusive, debidamente cumplimentada y firmada.
El modelo 790 se podrá obtener en la página Web del Ministerio, en la dirección: www.msps.es/fse/modelo790 a partir del día 27 de septiembre.
Consta de tres ejemplares (para la Administración, para el interesado y para la entidad colaboradora) y una hoja de instrucciones.
El modelo de solicitud se puede cumplimentar informáticamente o imprimir directamente en blanco y rellenar manualmente los tres ejemplares.
También se puede solicitar en blanco en las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno de las diferentes provincias y en los Servicios Centrales del Ministerio de Sanidad (Paseo del Prado 18-20) en Madrid.
Es importante tener en cuenta, que el formulario solamente funciona correctamente con versiones de Adobe Reader 7.0 y superiores.
El propio formulario incorpora la posibilidad de descarga e instalación gratuita de la versión 8.1. NO SE PUEDEN HACER FOTOCOPIAS, porque cada documento debe tener un número y código de barras específico.
Las solicitudes se dirigirán al Secretario General de Sanidad del Ministerio de Sanidad y Política Social.
Las solicitudes se presentarán, en soporte papel, en los registros del Ministerio de Sanidad o en las Delegaciones o Subdelegaciones de Gobierno que se especifican en el anexo III, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En el supuesto de que los aspirantes presenten su solicitud a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, bastará con la presentación, en soporte papel, de la primera hoja del modelo de solicitud que figura en la página web antes citada, destinada a la Administración, quedándose el aspirante con el ejemplar destinado al interesado debidamente registrado.
A la solicitud se unirá el original del resguardo de la correspondiente transferencia bancaria, acreditativo del pago de la tasa de derechos de examen que se efectuará en los términos que se especifican en la Base V.2, siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones bancarias que se originen por dicha transferencia. Los aspirantes indicarán en la solicitud la localidad en la que deseen realizar el ejercicio, elegida de entre las que se relacionan en el Anexo VI de la Orden que regula la convocatoria.
NOVEDADES:
A) Respecto a los documentos de identidad.-
1.- Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud en España por encontrarse en nuestro país con autorización de estancia por estudios u otra situación que les permita permanecer en el mismo, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte en vigor junto con copia compulsada del visado que autorice su estancia legal en España o, en su caso, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
2.- Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud a través de las representaciones diplomáticas de España en el extranjero, aportarán fotocopia del pasaporte en vigor, que deberá estar compulsada por la oficina diplomática o consular de España en el país que corresponda. Esta compulsa de la oficina consular, también se exigirá en los supuestos en los que las solicitudes se remitan mediante empresas internacionales de transporte desde los países de origen.
B) Respecto a la verificación de la identidad.-
1.- Los ciudadanos extranjeros no comunitarios que dispongan de autorización de estancia en España en régimen comunitario o con autorización de residencia o de residencia y trabajo en cualquiera de sus modalidades, deberán aportar fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (T.I.E.), para poder ser tratados en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles.
Por tanto, a los aspirantes no comunitarios que se acojan a la opción de dar su consentimiento para que sus datos de identidad puedan ser verificados, pero que NO APORTEN fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, una vez verificada su identidad, se les dará igual tratamiento que a los que disponen de una autorización de estancia. Es decir, se les exigirá la Declaración Jurada de extranjeros para ser admitidos y además, estarán afectados por el cupo de plazas para extranjeros. (EXTRANJERÍA) (Tfno Oficina de Información al Ciudadano 901 400100 Tfno Formación Sanitaria 91 5961181)
C) Respecto de la acreditación suficiente del idioma (aspirantes que sean nacionales de países cuya lengua oficial no sea el castellano, incluso aunque se hubieran presentado en las tres últimas convocatorias) .-
Pueden acreditarlo mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos:
1.- Diploma de español C1 ó C2, expedido por el Director del Instituto Cervantes según lo previsto en el Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan los "diplomas de español como lengua extranjera (DELE)", publicado en el "Boletín Oficial del Estado" del 8 de noviembre de 2002, modificado por Real Decreto 264/2008 de 22 de febrero, publicado en el “Boletín Oficial del Estado” de 12 de marzo de 2008.
2.- Certificado acreditativo de la adquisición de las competencias correspondientes a los cursos especializados de los niveles C1 ó C2, expedido por el órgano competente de la Administración educativa competente de la correspondiente comunidad autónoma, o en su caso del Estado, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 1629/2006, de 29 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo y disposiciones de desarrollo.
3.- Dado que se ha modificado el nivel de idioma exigido, en esta convocatoria se habilita un plazo excepcional de presentación de este documento, que llegará hasta la finalización del plazo de reclamaciones a la Relación Provisional de Resultados (24 de febrero de 2012). Si no se presenta el documento junto con la solicitud pero si se cumple el resto de los requisitos exigidos, los aspirantes serán Admitidos Provisionalmente al examen. Si finalizado el plazo de reclamación a la Relación Provisional de Resultados (cinco días naturales contados a partir del siguiente al de su exhibición 24 de febrero) no hubieran acreditado el requisito, serán definitivamente EXCLUIDOS de la prueba selectiva.
Nota.- Estarán exentos de acreditar este requisito del idioma:
Aspirantes cuyo título de Licenciado (o Diplomado de Enfermería en su caso) en virtud del cual se presentan a estas pruebas selectivas, haya sido expedido por alguna universidad del Estado Español o de otros Estados cuya lengua oficial sea el castellano.
Aspirantes que presenten en estas pruebas los documentos acreditativos de obtención del título de Doctor, el Diploma de Estudios Avanzados o las suficiencia investigadora, expedidos por alguna universidad del Estado Español.
Así mismo estarán exentos, los aspirantes que acrediten haber concluido en el estado español un periodo de al menos dos años completos de formación especializada en ciencias de la salud, como consecuencia de haber obtenido plaza en formación en anterior convocatoria nacional de Pruebas Selectivas.
Nota general sobre los plazos y lugares de presentación de instancias.-
· En el Registro General del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad, (Paseo del Prado 18-20) en Madrid, de lunes a viernes de 9,00 a 17,30 horas ininterrumpidamente y los sábados de 9,00 a 14,00 horas.
· En las Unidades administrativas de las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno (ANEXO III de la convocatoria)
· Por correo certificado, pidiendo en la Oficina de Correos que le sellen la copia para el interesado del Modelo 790, como garantía de la fecha de presentación.
· En la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
Aviso: Para las solicitudes que se envíen desde el extranjero mediante alguna empresa internacional de transporte, la fecha válida, es la de la entrada efectiva de la documentación en alguno de los Registros autorizados y no la de entrega a la empresa.
Sin embargo la fecha de presentación en las oficinas consulares de España en el extranjero es válida a todos los efectos como Registro dentro del plazo de presentación de documentos.
Saludos
ResponderEliminarPrimero quiero agradecer el gran trabajo que haces, siempre nos mantienes informados.
Tengo una duda, soy extranjera pero tengo la oportunidad de que lleven mis documentos para que me inscriban directamente en Madrid, o acaso la inscripción tiene que ser personal?
Gracias
Gracias Jose Maria...
ResponderEliminarComo siempre eres el primero en todo ahora si comienza la recta final del MIR
Suerte a todos..
juandp77 dijo...
ResponderEliminarSaludos
Primero quiero agradecer el gran trabajo que haces, siempre nos mantienes informados.
Tengo una duda, soy extranjera pero tengo la oportunidad de que lleven mis documentos para que me inscriban directamente en Madrid, o acaso la inscripción tiene que ser personal?
Gracias
26/09/11 06:22
La firma de los documentos ha de ser personal del interesado, siendo presentados en plazo, no necesariamente por el interesado.
Hola muy buen día, ante todo agradecerle por la excelente información que brinda especialmente a médicos extranjeros que nos preparamos para el MIR. Tengo una duda al respecto, según comprendí la homologación se puede presentar hasta en Noviembre siempre y cuando la resolución sea antes del 7 de Octubre, ¿es así?
ResponderEliminarSi, exactamente hasta el día 28 de noviembre.
ResponderEliminarGracias gangas por toda la informacion
ResponderEliminardada. Al final todo resulto bien.
Excelente trabajo Jose Maria, Gracias por tu ayuda!
ResponderEliminarquien dijo en el otro forum que es mas facil el C2 que el C1? yo tengo que hacerlo...he echo un B2 en mayo para nada por lo que veo..dinero y tiempo perdido! y ahora..otro dinero y otro tiempo con el riesgo de que si no apruebo C1 o C2 lo descubro en febrero y si habré echo bien el mir tendré que dejar mi plaza! q me aconsejais? apuntarme a C1 o C2? gracias
ResponderEliminarGanga muchas Gracias por tanta dedicación. Suerte a todos.
ResponderEliminarHola Gangas, yo me vuelvo a presentar al mir en el 2012, pues he renunciado a la residencia hace poco mas de un mes.. No me queda bien claro esto: "Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud en España por encontrarse en nuestro país con autorización de estancia por estudios u otra situación que les permita permanecer en el mismo, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte en vigor junto con copia compulsada del visado que autorice su estancia legal en España o, en su caso, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero".. Yo tengo mi NIE que caduca en mayo del año que viene, y estoy aqui porque estaba haciendo la residencia, pero aqui con esta novedad me piden que muestre mi pasaporte con el visado, pero es que eso ya no tiene valor una vez que tengas el NIE aqui en España, o estoy equivocado? O sea, me puedes aclarar lo que quieren con esta novedad que no me lo entiendo.. Gracias..
ResponderEliminarQuieren lo que dice literalmente, en el momento de inscribirte.
ResponderEliminarMuchas gracias por tu trabajo.
ResponderEliminarEn la convocatoria no dicen nada sobre el tipo de examen: número de preguntas de test, número de preguntas con imágenes...Se pueden esperar cambios? El año pasado creo que avisaron con bastante antelación a diferencia de lo que hicieron hace dos años.
Muchas gracias.
Hola Gangas, yo me vuelvo a presentar al mir en el 2012, pues he renunciado a la residencia hace poco mas de un mes [...] aportarán fotocopia compulsada del pasaporte en vigor junto con copia compulsada del visado que autorice su estancia legal en España o, en su caso, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero [...]
ResponderEliminarEnhorabuena y sobretodo muchísimas gracias por tal trabajo y dedicación.
ResponderEliminarMi duda seguramente sea bastante absurda, pero como es la primera vez que me presento al MIR, hago el papeleo y demás y no me fio nada de las cosas informáticas.... Querría saber, si se pueden descargar varios ejemplares (es decir, para dos personas distintas) del documento 790 desde el mismo ordenador/ dirección IP. Porque como cada documento tiene que tener su código personal...
Muchas gracias
Si, lo que no se puede es hacer fotocopias de uno de ellos para el otro, ha de ser uno diferente para cada interesado, independientemente de que sea desde el mismo ordenador.
ResponderEliminarhola gangas hay unas cosas que a mi no quedan nada claras..
ResponderEliminarEn el apartado requerimientos de idioma pone :
a)diploma b2 ,diploma de espanol ( niveles sup o c2 ) tenemos que traer las 2? o nos vale con cualquiera es decir con el b2
y mas pabajo pone que no sera preciso traer estos diplomas si me he presentado y obtenido numero de orden en una convocatoria previa.
La pregunta es yo que he renunciado a mi plaza tengo que aportar diploma niv c2 ?
Muchas gracias en primer por todo tu esfuerzo. Tengo una duda soy extranjera y estoy en tramitacion de la tarjeta de familiar de comunitario y tengo el resguardo conmigo, pero dicha tarjeta no. En principio dice que puedo inscribirme con ella, pero con lo mde la verificacion de datos al final iria por el cupo del 10 porciento o es probable que al presentarla cuando salga la relacion no definitiva valla por el 10 porciento. Muchas gracias
ResponderEliminarBuenas, no he visto las características del examen (número preguntas, si hay imágenes, etc) de medicina en el BOE. ¿Esto es así o es que yo no lo encuentro? Lo digo xq si es así, no pueden ponernos d pronto 500 pregs en el examen si les da la gana?? Un saludo y gracias
ResponderEliminarJose María!!! Gracias por tu esfuerzo y tu ayuda!!! Siempre el primero en todos los mir-asuntos... Saludos!!
ResponderEliminarhola gangas, muchas gracia spor toda tu ayuda!!!! tengo un aduda, ser aun poco tonta pero es que no se bien si es lo mismo la tarjeta de identitdad de extranjero y el NIE, porque supongo que de no ser asi habria que presentar el pasaporte y el visado, y de serlo seria suficiente, supongo, gracias!!!!!!
ResponderEliminarPero bueno, ¿y la informacion referida al examen?, el año pasado especificaban hasta el numero de preguntas con imagenes y en esta ni siquiera el numero total... Esto huele a encerrona... ¿donde se ha visto esto?.¿Sabe usted algo?
ResponderEliminarHola gangas, una pregunta, mi NIE ya venció en julio y estoy en proceso de renovación ya entregue mi papeles y todo, pero solo tengo la hoja de solicitud sellada, que presento entonces a la inscripción?
ResponderEliminarGangas, bajo el numero de plazas 6707 este año ??
ResponderEliminarMuchas gracias.
ResponderEliminarEntonces si renuncias y eres Español, solo hay que llevar la renuncia sellada, fotocopia de DNI y modelo 790? Un beso
Gracias por la informacion tan valiosa que nos facilitas. Tengo 2 dudas.. Soy extranjero y he entrado a españa como turista (es decir solo con el pasaporte) por lo cual no tengo visado de estudiante. Que debo hacer en este caso? Y lo siguiente es respecto a este párrafo. ·
ResponderEliminarFotocopia compulsada del D.N.I., o del pasaporte o de la Tarjeta de Identidad de Extranjero. Con las salvedades especificadas en el apartado de Documentos, se debe presentar en el plazo establecido de presentación de instancias (del 27 de septiembre al 7 de octubre de 2011). La no aportación es causa de No admisión y únicamente podrá subsanar el envío en el plazo previsto de reclamación a la Relación Provisional de Admitidos, es decir, 10 días naturales a partir del siguiente al de su exhibición pública (18/11/2011)
A que se refiere lo ultimo de subsanar el envio en adelante.. Gracias
Gracias por toda la info aportada, tu trabajo es invaluable, pero tengo una duda, yo tengo NIE de Estancia por estudios y quisiera saber si segun los cambios del nuevo BOE, equivale a la Tarjeta de Identificacion Extranjera y si participaria como comunitario o extra-comunitario ???
ResponderEliminarAgradezco de antemano tu ayuda.
Renunciar o No Renunciar... Esa es la cuestion... Suerte a todos, sobre todo a la hora de escoger plaza, para que en un año no esten en mi situacion...
ResponderEliminarBuenos días,
ResponderEliminarfelicidades por tu blog.
Me gustaría preguntarte si el estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados conlleva alguna baremación extra, veo que haces referencia al Título de Doctor, pero no al DEA, en tu resumen de convocatoria.
muchas gracias.
Hola Gangas, donde puedo encontrar el Certificado original o fotocopia compulsada del documento de renuncia para residentes MIR? Si soy residente de Medicina Legal, hace falta aportar ese documento?
ResponderEliminarGracias
Gangas, ayuda!!! Antes he puesto yo el mensaje de lo de que no indican número de preguntas ni imágenes (el año pasado parece que sí), pero lo que es peor aún, dice que el resultado se hará según la Orden de 27 de junio de 1989, en la cual indica que de nuevo el 25% es el expediente y el 75% es el examen!!!! Y no remite a ninguna orden actualizada osea que sería de nuevo este porcentaje en vez de 10 y 90% como el año pasado??? Me da la impresión de que han cogido el texto literal de hace 2 años en vez de el del año pasado, no hay forma de enterarse de si ha sido un error?? Si lo hubiera sido, podrían hacer una orden nueva como en otras ocasiones se han hecho para corregir errores?? esto es mortalllll!!!!!
ResponderEliminarAñado a mi mensaje anterior, que ponen en cómo calcular el resultado del examen junto con los méritos académicos, lo del 25 y 75%, y sin embargo luego al hablar de los méritos remiten a una orden del año pasado en la que habla del 10 y 90%, pero sólo al hablar de los méritos... no sé cómo lo véis pero yo no lo veo nada claro...
ResponderEliminarHola gangas, gracias por su trabajo.
ResponderEliminarSabe siel hecho de tener una especialidad ya terminada puntua o lo habia hecho anteriormente, al igual que tesis...
Cual es el baremo expediente y meritos versus examen, que no lo veo explicitado.
Gracias...
en la web del ministerio (http://sis.msps.es/fse/PaginasDinamicas/General/PagGeneral.aspx?MenuId=QE-00&SubMenuId=QE-02&cDocum=1) viene especificado 10 y 90% respectivamente, qué legalidad tiene esto respecto a la nueva orden?? Es legal que en ningún sitio ponga de cuántas preguntas consta el examen, ni siquiera en la web del ministerio??? (yo no lo encuentro desde luego...)
ResponderEliminarLos cambios son los que aparecen en la entrada como NOVEDADES.
ResponderEliminarRespecto de las preguntas del examen está legislado que como MÁXIMO serán 250+10 de reserva.
La convocatoria simplemente se remite a la legislación vigente y lo más probable es que sea como los dos últimos años, es decir 225+10 de reserva, con imágenes ligadas a una serie de preguntas.
Respecto del peso del examen y del baremo está legislado por RD 183/2008 que es 90%+10% y eso no lo puede cambiar una Orden que es el rango de la convocatoria.
Supongo que cuando salga la Nota de Prensa dirán algo del nº de preguntas.
Sobre todo recomiendo leer bien las cosas, sin angustia, está todo claro y recomiendo además seguir el literal de lo que dice.
José María muchísimas gracias!!
ResponderEliminarHola Gangas soy extranjera y estoy en transmite de renovación de mi NIE, que debo presentar a la inscripción ya que no me dieron ni un resguardo y lo único que tengo es el NIE vencido.
ResponderEliminarCreo que algunos confundías a gangas con la Oficina de Información del Ministerio. Es muy de agradecer que resuelva tantas dudas pero NO ABUSEIS LEÑE!!!
ResponderEliminarCuando se canse de todos nosotros luego lloraremos...
Jose Maria, Gracias por tu trabajo!!
ResponderEliminarMil gracias José María por mantenernos tan bien informados, la gran labor desinteresada que hacen personas como tú hace que mire con más optimismo hacia el futuro de nuestro país.
ResponderEliminarPor favor chicos, no abusais de hacer tantas preguntas, se entiende la desesperación pero...por lo menos lean lo que está publicado...
ResponderEliminarSuerte
Totalmente de acuerdo, intentemos hacer nuestro propio esfuerzo señores (todos incluido yo). Esta bien que nos lo den mascadito pero creo que abusamos demasiado.
ResponderEliminarSimplemente Gracias Jose Manuel.
Muchas gracias por todo Gangassssssss!!!! :D Un saludo y ánimo a todos con el MIR :D
ResponderEliminarEl extremo acto de xenofobìa de este estado: el diploma de idioma requirido para participar para los que no somos castellano-hablantes ha cambiado y lo comunican hoy! Y quien me va devolver el dinero perdido para obtenir un diploma que ahora no me sirve para nada? Y porqué deberia ser "admitido provisionalmente" si hace meses que tengo ya todo listo? En tasas y traducciones he perdido tanto dinero que no voy a dejarlo todo por esto, pero que sepan, las institucciones, que son el peor cancro de nuestra sociedad, a ver si lo ponen en sus preguntas de epidemiologìa!
ResponderEliminarp.s. gracias por vuestro trabajo informativo!
hola
ResponderEliminarpuedo pagar ya hoy la tasa?
pero no esta escrito cuqnato vale!
gangas lo sabes?
Yo soy estranjero y ya he participado el ano pasado al mir:
esta escrito que no tengo que enviar el titulo ni la homologacion ni el reconocimiento ni la mia certificacion academica (he entendido bien?)
pero si voy a enviarla lo mismo para ser seguro es un problema?pueden excludirme?
Ultima pregunta : lo que tengo que enviar es:
790 (quantes y quales de las 3 hojas? no acuerdo)
tasa
DELE
tarjeta de identidad
es correcto?
Gracias!
Hola,soy extranjera,y no entiendo como las cosas se pueden cambiar de hoy hasta mañana,tengo el B2 (examen celebrado en agosto 2010),el año pasado me presente al mIR (pero no era preparada muy bien)y me han dado un numero de orden,pero como era 11000 pense que no voy a recibir plaza en la zona donde vivo y no me he presentado para escoger plaza,este año veo que no puedo ir al examen porque necesito el C1 O C2?? es verdad esto??por favor si hay otros como yo que me lo digan,soy desesperada,muchas gracias y gracias por el trabajo que haces aqui Jose Maria!!!
ResponderEliminarD Jose Maria:
ResponderEliminarRespecto a la acreditacion del idioma (punto 2), tiene usted informacion sobre que otros organos ademas del Instituto Cervantes estan acreditados para organizar examenes y expedir certificados de castellano nivel C1?
Muchas gracias!
hola Gangas, dos preguntas cortas, el titulo DEA obtenido en el extranjero me sirve para esta convocatoria? el numero de 6400 de minimo exijido a que se refiere? ( a puntuacion minima para los nacionales espanoles? porque ya los extranjero tienen el 10% como minimo y tope!) gracias por tu tiempo
ResponderEliminarBueno alessio, solo me gustaria que te informaras en los requisitos idiomaticos y de otros aspectos que se piden en: Inglaterra, Estados unidos, Noruega, Irlanda, Francia, Italia, Suecia, Finlandia.... (mira requisitos y tasas para poder hacer la especialidad alli)Comparados con españa tienes que cortarte las venas para cumplir requisitos. Creo que los extracomunitarios y mucho mas aun los comunitarios, teneis pocos motivos para quejaros de las facilidades que teneis para presentaros a una especialidad aqui en españa, porque si fuera tan dificil y pusieran tantas trabas, n ovendría tanta gente no crees??
ResponderEliminarPor otro lado, no me parece descabellado que se exiga a una persona cuya lengua materna no sea el del pais en la que piensa trabajar, que tenga un nivel mas que aceptable para poder hacerlo... Eso lo hace la administración igual que cualquier empresa privada, asi que please, dejad de protestar porque os pidan saber el idioma. No obstante si creo que se podia haber hecho con un aviso anterior y se fuera mas transparente.
"Hola,soy extranjera,y no entiendo como las cosas se pueden cambiar de hoy hasta mañana,tengo el B2 (examen celebrado en agosto 2010),el año pasado me presente al mIR (pero no era preparada muy bien)"
ResponderEliminarno te preocupes no eres sola en esta situación, vamos a sacar un nivel C1, animo! todo se arregla, si tu tb vives aqui no serà tan dificil demostrar que ya podemos trabajar aqui!
@ por el tema de "justo o no justo" pedir un nivel tan avanzado solo quiero decir que se podia advisar antes...ya que en agosto tb hay fecha de examen DELE
donde tenemos que enviar los documentos?
ResponderEliminarel destino completo cual es?
gracias!
José María: muchas gracias por todo!!! la información es muy clara.
ResponderEliminarTe he seguido el año pasado y lo hago este también. He renunciado a la residencia para volver a dar exámen para acceder a otra especialidad, por aquí estaré estos meses consultando tus tablas...
Tu trabajo y dedicación son asombrosas.
Muchas muchas gracias!!
Un beso
p/d: chicos: por favor, solo basta leer con atención todo lo escrito, y en forma completa... no agobien tanto a José María con preguntas cuyas respuestas estan dadas. Un poco de respeto y consideración... que él tendrá su vida y su trabajo... demasiado hace por todos nosotros... por vocación... con esfuerzo y con pasión.
Los aspirantes extranjeros nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o de Andorra, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte o del documento de identidad en vigor con el que hayan efectuado la entrada en territorio español acompañado en su caso, del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
ResponderEliminarque es este inscripcion en el registro central de extranjeros?
yo soy extranjero, no vivo en Espana: tengo que hacerla?
gracias
Ante todo muchas gracias por la información, Gangas!!, quería consultar una duda, porque supongo que habrá muchos en mi misma situación,yo ya tengo una especialidad acabada y me gustaría si saber si es necesario llevar el título de especialista, pues en realidad no puntúa.
ResponderEliminarSé que son suspicaces respecto a que un especialista vuelva a elegir la misma especialidad (que ya habría que tener ganas, por cierto!) pero no sé si es necesario decirlo antes de hacer el examen o sólo a la hora de elegir plaza.
Gracias!
HOLA JOSE M. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE TENGO TARJETA DE RESIDENCIA Y TRABAJO TEMPORAL (1ERA TARJETA) HUBO UN CONFLICTO CON ESTA TARJETA EL AÑO PASADO, SOBRE SI ENTRABA EN EL CUPO O NO, AL FINAL NO SE INCLUYO DENTRO DEL CUPO, ESTE AÑO ENTRA DENTRO DEL CUPO DE EXTRANJERO O NO? SEGUNDO PUNTO CON MI RESGUARDO DE RENOVACION PODRIA INSCRIBIRME NO? MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA QUE BRINDAS .
ResponderEliminarGangas,
ResponderEliminarEl pago de las tasas de derecho de examen ¿se realiza en el mismo momento y a la persona a la que se entregan los documentos o se realiza por ingreso?
No lo he visto especificado por ningún lado.
Gracias.
Muchísimas gracias por tu trabjo Jose Maria, cuanta paciencia tienes que tener con nosotros!
ResponderEliminarun saludo.
Cordial saludo Gangas y a todos foristas.
ResponderEliminarEl año pasado me presenté con mi NIE como extranjero extracomunitario con tarjeta de residencia, este año obtuve la nacionalidad española y tengo DNI.
Este año al inscribirme,¿Entrego solamente la fotocopia compulsada del DNI y el modelo 790 con las tasas pagadas? o ¿Debo entregar toda la documentación como la primera vez?
De antemano te agradezco por la respuesta.
Por favor
ResponderEliminarAlguien sabe donde tengo que enviar los documentos desde el extranjero?
Calle, numero etc etc?
No esta escrito en los enlaces!
He leido todo
Gracias!
Saludos Jose Maria y ante todo muchas gracias por tu labor desinteresada, no quisiera agobiarte con preguntas que ya se han hecho pero no me queda claro si me inscribo utilizando como documento de identidad la T.I.E. el momento de escoger plazas me vera afectado por el cupo de extranjeros o no?? nuevamente muchas gracias.
ResponderEliminarHola Gangas, gracias por tu trabajo.
ResponderEliminarEn que bancos o entidades puede realizarse el pago de las tasas del examen. Solo veo que lo especifican en casos de extranjeros que van a hacerlo a través de transferencia pero no en cuales podemos hacerlo desde España.
Un saludo.
Gracias Gangas por tu trabajo!!
ResponderEliminarPor favor colegas, no agobien a Gangas con tantas preguntas que el no es la oficina de informacion del ministerio, el solo ha leido la convocatoria ha hecho un buen resumen y ha puesto varios puntos claros,
Si quereis mas, no seais perezosos y leed vosotros mismos la informacion que alli esta todo!!
Hola,
ResponderEliminarmi pareja, ciudadana europea residente permanente en españa, tiene el mismo problema con el reconocimiento del idioma. Entiendo que se pida un nivel de idioma, pero... ¿c1? Con b2 es más que suficiente para comunicarse con fluidez y desarrollar su trabajo (y como era el que se había exigido como máximo en los últimos años, pues ese es el que se ha preparado). Además, ¿se les ha olvidado que la prueba es en castellano? Eso debería bastar para demostrar que la persona está capacitada para desarrollar su profesión.
Además, es una improvisación chapucera indicarlo el mismo día de la convocatoria, sin tiempo para preparar la prueba (recordemos que son los últimos meses de estudio).
Yo pediría un poco de respeto para los profesionales que vienen de otro país, que también tienen su carrera terminada, y esta política burocrática "altuntunera" puede frustrar la trayectoria de una persona que se ha esforzado tanto como muchos otros y está en su derecho de hacer la prueba.
No sé, pensé que se trataba de formar especialistas... que en la UE teníamos igualdad de oportunidades... pero supongo que vivo en una casa al final de un camino de baldosas amarillas.
Saludos,
Marcos Moreno.
Hola gangas, quisiera hacerte una pregunta, lo que sucede es que ayer me inscribí, pero fui solo porque tube problemas para pagar el recibo porque el número de mi pasaporte no cabia en el sistema de los bancos y entonces lo hicieron con el TIE que aun no me entregan, en fin fue todo un lío para mí y me fui corriendo al ministerio a ver si tendría problemas, el hecho es q como me fui corriendo se me olvidó llevar la declaración jurada y la verdad ellos tampoco me la pidieron, me recordaron mis compañeros de grupo y ahora no sé si ir a llevarla o esperar a ver qué pasa, qué me sugieres?
ResponderEliminarHola Gangas, gracias por tu valioso trabajo, tengo una duda, en la convocatoria habla de los mir que modalidad de residente deben renunciar para poder inscribirse pero no hace ninguna mencion de los mir en modalidad de alumno, si estoy cursando medicina del deporte(mir en modalidad de alumno) tambien debo renunciar para poder inscribirme en la nueva convocatoria?, mucho sabre agradecer tu ayuda
ResponderEliminarNo, las plazas en régimen de escuela no es necesaria la renuncia.
ResponderEliminarAnónimo dijo...
ResponderEliminarHola gangas, quisiera hacerte una pregunta, lo que sucede es que ayer me inscribí, pero fui solo porque tube problemas para pagar el recibo porque el número de mi pasaporte no cabia en el sistema de los bancos y entonces lo hicieron con el TIE que aun no me entregan, en fin fue todo un lío para mí y me fui corriendo al ministerio a ver si tendría problemas, el hecho es q como me fui corriendo se me olvidó llevar la declaración jurada y la verdad ellos tampoco me la pidieron, me recordaron mis compañeros de grupo y ahora no sé si ir a llevarla o esperar a ver qué pasa, qué me sugieres?
28/09/11 08:31
Que la incorpores junto con una fotocopia del Modelo 790 para que localicen tu expte y la adjunten, de lo contrario la tendrás que llevar en noviembre porque saldrás como no admitido.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarHola Gangas, gracias por tu trabajo.
En que bancos o entidades puede realizarse el pago de las tasas del examen. Solo veo que lo especifican en casos de extranjeros que van a hacerlo a través de transferencia pero no en cuales podemos hacerlo desde España.
Un saludo.
26/09/11 23:46
En cualquiera, el Tesoro Público tiene cuenta ne todas.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarSaludos Jose Maria y ante todo muchas gracias por tu labor desinteresada, no quisiera agobiarte con preguntas que ya se han hecho pero no me queda claro si me inscribo utilizando como documento de identidad la T.I.E. el momento de escoger plazas me vera afectado por el cupo de extranjeros o no?? nuevamente muchas gracias.
26/09/11 23:30
Cada uno ha de inscribirse con el documento que tiene de situación en España, las consecuencias de que te afecte o no el cupo dependen de eso, no es una cuestión voluntaria esa formalidad.
pedro dijo...
ResponderEliminarLos aspirantes extranjeros nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o de Andorra, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte o del documento de identidad en vigor con el que hayan efectuado la entrada en territorio español acompañado en su caso, del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
que es este inscripcion en el registro central de extranjeros?
yo soy extranjero, no vivo en Espana: tengo que hacerla?
gracias
26/09/11 18:55
Parece que dice si vives en España, si no vives ¿donde te vas a registrar?
pedro dijo...
ResponderEliminarPor favor
Alguien sabe donde tengo que enviar los documentos desde el extranjero?
Calle, numero etc etc?
No esta escrito en los enlaces!
He leido todo
Gracias!
26/09/11 22:43
Los extranjeros que no vivan en España los presentan en las oficinas consulares de españa en su país.
Los españoles y el resto de extranjeros que vivan en España en las oficinas que vienen reseñadas en el ANEXO III de la convocatoria, también referenciado y con link en los post del blog.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarCordial saludo Gangas y a todos foristas.
El año pasado me presenté con mi NIE como extranjero extracomunitario con tarjeta de residencia, este año obtuve la nacionalidad española y tengo DNI.
Este año al inscribirme,¿Entrego solamente la fotocopia compulsada del DNI y el modelo 790 con las tasas pagadas? o ¿Debo entregar toda la documentación como la primera vez?
De antemano te agradezco por la respuesta.
26/09/11 22:22
No es necesario repetir todo, con lo que dices es suficiente.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarGangas,
El pago de las tasas de derecho de examen ¿se realiza en el mismo momento y a la persona a la que se entregan los documentos o se realiza por ingreso?
No lo he visto especificado por ningún lado.
Gracias.
26/09/11 21:16
No, si estás en España lo has de hacer previamente con el modelo 790 a nombre del Tesoro Público tal y como pone en el modelo 790 en cualquier oficna de banco o caja de ahorros.
Si lo haces en el extranjero solo puede hacers en el banco BBVA:
"Cuando las solicitudes se presenten en el extranjero a través de las oficinas consulares, deberá adjuntarse a la solicitud, documento acreditativo del ingreso de la tasa mediante transferencia bancaria a la siguiente cuenta restringida de recaudación, abierta en la entidad financiera "Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima (BBVA,S.A.)", siendo por cuenta del aspirante los gastos y comisiones que se originen por dicha transferencia:
SWIFT BBVA ES MM IBAN ES29 0182 2370 4102 00000822"
marcelo09 dijo...
ResponderEliminarHOLA JOSE M. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE TENGO TARJETA DE RESIDENCIA Y TRABAJO TEMPORAL (1ERA TARJETA) HUBO UN CONFLICTO CON ESTA TARJETA EL AÑO PASADO, SOBRE SI ENTRABA EN EL CUPO O NO, AL FINAL NO SE INCLUYO DENTRO DEL CUPO, ESTE AÑO ENTRA DENTRO DEL CUPO DE EXTRANJERO O NO? SEGUNDO PUNTO CON MI RESGUARDO DE RENOVACION PODRIA INSCRIBIRME NO? MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA QUE BRINDAS .
26/09/11 19:46
Los extracomunitarios residentes en España de forma temporal o permanente por razones de trabajo no están afectados por el cupo pero han de cumplir el requisito de acreditar su situación.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarAnte todo muchas gracias por la información, Gangas!!, quería consultar una duda, porque supongo que habrá muchos en mi misma situación,yo ya tengo una especialidad acabada y me gustaría si saber si es necesario llevar el título de especialista, pues en realidad no puntúa.
Sé que son suspicaces respecto a que un especialista vuelva a elegir la misma especialidad (que ya habría que tener ganas, por cierto!) pero no sé si es necesario decirlo antes de hacer el examen o sólo a la hora de elegir plaza.
Gracias!
26/09/11 19:35
Lo que no puedes es elegir otra vez la misma especialidad, serías detectado y anulada tu participación en las pruebas.
pedro dijo...
ResponderEliminarLos aspirantes extranjeros nacionales de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza o de Andorra, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte o del documento de identidad en vigor con el que hayan efectuado la entrada en territorio español acompañado en su caso, del certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros.
que es este inscripcion en el registro central de extranjeros?
yo soy extranjero, no vivo en Espana: tengo que hacerla?
gracias
26/09/11 18:55
Si no vives en España no te afecta esa cuestión.
pedro dijo...
ResponderEliminardonde tenemos que enviar los documentos?
el destino completo cual es?
gracias!
26/09/11 16:36
Si estás en el extranjero en la oficina consular de España en tu país, si estás en España en cualquiera de las relacionadas en el ANEXO III de la convocatoria.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarhola Gangas, dos preguntas cortas, el titulo DEA obtenido en el extranjero me sirve para esta convocatoria? el numero de 6400 de minimo exijido a que se refiere? ( a puntuacion minima para los nacionales espanoles? porque ya los extranjero tienen el 10% como minimo y tope!) gracias por tu tiempo
26/09/11 14:45
Solo sirve el túlo de doctorado previamente homologado.
Esa puntuación mínima es para acceder, con la conformidad de ellos, en los centro privados, que solo son cuatro y con muy pocas plazas, previa entrevista con ellos después del examen.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarD Jose Maria:
Respecto a la acreditacion del idioma (punto 2), tiene usted informacion sobre que otros organos ademas del Instituto Cervantes estan acreditados para organizar examenes y expedir certificados de castellano nivel C1?
Muchas gracias!
26/09/11 14:38
Las Escuelas Oficiales de Idiomas
pedro dijo...
ResponderEliminarhola
puedo pagar ya hoy la tasa?
pero no esta escrito cuqnato vale!
gangas lo sabes?
Yo soy estranjero y ya he participado el ano pasado al mir:
esta escrito que no tengo que enviar el titulo ni la homologacion ni el reconocimiento ni la mia certificacion academica (he entendido bien?)
pero si voy a enviarla lo mismo para ser seguro es un problema?pueden excludirme?
Ultima pregunta : lo que tengo que enviar es:
790 (quantes y quales de las 3 hojas? no acuerdo)
tasa
DELE
tarjeta de identidad
es correcto?
Gracias!
26/09/11 13:59
Es evidente que por el número de preguntas realizadas y la naturaleza de las mismas NO te has leído la documentación.
Leer la documnetación es tan conveniente como leer la historia clínica antes de atender al eenfermo.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarHola Gangas soy extranjera y estoy en transmite de renovación de mi NIE, que debo presentar a la inscripción ya que no me dieron ni un resguardo y lo único que tengo es el NIE vencido.
26/09/11 12:00
Te inscribes con el NIE y aportas la renovación cuando la tengas.
Gui dijo...
ResponderEliminarHola gangas, gracias por su trabajo.
Sabe siel hecho de tener una especialidad ya terminada puntua o lo habia hecho anteriormente, al igual que tesis...
Cual es el baremo expediente y meritos versus examen, que no lo veo explicitado.
Gracias...
26/09/11 11:27
No puntua la especialidad terminada.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarPero bueno, ¿y la informacion referida al examen?, el año pasado especificaban hasta el numero de preguntas con imagenes y en esta ni siquiera el numero total... Esto huele a encerrona... ¿donde se ha visto esto?.¿Sabe usted algo?
26/09/11 09:52
Anónimo dijo...
Buenas, no he visto las características del examen (número preguntas, si hay imágenes, etc) de medicina en el BOE. ¿Esto es así o es que yo no lo encuentro? Lo digo xq si es así, no pueden ponernos d pronto 500 pregs en el examen si les da la gana?? Un saludo y gracias
26/09/11 09:30
Está legislado que el número de preguntas máximo son 250 es decir de ahí para abjao las que quieran.
¿Cuantas pondrán?
Si las ligan a imágenes supongo que pondrán 225 como el año pasado.
sofiavi dijo...
ResponderEliminarAñado a mi mensaje anterior, que ponen en cómo calcular el resultado del examen junto con los méritos académicos, lo del 25 y 75%, y sin embargo luego al hablar de los méritos remiten a una orden del año pasado en la que habla del 10 y 90%, pero sólo al hablar de los méritos... no sé cómo lo véis pero yo no lo veo nada claro...
26/09/11 11:26
90+10 seguro
Antonio dijo...
ResponderEliminarHola Gangas, donde puedo encontrar el Certificado original o fotocopia compulsada del documento de renuncia para residentes MIR? Si soy residente de Medicina Legal, hace falta aportar ese documento?
Gracias
26/09/11 11:01
Los de escuela no es necesario que renunciéis.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarBuenos días,
felicidades por tu blog.
Me gustaría preguntarte si el estar en posesión del Diploma de Estudios Avanzados conlleva alguna baremación extra, veo que haces referencia al Título de Doctor, pero no al DEA, en tu resumen de convocatoria.
muchas gracias.
26/09/11 10:42
El DEA no cuenta
Anónimo dijo...
ResponderEliminarMuchas gracias en primer por todo tu esfuerzo. Tengo una duda soy extranjera y estoy en tramitacion de la tarjeta de familiar de comunitario y tengo el resguardo conmigo, pero dicha tarjeta no. En principio dice que puedo inscribirme con ella, pero con lo mde la verificacion de datos al final iria por el cupo del 10 porciento o es probable que al presentarla cuando salga la relacion no definitiva valla por el 10 porciento. Muchas gracias
26/09/11 09:29
Si eres cónyuge con el contrato matrimonial vale, si eres hijo/a y dependes del padre/madre comunitario documento que lo demuestre.
Anónimo dijo...
ResponderEliminarhola gangas hay unas cosas que a mi no quedan nada claras..
En el apartado requerimientos de idioma pone :
a)diploma b2 ,diploma de espanol ( niveles sup o c2 ) tenemos que traer las 2? o nos vale con cualquiera es decir con el b2
y mas pabajo pone que no sera preciso traer estos diplomas si me he presentado y obtenido numero de orden en una convocatoria previa.
La pregunta es yo que he renunciado a mi plaza tengo que aportar diploma niv c2 ?
26/09/11 08:51
Si eres extranjero cuya lengua oficial no sea el castellano, salvo que tu titulo de medicina hubiera sido obtenido en un país hispano, independientemente de que te hubieras presentado al MIR anteriormente habrás de presentar el C1 o C2 del instituto Cervantes o de la Escuela Oficial de Idiomas correspondiente.
vi el comentario de : marcelo09 dijo...
ResponderEliminarHOLA JOSE M. MI PREGUNTA ES LA SIGUIENTE TENGO TARJETA DE RESIDENCIA Y TRABAJO TEMPORAL (1ERA TARJETA) HUBO UN CONFLICTO CON ESTA TARJETA EL AÑO PASADO, SOBRE SI ENTRABA EN EL CUPO O NO, AL FINAL NO SE INCLUYO DENTRO DEL CUPO, ESTE AÑO ENTRA DENTRO DEL CUPO DE EXTRANJERO O NO? SEGUNDO PUNTO CON MI RESGUARDO DE RENOVACION PODRIA INSCRIBIRME NO? MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA QUE BRINDAS .
26/09/11 19:46
Los extracomunitarios residentes en España de forma temporal o permanente por razones de trabajo no están afectados por el cupo pero han de cumplir el requisito de acreditar su situación.
preguntaba sobre lo mismo a que te refieres con acreditar situación yo tambien estoy en la misma situación no me puedo presentar con el resguardo?? muchas gracias
En el punto 2.- Documentos (en este post si clikas verás)
ResponderEliminar5. NOVEDAD. Los aspirantes nacionales de terceros países que presenten su solicitud en España por encontrarse en nuestro país con autorización de estancia por estudios u otra situación que les permita permanecer en el mismo, aportarán fotocopia compulsada del pasaporte en vigor junto con copia compulsada del visado que autorice su estancia legal en España o, en su caso, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
Verificación de la identidad.-
NOVEDAD. Las consultas realizadas al mencionado Sistema de Verificación de Datos de Identidad, solamente facilitan información sobre la identidad y nacionalidad del interesado sin facilitar información relativa a la situación administrativa concreta de los extranjeros no comunitarios en nuestro país. Por este motivo, los ciudadanos extranjeros no comunitarios que dispongan de autorización de estancia en España en régimen comunitario o con autorización de residencia o de residencia y trabajo en cualquiera de sus modalidades, deberán aportar fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (T.I.E.), para poder ser tratados en igualdad de condiciones que los ciudadanos españoles.
Por tanto, a los aspirantes no comunitarios que se acojan a la opción de dar su consentimiento para que sus datos de identidad puedan ser verificados, pero que NO APORTEN fotocopia compulsada de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, una vez verificada su identidad, se les dará igual tratamiento que a los que disponen de una autorización de estancia. Es decir, se les exigirá la Declaración Jurada de extranjeros para ser admitidos y además, estarán afectados por el cupo de plazas para extranjeros.
La solución a todas las dudas es leer lo que os he puesto en los post con links a la web del Ministerio.
"Todo está en los libros"
Estimado gangas, has de estar a full con tantas preguntas, espero y puedas aportar algo a mi comentario.. El año pasado algunos nos inscribimos con el N de pasaporte, pero por diversas razones ya tenemos NIE/TIE, y lo ideal sería inscribirse con ese NIE que es el documento de identificación en España.. La duda es que en los registros del Ministerio estaremos registrados con el N de pasaporte(los que repetimos la pruba).. A varios que se inscribieron hoy en Madrid le hicieron hacer otro papel en el que se solicitan al Ministerio traspasar los datos del Pasaporte al NIE... Si puedes opinar esta situación sería de gran ayuda.
ResponderEliminargangas dijo...
ResponderEliminarLímitaros a hacer lo que dice la convocatoria, lo ún ico que pretende el Ministerio es comprobar cual es la situación administrativa de cada uno de su estancia en la prueba, para evitaar lo que ocurrió el año pasado que hubo que cambiar alrededor de mil personas en la misma desde las listas provisionales de admitidos a las listas definitivas.
Tanto en la convocatoria como en la web del Ministerio (Información General y sus diversos puntos) las cosas están muy claras:
Identidad y Verificación documental de esa identidad, nada más, si no lo verificáis vosotros lo terminarán verificando ellos en los ficheros de la policía, esto afecta para todos aquellos extranjeros que están en España y se inscriban desde aquí, se trata de averiguar cual es su situación de residencia o estancia aquí y tener certeza de si les afecta o no el cupo.
Hola muy buen día, gracias por el excelente trabajo que realiza. Tengo una duda respecto los documentos a aportar. Participe en la prueba del 2010 sin embargo no recuerdo si obtuve numero de orden. Seria mejor enviar mi titulacion y certiƒicacion academica? O hay ƒorma de saber si obtuve numero de orden para evitar enviarlos? Muchas Gracias. Saludos
ResponderEliminarEn caso de duda, la más dura xD
ResponderEliminarhola gangas, lamento tener que molestarte de nuevo, tengo un gran problema, he introducido mi inscripcion a travez de un consulado pero luego he notado que me equivoque al colocar mi numero de pasaporte en la 790, que debo hacer? y mi compañera se inscribio sin dar copia compulsada de su pasaporte, que nos recomiendas hacer. gracias por tu valioso tiempo dedicado a este blog
ResponderEliminarTenéis dos posibilidades:
ResponderEliminar1.- Esperar a que salgan las listas de admitidos provisionales el día 18 de noviembre y entonces incorporar un modelo relleno de corrección de errores incorporando la corrección del pasaporte y adjuntar una fotocopia compulsada del mismo en ambos casos. El plazo de alegaciones dura hasta el día 28 de noviembre.
2.- Hacerlo ya con un escrito explicando lo que ha pasado y adjunto fotocopia del modelo 790 para que os identifiquen y fotocopia compulsada del pasaporte en ambos casos.
Si cuando salgan las listas el día 18 de noviembre salís admitidos sin problemas ya no tendriáis que hacer nada y si no hacer lo que digo en el punto 1.-
Grache
ResponderEliminareres comunitario o no?
Porque has enviado el pasaporte y no DNI?
gracias!
Gracias gangas por tu ayuda,
ResponderEliminarFran hola, no soy comunitaria por eso envio mi pasaporte en lugar de dni, aunque si tengo nie aun no me dan la tarjeta de identidad lo que tengo es el resguardo.
gracias de tu respuesta
ResponderEliminaranimo!
querria preguntar
cada ano tenemos que escribir un numero de identificacion (que corresponde al numero de dni o de passaporte)
Si alguien quiere rehacer el mir el ano siguente no tiene que enviar algunos documentos: ellos riconocen que ya has participado gracias al numero de identificacion igual a ano precedente
Si tengo que renovar mi dni o pasaporte va a cambiar mi numero de de dni o de pasaporte entonces tengo que escribir otro numero de identificacion
Pero asì hacendo ellos no reconocen que ya he participado y tengo que enviar otra vez todos los documentos?
como gacer en este caso?
como decir que yo soy la misma persona pero he cambiado numero de dni o de pasaporte entonces numero de identificacion?
gracias!
hola gangas ante todo gracias por toda la información, porfavor, tengo una pregunta Urgente que hacerte,por situaciones personales no pude renunciar antes, si mañana 6 RENUNCIO y presento mi renuncia por mesa de parte, con esto es suficiente para el 6 mismo pueda inscribirme al examen o crees que tenga problemas
ResponderEliminarLa renuncia ha de tener el sello de entrada en tu hospital o unidad docente antes de terminar el plazo de inscripción.
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